PROYECTO DE TP
Expediente 1183-D-2013
Sumario: MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION: INCORPORACION DEL ARTICULO 15 BIS, SOBRE PROHIBICION DEL USO DE LA PALABRA DURANTE LA SESION PARA QUIENES NO SE ENCUENTREN EN SUS BANCAS CUANDO SE CONFORME EL QUORUM.
Fecha: 20/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
INCORPORACION ARTICULO
15 BIS AL REGLAMENTO HCDN
Artículo 15 bis
Quienes no se encuentren en sus
bancas cuando se conforme el quorum no podrán hacer uso de la palabra durante la
sesión en cuestión, quedaran excluidos de esta situación los presidentes de bloques
que solo tendrán 10 minutos para expresarse por el asunto que motivo el temario
de sesión.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es incomprensible que se utilice los
medios de comunicación para expresarse con relación a determinados proyectos y
luego pretender que no se trabaje en el congreso me parece que la sociedad
reclama un compromiso más formal y que fundamentalmente trabajemos en el
recinto reitero mi concepto podemos estar de acuerdo o no, con determinadas
propuestas, y es importante que abramos el debate dentro de nuestro ámbito natural
de discusión que no es precisamente en los medios de comunicación si no en el
recinto.
Este proyecto lo he presentado en el
periodo legislativo 2012 con expediente número 8753/d/2012.-
Es por ello que con relación al
presente proyecto hago expresa referencia a lo estipulado en el artículo 16 del
reglamento de esta Cámara y que transcribo a continuación.-
Artículo16
Los Diputados están obligados a
asistir a todas las sesiones desde el día en que fueren recibidos.
Por lo expresado solicito a mis pares
el acompañamiento del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | SALTA SOMOS TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |