PROYECTO DE TP
Expediente 1204-D-2008
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), 23349: MODIFICACION DEL ARTICULO 28, SOBRE REDUCCION DE LA ALICUOTA A PRODUCTOS FITOSANITARIOS Y SEMILLAS AL 10,5 %.
Fecha: 08/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación
de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado en Productos
Fitosanitarios y Semillas
Art. 1- Redúcese la
alícuota del Impuesto al Valor Agregado( IVA) a aplicar sobre la
venta de productos fitosanitarios , semillas y órganos de
reproducción vegetal , al diez punto cinco por ciento (
10.5%).
Art. 2- Modificase el
Art. 28 de la Ley 23.349, a los efectos de dar cumplimiento a lo
establecido en el Art. 1.de la presente ley.
Art. 3 - La modificación
establecida abarcará:
- Productos
fitosanitarios, tanto de origen sintético (Orgánicos e
inorgánicos) como natural o biológicos.
- Semillas de todo
tipo utilizadas para siembra de cereales, oleaginosos, textiles,
forrajeras, hortícolas, frutales, forestales, ornamentales y órganos de
reproducción vegetal de todo tipo.
-
Art. 4- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La producción
Agropecuaria Argentina está atravesando un momento de expansión
prometedora y de hecho ha sido el sector que más ha contribuido
para paliar las graves crisis económicas que atravesaron nuestros
compatriotas hasta no hace tanto tiempo.
Hoy, sin ir mas lejos, a
través de retenciones, muchas veces criticadas por las organizaciones
del sector, todavía se sostienen varios programas de asistencia
social, lo cual indica que es un sector cuya contribución hace al
mantenimiento de una DINA vida por gran parte de la población, que
, de no ser así, estaría sumida en una denigrante indigencia, un
contrasentido en un país productor y exportador de alimentos,
ranqueado en los primeros lugares del mundo en este rubro.
Por el sistema tributario
vigente encontramos que la mayoría de los productos que este sector
vende luego de realizada la cosecha, lo hace con un diferencial de IVA
del 10.5 % para el caso de cereales, oleaginosos y productos de
origen vegetal.
La compra de los
insumos necesarios para la producción de lo mencionado en párrafo
anterior, como ser agroquímicos y semillas tributa un Impuesto al
Valor Agregado (IVA) que asciende al 21 % por lo cual se produce un
desfasaje en la posición fiscal que hace que el recupero de lo
tributado nunca cubre lo erogado previamente nuestros productores
se encuentran con una posición de crédito fiscal permanente que
nunca se recupera, es decir, se pierde, con lo cual les juega en
contra de su rentabilidad. Esta es una distorsión tributaria producida
por un diferencial del Impuesto al Valor Agregado entre la compra y
la venta.
Lo que se solicita en
este proyecto es la reducción del IVA para la compra de insumos
equiparándolo con el IVA que luego el productor recibe por la venta
de lo producido y el impuesto no se convierta en una carga imposible
de recuperar.
La reducción propuesta
ya se produjo en el caso de los fertilizantes, que se llevaron al 10.5
% para la compra como incentivo para la utilización. El en caso de
este proyecto se solicita un tratamiento similar, ya que también
debemos incentivar la utilización de insumos por los canales legales
de comercialización, canales que , bajo la carga actual tributan ese
IVA del 21 % que es el que se solicita reducir para evitar las
distorsiones mencionadas.
Es una propuesta que
sin dudas será beneficiosa para nuestros productores que se
encuentran con un desfasaje que altera sus economías. Por ello, Sr.
Presidente, y dada la importancia de sancionar leyes que beneficien
a nuestro sector productivo, es que solicito la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERRO, FRANCISCO JOSE | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
AGRICULTURA Y GANADERIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 21/05/2008 |