PROYECTO DE TP
Expediente 1199-D-2015
Sumario: PROGRAMA DE DIFUSION PARA UNA INTERNET SEGURA PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. CREACION.
Fecha: 26/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º. Créase el Programa
de Difusión para una Internet Segura para Niños, Niñas y Adolescentes.
De las definiciones y
objetivos
ARTICULO 2º. Objetivos: generar
las herramientas necesarias y fomentar la cooperación de todas las instituciones
públicas o privadas, así como también de los ciudadanos con el objetivo de
promover el uso seguro de Internet para los niños, niñas y adolescentes.
ARTICULO 3º. Definiciones:
TIC: Se denominan Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones (TIC), al conjunto de tecnologías que
permiten la adquisición, producción, almacenamiento, tratamiento,
comunicación, registro y presentación de informaciones contenidas en señales
de naturaleza acústica (sonidos), óptica (imágenes) o electromágnetica (datos
alfanuméricos).
Software de dominio público: es
aquel software que no requiere de licencia, pues sus derechos de explotación
son para toda la humanidad
Redes Sociales: la denominación
"Social Software" se refiere a una gama de herramientas de software que nos
permiten conectarnos a través de Internet y socializar o trabajar de manera
colaborativa en proyectos comunes.
Grooming: describe el grooming
como una estrategia utilizada por abusadores sexuales para manipular a niños,
niñas y adolescentes, así como a los adultos de su entorno encargados de su
cuidado, para poder tener el control total sobre la víctima en el momento de la
situación de abuso. Se trata de un proceso en el que el abusador vence la
resistencia del niño, niña o adolescente mediante una secuencia de acciones de
manipulación psicológica. También se utiliza esta estrategia para silenciar al
niño, niña o adolescente, una vez que el abuso ha tenido lugar.
Ciberbullying: Acoso escolar
cibernético, fenómeno común en las comunidades escolares, cuyas
consecuencias son muy perjudiciales tanto para las víctimas como para los
testigos de las agresiones. Incluye todas aquellas conductas de burla,
difamación, agresión, amedrentamiento e intimidación en contra de un
individuo o grupo a través Internet o teléfonos móviles.
Phishing: Modalidad de estafa
diseñada con la finalidad de robar la identidad digital. El delito consiste en
obtener información tal como números de tarjetas de crédito, contraseñas,
información de cuentas u otros datos personales por medio de engaños. Este
tipo de fraude se recibe habitualmente a través de mensajes de correo
electrónico o de ventanas emergentes.
De las autoridad de aplicación y los
participantes
ARTICULO 4º. El Ministerio de
Educación de la Nación es la autoridad de aplicación del Programa de Difusión
para una Internet Segura para Niños, Niñas y Adolescentes.
ARTICULO 5º. Podrán participar
del programa los distintos Ministerios que se encuentren atravesados por los
objetivos del presente programa.
ARTICULO 6º. La autoridad de
aplicación puede invitar a participar en el desarrollo de las campañas a áreas
del Estado Nacional, representantes y/o comisiones de las Cámaras Legislativas,
Organizaciones No Gubernamentales, Universidades Públicas y Privadas, Medios
de Comunicación, Proveedores de Internet y personas físicas o jurídicas que
trabajen la temática o puedan aportar conocimientos técnicos o recursos de
diverso tipo a los efectos de implementar y desarrollar las campañas.
De las Campañas de Difusión para
una Internet Segura para Niños, Niñas y Adolescentes.
ARTICULO 7º: La autoridad de
aplicación podrá desarrollar campañas y suscribir convenios tendientes
cumplimentar los objetivos del programa teniendo en cuenta los siguientes
presupuestos mínimos:
Creación de campañas
audiovisuales que tengan como destinatarios los alumnos de institutos de
enseñanza primaria y secundaria, de gestión pública o privada.
Creación de campañas
audiovisuales de televisión o radio, que tengan como destinatarios a todo el
ámbito familiar con el objeto de concientizar sobre el uso seguro de Internet en
el hogar.
Creación de campañas gráficas,
que tengan como destinatarios a todos aquellos niños, niñas y adolescentes, así
como sus padres, madres y/o tutores, cuyo acceso a Internet se realice desde
cibercafés, bibliotecas, o cualquier otro tipo de terminal para acceso a
Internet en forma paga o gratuita
fuera del ámbito escolar o del hogar, así como también a los responsables y
encargados de dichos sitios.
Creación de página/s web, propias
del Estado Nacional o en colaboración con proveedores de servicios de Intenet
u ONG's que trabajen esta temática. Las mismas deberán brindar material de
consulta y difusión tanto para ciudadanos en general como para docentes y
ONG´s con el objeto fomentar el uso seguro de Internet en los hogares,
cibercafés, etc., así como también colaborar en la difusión de los materiales de
las campañas. En forma complementaria se podrá sugerir software de dominio
público con el mismo objetivo.
