PROYECTO DE TP
Expediente 1212-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO INCLUYA A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO, EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 22431.
Fecha: 26/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado
que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo que
corresponsa, incluya a las Personas con Discapacidad en el
Sistema Unico de Boleto Electrónico creado por el Decreto Nº
84/2009, en el marco de la disposiciones de la ley 22.431 y en las
jurisdicciones en que el referido SUBE se encuentre
funcionando.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Uno de los temas que
más afecta a las personas con discapacidad es el referido al
transporte.
La ley 22.431 y sus
modificatorias, así como las distintas reglamentaciones, han
derrivado algunas de las barreras que obstaculizan el acceso de las
personas con discapacidad a los distintos medios de transporte. La
creación del Certificado Unico de Discapacidad, la gratuidad del
transporte extensiva a un acompañante en caso de ser necesario, la
eliminación de motivos específicos para justificar el viaje gratuito,
constituyen un gran avance en esta difícil materia.
Sin embargo, en la
práctica, hay una gran resistencia por parte de las empresas de
transporte público de pasajeros -tanto de corta como de larga
distancia- a cumplir las normas.
Muchas veces el
Certificado Unico de Discapacidad no es reconocido por el
conductor del transporte, aduciéndose las más variadas excusas
para que la persona con dicapacidad no pueda ejercer su derecho a
viajar gratuitamente. En algunos casos, a pesar de tratarse de
jurisdicciones adheridas a la ley 22.431, se exigen pases especiales
cuya obtención requiere de largos y engorrosos trámites alejándo la
realidad de la meta de autovalimiento a la que nos hemos
comprometido como Estado parte de la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
Atento a que el Sistema
Unico de Boleto Electrónico contiene una base de datos de las
personas que adquieren las unidades que le dan acceso al
transporte (a diferencia de otros países donde se
trata de un sistema
anónimo), la inclusión de una persona con discapacidad no debería
generar mayores inconvenientes.
Sin perjuicio de que lo
atinente al funcionmiento del SUBE es materia concerniente al
Poder Ejecutivo, podemos adelantar que el boleto electrónico, se
obtendría con la presentación del Certificado Unico de Discapacidad
y el Documento Nacional de Identidad por parte de la persona con
discapacidad.
La portación de este
boleto electrónico resolvería la decisión del conductor, muchas
veces arbitraria, de permitir el acceso al transporte, dado que la
persona con discapacidad pasaría su boleto por el lector que
marcaría 0 pesos.
Asimismo quedaría
resuelto un problema, no menos grave, como lo es el de poder
acreditar la presencia de una persona con discapacidad en un
medio de transporte público, lo cual constuituye por otra parte un
derecho, y cobra relevancia, por ejemplo, en casos de producirse un
accidente, llegar tarde al trabajo porque la unidad que abordó sufrió
un desperfecto, haber sido testigo de un delito, etc.
En la actualidad, aún en
caso de poder viajar gratuitamente con el Certificado Unico de
Discapacidad, la persona en cuestión no recibe constancia alguna
de su viaje. Enel Boleto Electrónico, en cambio, queda registrado,
nombre, línea, día y hora en que realizó el viaje.
Esta iniciativa, además
de seguir los lineamientos de la ley 22.431, respeta el compromiso
asumido por nuestro país al suscribir la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad, específicamente en lo
dispuesto en el art. 9 que trata la "Accesibilidad".
Tampoco exige un gasto
exhorbitante, dado que el sistema SUBE se encuentra actualmente
funcionando, de manera que la inclusión de las personas con
discapacidad ameritaría únicamente un ajuste de aquel, brindando,
por otra parte, al Poder Ejecutivo Nacional un registro de las
personas con discapacidad usuarias de los
transportes públicos,
siendo que esta información contribuye a la hora de tomar
decisiones relativas al caso.
Por todo lo expuesto es
que solicito a mis pares me acompañen en este pryecto de
resolución
Firmante | Distrito | Bloque |
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TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
BALCEDO, MARIA ESTER | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRIZO, ANA CARLA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SUMA + UNEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
VALINOTTO, JORGE ANSELMO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
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