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PROYECTO DE TP


Expediente 1193-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS TOMADAS O A IMPLEMENTARSE EN RELACION AL RESGUARDO DE LA INTEGRIDAD FISICA Y EMOCIONAL DE ROMINA TEJERINA.
Fecha: 26/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, mediante el arbitrio de los medios correspondientes, solicite al Servicio Penintenciario del Penal de Mujeres de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Unidad Carcelaria Nº 3, que se expida sobre lo siguiente:
a) Informe respecto de las medidas tomadas o a tomar a fin de resguardar la integridad física y emocional de Romina Tejerina, para evitar que se reiteren hechos como los ocurridos a principios del mes de marzo de 2009 (lesiones y amenzas a las que fue sometida por tres detenidas) en la Unidad Nº 3 donde se encuentra alojada.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 3 de marzo del corriente año, en la cocina del Penal de Mujeres de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Romina Anahí Tejerina sufrió el ataque de tres detenidas, desconociendo ellas el motivo por el cual fueron violentadas; tales agresiones se tradujeron en rasguños, golpes en la cabeza, tiradas de pelos, amenazas mediante cuchillo en mano, manifestándole que "la iban a quemar viva".
Luego de este episodio, Romina fue trasladada a otro sector de la unidad penitenciaria. Posteriormente, se realizó un llamado a la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal para confirmar su estadía en el sector antes mencionado, recibiendo una respuesta negativa a tal pedido e informando que debía regresar al sector de prueba (lugar donde ella se aloja), aun cuando ello significaba que peligrara su vida.
Una vez realizado el retorno, se procedió a encerrar a Romina en una habitación, sola, totalmente aislada, con vigilancia y desde entonces no puede recibir llamadas telefónicas, ni salir de dicho lugar ni comunicarse con otras internas, contando con sólo treinta minutos de recreación en el día, sin posibilidad de tener atención psicológica como tampoco de recibir clases de un profesor a fin de poder rendir las dos materias que quedaron pendientes de la educación secundaria. Ante esta situación, ella ha caído en una profunda depresión, lo que la ha llevado a que no se esté alimentando, por una razón netamente psicológica.
Romina no se siente y, por supuesto, no está segura en el lugar donde recibió las agresiones y amenazas (las que fueron debidamente denunciadas); pero tampoco resulta atinado el encierro llevado adelante, pues redunda en un castigo contra ella, en vez de preservar su integridad física y emocional asi como garantizar su seguridad - medidas que sí debieron haberse cumplido -.
Por ello, el pasado viernes 6 de marzo se presentaron tres recursos de Habeas Corpus a favor de Romina: uno, de parte de Mariana Vargas, abogada defensora, ante el Juez Llermanos; otro, por Elsa Colqui (presidenta de la Casa de la Mujer de San Pedro) y, el tercero, por Mirta Tejerina - hermana de Romina - ante el Juez Gutierrez, de instrucción penal, pretendiendo que con dichas acciones se ordene hacer cesar los actos lesivos denunciados, de aislamiento e incomunicación y se tomen medidas conducentes a los efectos de cuidar su integridad física de manera racional, sin que se vean agravadas las condiciones de detención. El Juez Gutierrez hizo lugar al habeas corpus ante él presentado, permitiendo que Romina recobrara parte de sus derechos dentro de la cárcel.
Esto contrastó con el ensañamiento por parte del Juez Llermanos, quien controla la ejecución de la pena privativa de la libertad que sufre Romina. Él no sólo no resolvió en tiempo el habeas corpus interpuesto (declarándo una semana después que la cuestión había devenido en abstracto) sino que además le notificó a Romina mediante oficio que no le permite estudiar una carrera universitaria.
Esta decisión, discriminatoria y arbitraria, incumple con el mandato que emana de nuestra Carta Magna, consagrando el derecho a la Educación, así como transgrede lo dispuesto al respecto por distintos instrumentos internacionales con jerarquía constitucional. Pero, además, se contrapone a una política estatal por cuanto desde el Ministerio de Educación de la Nación se promueve la educación de personas en contextos de privación de la libertad. El sitio web de dicho sector ministerial, sobre ello, reza lo siguiente: "La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno. El ejercicio de este derecho no admite limitación ni discriminación alguna vinculada a la situación de encierro, y será puesto en conocimiento de todas las personas privadas de libertad, en forma fehaciente, desde el momento de su ingreso a la institución." (1)
Asimismo, prevé como uno de sus objetivos el favorecer el acceso y permanencia en la Educación Superior y un sistema gratuito de educación a distancia.
Es evidente cómo se están vulnerando los Derechos de Romina Tejerina, pues con las medidas adoptadas no se vela ni por su derecho a la Educación, ni por el resguardo de su integridad física ni emocional como tampoco por el respeto por su vida.
Por las razones expuestas es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)