Creación de un número telefónico
gratuito con el objeto de recepcionar las denuncias sobre conductas que estén
incluidas dentro de las que el programa busca combatir, para luego canalizarlas
a través de las autoridades pertinentes.
De los Docentes y Profesores
ARTICULO 8º: Las campañas
destinadas a los alumnos de institutos de enseñanza primaria y secundaria, de
gestión pública o privada deberán incorporar la capacitación de los docentes y
profesores de los niveles educativos previamente especificados.
ARTICULO 9º: La autoridad de
aplicación puede generar convenios con aquellas del Estado Nacional o de los
Estados Provinciales, con el fin de coordinar y promover campañas conjuntas
de difusión del uso seguro de Internet.
ARTICULO 10º : Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Actualmente los niños, niñas y
jóvenes se comunican en forma permanentemente a través de sistemas
tecnológicos, como Internet o la telefonía móvil. De acuerdo a un informe
presentado por la consultora Prince&Cooke publicado por el diario La Nación en
Argentina 20 millones de personas - aproximadamente el 50% de la población
actual- utilizaban Internet en diciembre de 2008. Del referido estudio se
desprende que hubo un crecimiento interanual en número de usuarios del 25%
respecto del 2007, que atribuye al mayor uso del servicio de banda ancha en
los hogares. En este mismo sentido el informe indica que el uso de la red en
hogares creció un 32% durante el año 2008.
Asimismo el informe arroja otros
datos de interés tales como que los servicios más solicitados son el e-mail, la
búsqueda de información y el chat; que el tiempo de conexión semanal se elevó
a 22 horas, lo que representa un crecimiento del 54% frente a las 14 horas
registradas en 2007; que las transacciones online se incrementaron en el 2008
un 28% respecto del año anterior; que se produjo un mayor ingreso de
menores de 18 años a la Red y que la edad promedio de los usuarios cayó de
28 a 24 años.
A lo anterior podemos agregar
que, según datos del INDEC "en el periodo comprendido entre junio de 2008 y
junio de 2009 se observaron los siguientes aspectos: los accesos residenciales a
Internet y las cuentas con abono crecieron un 10.6 y 17.8 respectivamente.
Asimismo las cuentas de banda ancha tuvieron un crecimiento de 20.7 En el
mes de junio de 2009 se registraron 1904 millones de mensajes enviados desde
4.8 millones de cuentas de correo electrónico lo que implico un crecimiento del
19.7 respecto del mes de junio de 2008".
Por su parte, con relación al uso
de telefonía móvil, un estudio General de Medios (EGM) realizado por Ipsos
Argentina, indica que el 71,5% de la población tiene celular, siendo la principal
función utilizada la correspondiente a los mensajes de texto, de manera similar
entre hombres y mujeres.
Si bien por un lado es innegable
que con el uso de Internet se ha verificado una sustancial mejora en los
procesos de comunicación en sentido amplio entre las personas, pueblos y
sociedades; empero por el otro debemos tener presente que en este nuevo
escenario virtual, visitado permanentemente por millones de personas se
reproducen conductas y riesgos de la vida real.
Esto nos obliga a promover desde
el Estado, y con la participación de todos los ciudadanos involucrados en el uso
de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), acciones que
garanticen el uso adecuado y seguro de estas nuevas formas de comunicación,
en especial cuando se encuentran involucrados niños/as y adolescentes. En ese
sentido es imprescindible que se brinde información y capacitación para facilitar
a padres y educadores la tarea de tutelar el uso de las TICs.
Creemos que el abordaje de la
temática planteada requiere el esfuerzo conjunto entre el Estado y los distintos
actores de la sociedad civil, tales como la familia, los educadores, las empresas
proveedoras de Internet, las empresas de software, diferentas OGN, etc; con
esa lógica es que se pensó y estructuró el proyecto de ley que traemos a
vuestra consideración.
Nos interesa con este proyecto
abordar las particularidades que presentan las prácticas de "Gromming", el
"Ciberbullying" y el "Phishing a través del uso de las tecnologías de la
información y la comunicación (TIC). Es menester poner de relieve que el
proyecto que traemos a consideración reproduce en sus aspectos centrales, el
contenido de un trabajo presentado por la diputada provincial Mónica Peralta en
la legislatura de la Provincia de Santa Fe.
Consideramos que es necesario
implementar en el ámbito del ministerio de Educación de la Nación un
"Programa de Difusión para una Internet Segura para Niños, Niñas y
Adolescentes" que pueda tener cobertura en todo el territorio de nuestro país.
Con esa inteligencia es que el proyecto prevé la posibilidad de generar
convenios con los Estados Provinciales, con el fin de coordinar y promover
campañas conjuntas de difusión del uso seguro de Internet.
A cuarenta años de su creación, el
fenómeno de Internet viene teniendo un crecimiento exponencial dando lugar a
la aparición de vastas redes sociales que involucran en muchos casos a niños,
niñas y adolescentes, motivo por el cual debemos aportar las herramientas
legislativas que permitan proteger sus derechos también en lo relativo a las
nuevas tecnologías.
En este sentido, la legisladora
santafecina sostiene en los fundamentos de su proyecto que "con la
generalización del uso de Internet y otros dispositivos tecnológicos por parte de
niños, niñas y adolescentes, las TIC se han convertido en una nueva
herramienta para llevar a cabo esta estrategia de 'preparación para causar
daño' mientras se conectan a la red, intentando manipularlos/as y
desinhibirlos/as "con el objetivo de obtener gratificación sexual, a través del uso
de las tecnologías (tales como Internet o teléfonos celulares) y mediante
distintas estrategias de seducción emocional. Se trata de un trabajo fino y no
violento que hace un adulto para seducir de forma encubierta a un niño, niña o
adolescente con el fin último de tener una relación sexual".
Asimismo, la Diputada provincial
describe la conducta desplegada por el acosador al decir que este: "puede
elegir a su víctima a través de las TIC -por ejemplo haciéndose pasar por un
adolescente en un chat- o en persona -por ejemplo pidiéndole su correo
electrónico en un lugar público, como un parque o un centro comercial. Las
formas de establecer y afianzar la relación con la víctima pueden variar. Pueden
compartir gustos musicales, televisivos o literarios; intercambiar información,
videos, fotos. El proceso se inicia tratando de establecer una relación de
confianza con la víctima, mostrándole
que se trata de alguien con quien pueden hablar y alguien que le entiende.
Puede, incluso, tratar de aislar a la víctima, saboteando las relaciones que
pueda tener con pares o familiares. En general les piden fotografías o que se
desvistan o tomen actitudes más comprometidas sexualmente a través de las
cámaras web. También los invitan a encontrarse presencialmente. Pueden
intentar indagar más información sobre su potencial víctima (edad, número de
teléfono, intereses, grado de vulnerabilidad emocional, etc.), incluso mediante
el uso de virus informáticos, y valorar el riesgo de continuar con sus planes de
generar una situación de abuso. El acosador puede introducir algo de carácter
secreto en ese intercambio. Este secreto puede posteriormente ser utilizado
para amenazar o chantajear al niño, niña o adolescente para lograr que este
acepte lo que el acosador le pide, asegurándose el control de la situación.
Pueden mostrar al niño, niña o adolescente materiales sexualmente explícitos
como táctica para reducir su resistencia o desinhibirlo respecto del sexo. Por
ejemplo, los chantajes pueden comenzar cuando el acosador obtiene la
contraseña del chat o una imagen comprometida de la víctima y amenaza con
difundirla a sus contactos. Entonces, pueden chantajearla para que envíe fotos
o imágenes desde su Webcam. A partir de ahí, las amenazas pueden continuar.
El acosador puede intentar hacer que la víctima piense en las consecuencias
que le puede ocasionar confesarle a alguien que está siendo acosado."
En el mismo sentido, podemos
coincidir en que "este es un nuevo fenómeno, una forma de abuso sexual
utilizando las nuevas tecnologías, constituye un delito contra la integridad
sexual y vulneración de derechos de los niños. Claramente, es una forma de
abusar de un niño, aunque pueda suceder mientras el chico esté en su casa con
sus padres. Las situaciones de grooming, en ocasiones, no vienen seguidas de
un abuso sexual consumado. Puede haber abuso sin que haya un encuentro
presencial. Todo esto conlleva dificultades para la intervención y sanción ante
este tipo de delitos. El problema está ligado a la existencia de una situación
encubierta, producto de un proceso de manipulación, por el cual el menor no se
siente violentado, sin embargo todo ello apunta al fin perseguido por el adulto.
La víctima puede ser expuesta a material sexual
inadecuado, ilegal, ofensivo o
traumático (a través de: imágenes pornográficas, videos, dibujos y
animaciones, mensajes de texto, correos electrónicos, relatos, sonidos y
música). O puede darse una situación de ciber- abuso sexual unidireccional o
bidireccional, por medio de texto o imágenes. Hoy los niños, niñas y jóvenes se
comunican intensamente a través de sistemas tecnológicos, como Internet o la
telefonía móvil. En este mundo virtual se reproducen las conductas y riesgos de
la vida real, pero amplificadas por el hecho que en Internet todo es público.
Situaciones de la realidad, como el acoso u hostigamiento escolar, están ahora
produciéndose en el ciberespacio, con el agravante de contar con audiencias
masivas. Los jóvenes no tienen plena conciencia de los efectos que esta
práctica puede provocar."
Por otro lado podemos señalar que
"Ciberbullying o acoso escolar cibernético se está transformando en un
fenómeno común en las comunidades escolares y sus consecuencias son muy
perjudiciales tanto para las víctimas como para los acosadores y los testigos de
las agresiones. Incluye todas aquellas conductas de burla, difamación, agresión,
amedrentamiento e intimidación en contra de un individuo o grupo a través
Internet o teléfonos móviles. Este tipo de abuso tiene incalculables
consecuencias psicológicas en los afectados que ven totalmente vulnerada su
identidad en su entorno social."
Por ultimo queríamos referirnos al
"Phishing", al podríamos conceptuar como una modalidad de estafa diseñada
con la finalidad de robar la identidad digital. El delito consiste en obtener
información tal como números de tarjetas de crédito, contraseñas, información
de cuentas u otros datos personales por medio de engaños. Este tipo de fraude
se recibe habitualmente a través de mensajes de correo electrónico o de
ventanas emergentes.
Al respecto la diputada provincial
Mónica Peralta sostiene: "En esta modalidad de fraude, el usuario
malintencionado envía millones de mensajes falsos que parecen provenir de
sitios Web reconocidos o de su confianza, como su banco o la empresa de
su tarjeta de crédito. Dado que los
mensajes y los sitios Web que envían estos usuarios parecen oficiales, logran
engañar a muchas personas haciéndoles creer que son legítimos. La gente
confiada normalmente responde a estas solicitudes de correo electrónico con
sus números de tarjeta de crédito, contraseñas, información de cuentas u otros
datos personales. Para que estos mensajes parezcan aun más reales, el
estafador suele incluir un vínculo falso que parece dirigir al sitio Web legítimo,
pero en realidad lleva a un sitio falso o incluso a una ventana emergente que
tiene exactamente el mismo aspecto que el sitio Web oficial. Estas copias se
denominan "sitios Web piratas". Una vez que el usuario está en uno de estos
sitios Web, introduce información personal sin saber que se transmitirá
directamente al delincuente, que la utilizará para realizar compras, solicitar una
nueva tarjeta de crédito o robar su identidad."
Todo lo expuesto pone en
evidencia los riesgos que se corren cuando se hace uso de las nuevas
tecnologías de comunicación, en particular cuando se hallan involucrados niños,
niñas y adolescentes. Frente a esta realidad entendemos que el Estado Nacional
debe actuar promoviendo acciones concretas que estén orientadas a promover
el uso seguro de las TIC. Es por ello que, desde el ámbito educativo deben
establecerse los mecanismos y las acciones oportunas con el objeto de prevenir
a padres, madres y familiares, además de a los propios niños, niñas y
adolescentes, sobre estas estrategias preventivas.
El Estado Nacional debe abocarse
por lo tanto a dos puntos fundamentales: generar campañas de difusión que
eviten la proliferación de estas conductas, educando a los ciudadanos en el uso
seguro de Internet; y estudiar y proponer las modificaciones legislativas a nivel
nacional, provincial y municipal con el objeto de generar un marco legal
apropiado.
Esto último ya se está realizando
en otros países latinoamericanos, como es el caso de Chile donde se generaron
convenios con proveedoras de servicios de Internet, como es el caso de V.T.R.
GlobalCom, que en su rol de proveedor líder de televisión y banda
ancha residencial en Chile, asumió
el desafío de contribuir a un entorno más seguro en Internet y TV, y lo convirtió
en un eje de su labor de Responsabilidad Social Empresaria.
También es menester destacar que
en nuestro país la Asociación Civil Chicos.net junto con la organización
internacional ECPAT (End Child Prostitution, child pornography and child
trafficking for sexual purposes) puso en funcionamiento una página donde
ofrece información para toda la comunidad referente al uso seguro de
Internet.
El presente proyecto es una
representación del expediente 2107-D-2013 de mi autoría.
Por todo lo expuesto solicito a los
Señores Diputados que me acompañen en el presente Proyecto de Ley.
(1) "Abuso de sustancias
inhalables. Un problema de salud pública y social", María Teresa Griselda
Fuentes Lara y Araceli Hernández González. Documento de la Organización
Panamerica de la Salud. (http://www.mex.ops-oms.org/)
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
EDUCACION |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |