PROYECTO DE TP
Expediente 1193-D-2014
Sumario: PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO: SE INCORPORA LA COBERTURA TOTAL DE DISPOSITIVOS NECESARIOS Y ACCESORIOS PARA LAS PERSONAS OSTOMIZADAS.
Fecha: 21/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
El Senado y Cámara de Diputados...
Cobertura total de los dispositivos y
elementos accesorios para las personas ostomizadas.
Artículo 1°.- Incorpórese al Programa
Médico Obligatorio (PMO), al sistema público nacional, obras sociales y mutuales
provinciales, la cobertura total de los dispositivos o bolsa para ostomías y los
elementos accesorios necesarios para la optimización de la tolerancia de la bolsa,
para aquellas personas que han sido sometidas a una ostomización temporal o
definitiva padeciendo desórdenes, enfermedades o trastornos en distintos
órganos.
Artículo 2°.-0bjetivos:
a) Alcanzar el nivel más elevado de
calidad de vida para la población paciente ostomizada.
b) Favorecer la accesibilidad a una
cobertura médica segura, efectiva y eficaz.
c) Garantizar a toda la población el
acceso a la información, orientación y prestaciones de servicios referidos a la
salud de los pacientes ostomizados.
d) Incorporar mecanismos de control
necesarios que garanticen la entrega en tiempo y en forma de los materiales
necesarios para las personas ostomizadas.
Artículo 3°.- La cantidad de
dispositivos que se le otorgará mensualmente al paciente, dependerá de las
necesidades del mismo conforme a la prescripción del profesional médico.
Artículo 4°.- Las características
técnicas y de calidad de los dispositivos o bolsas y los elementos accesorios
deberán garantizar la tolerancia del organismo de las personas ostomizadas y su
calidad de vida.
Artículo 5°.- La cobertura del total de
los dispositivos está destinada al universo que componen todas las personas con
ostomía.
Artículo 6°.- La cobertura debe
disponer de un equipo interdisciplinario que garantice la salud física y emocional el
paciente y su familia para la total rehabilitación y la reinserción en la vida
social.
Artículo 7°.- E Ministerio de Salud de
la Nación desarrollará una guía clínica de distribución nacional en la se
especifiquen los cuidados necesarios para mejorar la calidad de vida de las
personas ostomizadas.
Artículo 8°.- Se recomienda al
Ministerio de Salud de la Nación que incluya la información indispensable con
indicaciones de hábitos saludables para el cuidado de las personas ostomizadas.
Promoviendo en la comunidad espacios de reflexión y acción para la aprehensión
de conocimientos básicos vinculados a la problemática.
Artículo 9°.- La presente ley entrará
en vigor a partir de los noventa (90) días de su promulgación.
Artículo 10°.- Invítese a las provincias
y a la Ciudad de Buenos Aires a adherir a la presente ley
Artículo 11°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Vengo ante V. H. a solicitar la
aprobación del Proyecto de Ley que establece la cobertura total de dispositivos o
bolsas y elementos accesorios necesarios para personas ostom1zadas.
La ostomía es una práctica quirúrgica,
de apertura de un órgano hueco hacia el exterior. La ostomización se puede
realizar en la vejiga, tráquea, estómago, intestino delgado, colon y recto.
Dependiendo del órgano afectado es que puede ser: Ileostomías, Colostomías o
urostomías.
Las causas de aplicación del
procedimiento pueden originarse en problemas inflamatorios, traumáticos,
enfermedades crónicas y en pacientes oncológicos.
En algunos casos, la ostomización es
una práctica transitoria; en otros definitiva y permanente. Un forma de vida que el
paciente debe incorporar en hábitos cotidianos y saludables y que se lleva a cabo
en personas de todas las edades, desde el recién nacidos a los adultos
mayores.
Si se tiene en cuenta que a través de
la ostomización se extirpa la enfermedad de base y se reemplaza el órgano o su
función por un dispositivo o bolsa, es posible considerar que son personas sanas
que podrán realizar su vida cotidiana con la mayor normalidad, en la medida que
se cuente con el uso del dispositivo adecuado, efectivo y de alta calidad, según el
requerimientos médico.
Superada la enfermedad de base, el
paciente necesita un tiempo de adopción y aprendizaje del manejo de su ostomía.
Es trabajo de rehabilitación que requiere de la contención psicológica y emocional
del mismo y de su familia. Es posible que se retome las actividades laborales,
deportivas, intelectuales de manera normal. De ahí la importancia de estar incluido
en las actividades programáticas desarrolladas por el Ministerio de Salud de la
Nación.
La problemática se presenta en las
personas que no cuentan con las condiciones económicas para acceder a los
dispositivos o bolsas colectoras y los materiales específicos. Algunas obras sociales
y empresas de medicina prepaga cubren, en parte, los requerimientos de los
pacientes. Quienes no conforman este sector al no estar incluidos están
condenados a padecer cierta "invalidez" por la imposibilidad de desarrollar su vida
con normalidad.
La Asociación Argentina de
Ostomizados (AADO) estima que en la Argentina la población de pacientes
ostomizados es de unas 25.000 personas y que entre 8.000 y 10.000, de ese
total, no cuentan con la cobertura médica. Además, de los beneficiarios con
cobertura se observa que no todas las ostomizaciones son cubiertas por el
sistema, o sea se les reconoce únicamente una cobertura parcial
Señor Presidente, el breve resumen
que antecede, pretende ratificar la necesidad de implementación legal que
contempla este Proyecto de ley. Las actuales políticas públicas de salud del
Poder Ejecutivo Nacional se han extendido en atención a enormes sectores de la
población. A no dudarlo la cobertura requerida por los pacientes ostomizados
favorecerá el acceso igualitario a la salud de los argentinos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BEDANO, NORA ESTHER | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
23/09/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
04/11/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
05/11/2014 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1230/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 7682-D-2013, 0100-CD-2014, 1193-D-2014 y 3112-D-2014 | CON MODIFICACIONES; CONSIDERACION CONJUNTA DE LOS EXPEDIENTES 3907-S-13, 0801-S-14 Y 1424-S-14 | 07/11/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION APARTAMIENTO DEL REGLAMENTO (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 7682-D-2013, 0100-CD-2014, 1193-D-2014 y 3112-D-2014 | 12/11/2014 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 7682-D-2013, 0100-CD-2014, 1193-D-2014 y 3112-D-2014 | 12/11/2014 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 7682-D-2013, 0100-CD-2014, 1193-D-2014 y 3112-D-2014 | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 7682-D-2013, 0100-CD-2014, 1193-D-2014 y 3112-D-2014 | 10/12/2014 | SANCIONADO |