PROYECTO DE TP
Expediente 1197-D-2012
Sumario: EXPRESAR APOYO A LA DECISION DE LOS SEÑORES GOBERNADORES DE LAS PROVINCIAS DE SANTA CRUZ Y DEL CHUBUT RELACIONADAS A LA REVERSION DE LAS AREAS PETROLERAS CONCESIONADAS A LA EMPRESA " YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES".
Fecha: 20/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su apoyo y adherir a las
acciones decretadas por los Señores Gobernadores de las provincias de Santa
Cruz y del Chubut, referidas a la reversión de las áreas petroleras concesionadas
a la empresa Y.P.F. S.A. por la falta de inversión constatada en los yacimientos
"Los Monos" y "Cerro Piedra-Cerro Guadal Norte" en la provincia de Santa Cruz y
"El Trébol-Escalante" y "Campamento Central-Bella Vista Este - Cañadón Perdido"
en la provincia del Chubut.
Solicitar al resto de las provincias
productoras de hidrocarburos adoptar igual criterio.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de resolución
tiene por objeto que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación declare su
apoyo y adhiera a las acciones decretadas por los Señores Gobernadores de las
provincias de Santa Cruz y del Chubut en relación a la reversión de la concesión
las áreas petroleras denominadas "Los Monos" y "Cerro Piedra-Cerro Guadal
Norte" en la provincia de Santa Cruz y "El Trébol-Escalante" y "Campamento
Central-Bella Vista Este - Cañadón Perdido" en la provincia del Chubut.
Fundamos nuestro apoyo a dichas
medidas por cuanto desde el año 2003 a esta parte se vienen desarrollando
políticas de largo plazo tendientes a industrializar el país, que han generado un
crecimiento del empleo industrial promedio del nueve por ciento anual, logrando
una consecuente movilidad social ascendente.
Dicho proceso ha requerido el
acompañamiento de todos los sectores de la sociedad y la economía, y las
políticas de inclusión social implementadas también han venido acompañando
este prolífero proceso.
El mencionado crecimiento económico
con inclusión social del periodo referido se ha constituido en el eje de la fortaleza
del proyecto nacional y popular impulsado por el Gobierno Nacional, apoyado por
una amplia mayoría de los ciudadanos de la República Argentina.
Asimismo, los niveles récord de
crecimiento experimentados durante este periodo debieron ser acompañados por
un aumento equivalente de la producción energética; en este contexto las
empresas concesionarias de las áreas productivas en esta materia debieron haber
realizado las inversiones proporcionales a dicha expansión.
Estas inversiones, además de
incrementar la producción petrolera, hubieran generado más empleo y, en
consecuencia, hubieran contribuido a un mayor desarrollo del país en general y de
los pueblos donde se encuentran dichas áreas en particular; de la misma manera
la subinversión constatada en los yacimientos objeto de las reversiones
decretadas por los Gobernadores de las provincias de Santa Cruz y del Chubut se
han constituido en un límite para el crecimiento industrial y por ende para el
desarrollo integral de nuestro pueblo.
Por ello, a fin de superar dicho límite y
continuar con las tasas de crecimiento de los últimos nueve años, nuestro país ha
tenido que importar hidrocarburos, generando un fuerte impacto en el saldo de la
balanza comercial con las consecuencias que ello implica. Por eso es necesario
recordar que Argentina posee un comprobado potencial productivo en materia de
hidrocarburos y las empresas concesionarias deben cumplir con los contratos y
sus proyecciones de inversiones en el campo exploratorio para optimizar la
extracción de los recursos naturales y evitar así que debamos adquirir en el
extranjero fuentes de energía que poseemos en nuestro territorio.
En este sentido, corresponde a los
Estados Provinciales hacer cumplir los mandatos legales y arbitrar las medidas
pertinentes para asegurar la inversión necesaria para el abastecimiento suficiente
de los combustibles requeridos para el desarrollo continuo del país.
Ello encuentra su fundamento en los
artículos 124° de la Constitución Nacional, 52° de la Constitución de la Provincia
de Santa Cruz y los artículos1°, 2° y 6° de la Ley Nacional 26.197, modificatoria de
la Ley 17.319 de Hidrocarburos, que establecen el dominio originario de las
provincias sobre sus recursos, como así también la facultad de adoptar las
decisiones necesarias para garantizar la inversión de las empresas
concesionarias, concordando con las prescripciones de la Ley Provincial Nº 2727
de la provincia de Santa Cruz, por la cual se declaró al Poder Ejecutivo de la
Provincia como autoridad concedente para otorgar permisos de exploración y
eventual concesión de explotación de hidrocarburos (art. 1º), y, entre otras
prerrogativas, la de declarar la caducidad o nulidad de permisos y concesiones
(art. 1, inciso g) de la precitada pieza legal); asimismo por Ley Provincial Nº 3067
se creó el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, quien actualmente
ejerce como Autoridad de Aplicación en la materia, con facultades para proponer
la política energética, regular las inversiones y proponer la racional expansión de
la riqueza energética provincial, evaluando los recursos energéticos existentes en
la Provincia y ejercer el control y supervisión de los planes de inversión en
aquellos casos en que el desarrollo se encuentre concesionado (art. 3 inc. b).
Este Instituto Provincial, en virtud de
las facultades legalmente conferidas, ha efectuado una serie de relevamientos
sobre las áreas denominadas LOS MONOS y CERRO PIEDRA-CERRO GUADAL
NORTE, las que se encuentran concesionadas y otorgadas de conformidad a los
alcances de la Ley Nº 24.145 a la firma YPF S.A., cuyo informe afirma que dichas
áreas presentan un marcado e ininterrumpido proceso de desinversión, lo que ha
determinado la extracción de hidrocarburos sin incorporación de reservas ni
inversiones que posibiliten ampliar el horizonte extractivo de las áreas en cuestión,
desoyendo de este modo el imperativo legal a efectuar las inversiones necesarias
para la ejecución de los trabajos requeridos para el desarrollo de la totalidad de la
superficie concesionada. Dicho informe fue realizado sobre inversiones de la
concesionaria entre los años 2006 y 2011, datos que se desprenden de las
propias Declaraciones Juradas de la Compañía, de las que surgen que YPF S.A.
ha invertido PESOS CERO en el área Los Monos durante los períodos 2010 y
2011, habiendo efectuado en el resto de los periodos relevados inversiones
ínfimas; también surge que respecto de los yacimientos que forman parte de la
CONCESIÓN CERRO PIEDRA- CERRO GUADAL NORTE, ha invertido PESOS
CERO en los años 2006 y 2008 a 2010 en el yacimiento Cerro Piedra, PESOS
CERO en el yacimiento Cerro Guadal periodos 2006 - 2011 y PESOS CERO en el
yacimiento Guadal Norte durante los periodos 2007 y 2011.
Cabe destacar la falta de inversión en
los yacimientos Escalante-Trébol y Cañadón Perdido-Campamento Central en la
Provincia del Chubut. Dicho Déficit conlleva al incumplimiento en el sector de
inversión respectivamente y conjuntamente en materia de explotaciones
establecidas en los pliegos firmados oportunamente. La baja de producción del
13,4% en el periodo 2007/2011 en el yacimiento Escalante-Trébol y 23,6 % en el
yacimiento Cañadón Perdidos-Campamento Central, incentivó aun más la decisión
tomada por el gobernador de la provincia de Chubut volcada en la firma del
Decreto 324.
Adherimos entonces a las acciones
decretadas por los Estados Provinciales de Santa Cruz y del Chubut que se
encuentran alineadas con el reclamo realizado por la Señora Presidenta de la
Nación en la Asamblea Legislativa del corriente año, en el sentido que es
necesario asegurar el abastecimiento de combustibles para mejorar la
competitividad de la economía y continuar en la senda de crecimiento récord con
inclusión social experimentado desde el año 2003.
Solicitamos asimismo a las provincias
productoras adoptar igual criterio que el tomado por las provincias de Chubut y
Santa Cruz
Por las razones expuestas, solicitamos
la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
METAZA, MARIO ALFREDO | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
IANNI, ANA MARIA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BLANCO DE PERALTA, BLANCA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CURRILEN, OSCAR RUBEN | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PAIS, JUAN MARIO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ZIEBART, CRISTINA ISABEL | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, NANCY SUSANA | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ELICECHE, CARLOS TOMAS | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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