Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 1127-D-2012
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744 TEXTO ORDENADO 1976): MODIFICACION DEL ARTICULO 60 (FIRMA EN BLANCO), INVALIDEZ, MODOS DE OPOSICION.
Fecha: 19/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Modificase el artículo 60 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 60.- Firma en blanco. Invalidez. Modos de oposición.
La firma no puede ser otorgada en blanco por el trabajador, y éste podrá oponerse al contenido del acto, demostrando que las declaraciones insertas en el documento no son reales. Esta demostración podrá ser hecha por cualquier medio de prueba.
Los jueces podrán apartarse del contenido del documento cuya firma ha sido judicialmente reconocida, si se dieran otros elementos de convicción que conduzcan a demostrar lo contrario."
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto busca afrontar con mayor énfasis la cuestión relativa a los documentos otorgados con firma en blanco por el trabajador, situación habitual en los hechos, a partir de la cual, se pretende hacer valer dichas documentaciones con el sólo fin de despojar a los trabajadores de sus legítimos derechos, tal como si se tratare de una renuncia de los derechos obreros.
Teniendo en cuenta que los principios protectorios y de irrenunciabilidad de derechos constituyen la estructura fundamental del derecho del trabajo, las normas deben impedir todas las formas adoptadas a través de las cuales se pretenda violar los mismos, como la firma en blanco otorgada por el trabajador.
Por ello es que el proyecto se encarga de ir más allá que la actual redacción de la Ley de Contrato de Trabajo, protegiendo así a la parte más débil de la relación laboral, quien muchas veces está desprovista de conocimientos y asesoramiento debido cuando se le impone unilateralmente la renuncia de sus derechos.
En concreto, el proyecto establece, tal como lo hacía su redacción originaria, que la demostración del trabajador en relación a que las declaraciones del documento no son reales, puede efectuarse por cualquier medio de prueba.
Como consecuencia de ello, se incorpora el último artículo que otorga a los magistrados una directriz, estableciendo la posibilidad de que los mismos puedan apartarse del contenido de los documentos, cuando se hayan dado otros medios de convicción que condujeren a demostrar lo contrario.
Así, se trata de lograr que el recibo o documento se corresponda en forma exacta a lo declarado por el trabajador.
El presente proyecto de ley reproduce el texto del Dictamen con modificaciones aprobado por la Comisión de Legislación del Trabajo durante el período 2010 (OD 1244), de los Exptes 1118-D-10 de autoría del Sr. Diputado Oliva y 2018-d-10 de mi autoría. En virtud de lo dispuesto por la ley 13.640 y el Reglamento de la HCD, el citado dictamen caducó razón por la cual se representa el mismo para su consideración.
Por los motivos expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de ley
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PAIS, JUAN MARIO CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROBLEDO, ROBERTO RICARDO LA PAMPA PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA
NEBREDA, CARMEN ROSA CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LEVERBERG, STELLA MARIS MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HERRERA, GRISELDA NOEMI LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MOYANO, JUAN FACUNDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SALIM, JUAN ARTURO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/09/2012 DICTAMEN Aprobado sin modificaciones con disidencias
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1042/2012 CON 1 DISIDENCIA PARCIAL 27/09/2012