PROYECTO DE TP
Expediente 1198-D-2007
Sumario: ASIGNACIONES FAMILIARES, LEY 24714: MODIFICACION AL ARTICULO 7 (ASIGNACION POR HIJO QUE RECIBE EDUCACION DIFERENCIAL).
Fecha: 30/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACION A
LA LEY 24.714 "REGIMEN DE ASIGNACIONES
FAMILIARES"
Artículo 1º -
Modificase en la Ley 24.714 (Régimen de Asignaciones
Familiares) los siguientes artículos:
ARTICULO 7
- La asignación por hijo consistirá en el pago de una suma
mensual por cada hijo menor de 18 años de edad que se
encuentre a cargo del trabajador.
La referida asignación se
prolongará hasta los 21 años, en el caso que concurran regularmente a establecimientos
de educación oficiales o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos
oficiales o privados donde se imparta educación diferencial.
Artículo 2º - El Poder
Ejecutivo Nacional efectuará la reglamentación pertinente dentro
de los 90 días de su promulgación.
Artículo 3º -
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 24.714 "Ley de
Asignaciones Familiares", promulgada el 18 de octubre de 1996 y
reglamentada por Decreto Nro 1.245/96 (B.O. 11/11/96) instituye,
con alcance nacional y obligatorio el Régimen de Asignaciones
Familiares, con sus excepciones, exclusiones, financiaciones y
prestaciones, así como fijando los montos correspondientes.
La presente ley limitó
las asignaciones previstas por su antecesora, la Ley 18.017 y sus
modificatorias, fundamentalmente limitando los beneficios a los
trabajadores de menores recursos, que perciban una
remuneración inferior a $ 1.725.
Proponemos en este proyecto la
modificación del artículo 7º, incorporando al mismo que la asignación por hijo se
prolongue hasta los 21 años, en el caso que los mismos concurran regularmente a
establecimientos de educación oficiales.
Esta inclusión a
beneficiarios de las asignaciones familiares, se debe que en los
estamentos sociales de mayores carencias, ven frustradas las
posibilidades de continuar sus estudios, ya sean terciarios y/o
universitarios por carecer de los recursos materiales
necesarios.
Si bien, el monto de la
suma quizás no se compadece con las exigencias que implica
desde el punto de vista económico encarar un estudio de nivel
superior o finalizar el intermedio, es una ayuda que permitirá a un
importante número de ciudadanos a continuar sus estudios y de
esa manera poder contribuir al finalizar los mismos, con su
educación y capacitación al desarrollo espiritual y material del
país.
Apreciamos que un
estudiante del nivel superior, con dedicación semi exclusiva
finalizaría sus estudios a la edad de 24/25 años, pero nos
limitados a la prolongación de la asignación por hijo hasta los 21
años, que es cuando se adquiere la mayoría de edad.
A numerosas familias
se les presenta como mayor inconveniente el factor económico
para la continuidad de los estudios, sobre todo en aquellos casos
en que el grupo familiar esta compuesto por un número elevado
de hijos.
Con las
modificaciones que se proponen a la "Ley de Asignaciones
Familiares" se busca paliar la situación descripta
precedentemente, compensando a las familias con menores
recursos en los gastos que se producen en la educación del
grupo familiar.
No ha escapado en el
análisis, la incidencia que la asignación pudiere tener en su
financiación, apreciando que los actuales recursos contemplados
en el Artículo 5 de la ley en cuestión, serían suficientes para
absorber la ampliación de esta asignación por hijo.
Por lo que, aprobar el
presente proyecto, no harían nada más que volcar en los
ciudadanos beneficios que el Estado Nacional, tiene como
obligación proporcionar, en procura del bienestar general de los
ciudadanos, solucionando un problema social y económico en un
sector necesitado de nuestra sociedad.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DAHER, ZULEMA BEATRIZ | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
TULIO, ROSA ESTER | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA TULIO, ROSA (A SUS ANTECEDENTES) | 26/12/2007 |