PROYECTO DE TP
Expediente 1157-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION Y CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES DE ENERGIAS RENOVABLES Y DE FOMENTO DE LA ENERGIA EOLICA Y SOLAR.
Fecha: 25/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por
intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; Secretaría de
Energía y demás organismos competentes en la materia, informen a esta
H. Cámara de Diputados respecto de las siguientes cuestiones vinculadas
a la aplicación y cumplimiento de las leyes de energías renovables N°
26.190 y de fomento de la energía eólica y solar N° 25.019
1- Efectuar un prolijo balance
de los montos que se han recaudado y las respectivas erogaciones del
FONDO FIDUCIARIO DE ENERGÍAS RENOVABLES, creado por el artículo
14 de la Ley 26.190 y reglamentado por el decreto 562/2009, bajo
administración del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA. En
caso que dicho Fondo no se haya constituido debidamente, revelar las
razones, motivos o circunstancias que se esgrimen para fundar el
incumplimiento
2- Precisar las acciones
adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional para el desarrollo del RÉGIMEN
DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE
ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
creado en la citada ley.
3- Establecer con detalle los
avances del Programa Federal para el Desarrollo de las Energías
Renovables y de las restantes políticas públicas dirigidas a fomentar
inversiones de la iniciativa privada en el ámbito de las energías renovables
estatuidas en el artículo 6 de la Ley 26.190.
4- Determinar el estado de
avance y las perspectivas previstas de observancia del objetivo de
abastecimiento del 8% del consumo eléctrico del mercado nacional,
mediante fuentes renovables para el año 2016.
5.- Confirmar si la mayor parte
de los contratos surgidos de la ley 26.190 quedaron sin efecto ni ejecución,
cuando las empresas que ganaron las licitaciones debieron presentar
garantías especiales para obtener financiamiento, o no les tomaron el
contrato como un aval.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
No sin pesar, debemos declarar
que la ley de energías renovables, ha resultado impracticable por falta de
fondos. La norma dice que en 2016 el 8% de la electricidad del país deberá
provenir de esas fuentes, pero sólo se llegó a 2% y escasean los proyectos;
las empresas creen que no se cumplirá- Por falta de financiamiento, los
proyectos de energías renovables son escasos.
Un año antes de que venza el
plazo de la ley de energías renovables, el sector afirma que no hay forma
de cumplirlo. Según esa norma, para 2016, el 8% de la energía eléctrica de
la Argentina debería provenir de fuentes renovables. Según un estudio de
la consultora KPMG, hasta hoy sólo se ha alcanzado el 2 por ciento.
El sondeo entre directivos y
personal de las principales empresas de energías renovables en el país
reporta que únicamente 7% de los participantes considera que es "posible"
cumplir esa ley. Para el 67%, alcanzar esa meta en 2016 es "poco
probable", y 26% estima que el porcentaje alcanzado oscilará entre 4 y
6%.
Entre distintos actores del
sector hay coincidencia: el principal obstáculo para cumplir con los plazos
que fija la ley 26.190 es la falta de financiamiento. Marcelo Álvarez,
presidente de la Cámara Argentina de Energías Renovables, dijo al diario
La Nación que este factor resultó "excluyente" para alcanzar las metas
fijadas en 2006. "La mayor parte de los contratos [surgidos de la ley] se
cayó cuando las empresas que ganaron las licitaciones se enfrentaron a
que, para obtener recursos, les pidieron garantías especiales o no les
tomaron el contrato como un aval".
Para Luis Rotaeche,
coordinador del Área de Energías Renovables del Instituto Argentino de la
Energía General Mosconi y autor del libro Energías renovables en
Argentina, el obstáculo es similar: "Se trata evidentemente de un problema
financiero nacional: el país se peleó con naciones relevantes en el plano
económico y así es muy difícil encontrar financiamiento para estos u otros
proyectos". La sola falta de inversiones, estimó Rotaeche, basta para
limitar las aspiraciones de la ley.
"Desafortunadamente no es el único problema: el marco regulatorio de la
ley es pobre y hay una gran debilidad institucional."
La gran mayoría de los
directivos de empresas del ramo (89%) piensa que es necesario reformar la
ley 26.190. Existe, de hecho, un proyecto de reforma impulsado por el
senador chubutense Marcelo Guinle (FPV). La propuesta, que recibió
media sanción del Senado el 3 diciembre de 2014, fija 2017 como el año en
que se alcance el 8% de participación de energías renovables en la
generación eléctrica nacional y aspira a que sea 20% en 2025.
El proyecto de Guinle
(expediente S-78/14) incluso señala que los "incentivos de remuneración
adicional" de la ley vigente. "No fueron ni son suficientes [...]. Son por
demás bajos en un contexto de precios del mercado spot fuertemente
subsidiados."
Debe señalarse que la
aprobación del Senado del 3 de diciembre incluyó además a los
expedientes S-2818/14 de la senadora neuquina Lucila Crexell; S-
1296/13 del senador salteño Juan Carlos Romero y S-1553/13 de autoría
del senador pampeano Carlos Verna. La media sanción del H. Senado
ingresó a esta H. Cámara el día 5 de diciembre de 2014 S-100-2014, CD-
0148/2014) (03/12/2014) PROYECTO DE LEY EN REVISION
MODIFICANDO LA LEY 26190 SOBRE REGIMEN DE FOMENTO
NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGIA
DESTINADA A LA PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA. (0100-S-2014)
y pasó a estudio a las comisiones de ENERGIA Y COMBUSTIBLES /
PRESUPUESTO Y HACIENDA.
A este respecto, Rotaeche
destacó que la iniciativa de reforma trae el tema de las energías renovables
al debate público. "Es necesario que se discuta, porque de esto no se
habla, y ésta es una de las grandes virtudes de esta propuesta, pero si
queremos un verdadero impulso de las energías renovables debemos tener
en cuenta problemas legales y financieros en todos los niveles."
La cuestión que surge es si de
sancionarse esta reforma la Argentina podrá evitar los errores que ya
afectaron a la ley vigente. "Indudablemente, sin una política de Estado que
ponga en marcha todo lo que dice la ley, puede llegar a pasar lo mismo.
Depende de la voluntad política del Estado llevar todo esto a cabo", dijo
Dolores Duverges, directora de Política Ambiental de la Fundación
Ambiente y Recursos Naturales (FARN).
Omar Díaz, socio a cargo de
Energías Renovables en KPMG, explicó que el financiamiento ha sido "un
problema" en el sector desde hace mucho tiempo. "La promoción de leyes
debe encaminarse a eliminar la incertidumbre", dijo. Para Díaz, la falta de
confianza en los resultados de toda inversión frena los recursos que
impulsarían el desarrollo de energías renovables.
Asimismo, Díaz recordó cómo
la sanción de la ley 26.190, en 2006, "dio un gran impulso inicial, y ahora,
en esta segunda etapa del modelo, debemos establecer normas para que el
desarrollo de las energías renovables en forma sustancial despegue".
La certidumbre resulta crucial
en este rubro porque, según los directivos de las empresas, la principal
fuente de inversiones es el financiamiento bancario (48%), al que le siguen
las reservas de efectivo (18%).
La energía eólica es la que
tendrá, de acuerdo con 41% de los empresarios, el mayor desarrollo a largo
plazo en el país. Le siguen la hidráulica y los biocombustibles, con 18%; la
solar, con 12%; la de biomasa, 9%, y geotérmicos, 3 por ciento.
De todos los encuestados, 15%
opinó que la aplicación de energías renovables no generaría un ahorro
económico para el país. Al respecto, Omar Díaz comentó que esa
percepción se debe, probablemente, a que hay quienes piensan que aún
falta mucho camino por recorrer antes de que estas fuentes de energía
representen un verdadero ahorro.
¿Cuánto beneficiaría a la
Argentina utilizar energías renovables? Rotaeche lo ilustra así: "Si toda la
generación eléctrica del país proviniera de la energía eólica, sólo
estaríamos utilizando 1 por ciento del potencial de energías renovables que
tenemos. Estamos sentados en una mina de oro y no hacemos
absolutamente nada" (Fuente: Carlos Sánchez Rangel, La Nación).
A efectos de conocer la efectiva
aplicación de la ley 26190 es que incoamos el presente pedido de informes,
respecto del cual solicito la aprobación de mis pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |