PROYECTO DE TP
Expediente 1194-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS VACUNAS CONTRA LA FIEBRE AFTOSA, SU COMERCIALIZACION Y APLICACION.
Fecha: 20/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Su preocupación por la
modificación en el sistema de comercialización y aplicación de las vacunas
contra fiebre aftosa, en un contexto regional inoportuno donde se ha
detectado la presencia de dicha enfermad en la República del Paraguay a
300 kilómetros de la frontera con la Republica Argentina.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto es una
reproducción del Expediente N° 6367 - D - 2012, de mi autoría, que fue
presentado el pasado 22 de febrero de 2012.
El SENASA por resolución
368/2011 modificó el sistema de comercialización y aplicación de vacunas
antiaftosa. El mismo incorpora a los veterinarios privados como agentes de
comercialización y aplicación.
Esta modificación se da en un
contexto regional preocupante debido a la detección de varios focos de fiebre
aftosa en La República del Paraguay, registrándose el primero en Septiembre
de 2011 en la localidad de Sargento Loma, distrito de San Pedro de
Icuamandiyú, departamento de San Pedro.
Debido al control y a la
prevención de la zona fronteriza en Febrero de 2011 la Organización
internacional de Sanidad Animal declaró a la franja de 15 kilómetros que se
extiende a lo largo de los límites con Paraguay y Bolivia, conocida como Zona
de Alta Vigilancia (ZAV), libre de aftosa con vacunación. Al mismo tiempo por
Resolución 181/2010 el SENASA modificó el plan de vacunación contra aftosa
y se determinó solo dos vacunaciones para las categorías menores de 2
años entendiéndose por tales a todas las categorías con excepción de vacas
y toros.
Considerando el buen
desempeño y el éxito del sistema anterior, en el cual los Entes Sanitarios,
gestionados por los productores, eran los encargados de llevar a cabo el
proceso de comercialización y vacunación, vía veterinarios autorizados por el
mismo, que garantizaba el alcance y cobertura a todo el rodeo del país,
cumpliendo así con el objetivo central de la lucha contra esta
enfermedad.
Dadas estas estrategias a nivel
regional y a los cambios de status sanitarios y de exigencias a nivel local y
ante una nueva detección de fiebre aftosa en la región que se encuentra a
aproximadamente 300km de la frontera con Argentina y a la rápida
propagación que suele tener esta enfermedad, resulta preocupante e
inoportuna la modificación del sistema de comercialización, ante un esquema
anterior que ha más que demostrado su buen desempeño en el control y
erradicación de la enfermedad.
Por todo lo expuesto, solicito a
mis pares que acompañen el presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |