PROYECTO DE TP
Expediente 1118-D-2012
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744 TEXTO ORDENADO 1976): MODIFICACION DEL ARTICULO 197 SOBRE DISTRIBUCION DEL TIEMPO DE TRABAJO; LIMITACIONES.
Fecha: 19/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º:
Modificase el artículo 197 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado
por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que quedará
redactado de la siguiente forma:
"Art. 197: Concepto -
Distribución del tiempo de trabajo - Limitaciones.
Se entiende como jornada
de trabajo todo el tiempo durante el cual el trabajador esté a
disposición del empleador, cumpla o no tareas, en tanto no pueda
disponer de su actividad en beneficio propio.
Sin perjuicio de lo
dispuesto en el art. 199, la distribución de las horas de trabajo será
hecha por el principal, atendiendo a las modalidades de la explotación,
pero ello deberá hacerse siempre de modo que garantice la salud
física, intelectual y moral del trabajador y el empleador deberá hacer
conocer los diagramas mediante anuncios colocados en lugares visibles
del establecimiento para conocimiento público de los
trabajadores.
En la diagramación de los
horarios deberán observarse las pausas o interrupciones que en cada
caso se prevean, y si se adoptase el sistema de ciclos u otras formas
similares, estarán sujetos a las limitaciones diarias que en forma
predeterminada fijen las normas aplicables.
Entre el cese de una
jornada y el comienzo de la siguiente debe mediar una pausa no
inferior a (12) doce horas.
Queda prohibido referir la
duración de trabajo exclusivamente al cumplimiento de la tarea
asignada al trabajador o del acto o conjunto de actos a ejecutar."
Artículo 2º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La modificación que se pretende
introducir al art. 197 de la LCT, tiende a volver al texto originario del mismo.
El referido artículo nos brinda el concepto de jornada de trabajo, refiriéndola
al tiempo que el trabajador está a disposición del empleador, cumpla o no
tareas, en tanto no puede disponer de su actividad en beneficio propio. Se
prohíbe referir la duración del trabajo exclusivamente al cumplimiento de la
tarea asignada o del acto o conjunto de actos a ejecutar; de allí que en el
mismo artículo tercer párrafo, se exige que en la diagramación de horarios se
observen las pausas o interrupciones que en cada caso se prevean y si se
hubiese adoptado el sistema de ciclos la duración del trabajo estará siempre
sujeta a las limitaciones diarias que en forma predeterminada se fijen en las
normas aplicables.
Esta disposición se
complementa con la exigencia de una pausa mínima de doce horas entre
jornada y jornada. Se ha previsto así, un condicionamiento inexcusable a la
extensión de la jornada autorizada por el art. 3º, inc. b) de la Ley 11544, que
se ha prestado a abusos en algunas actividades que han adoptado el sistema de
ciclos, o referencia de la extensión de la duración del trabajo a la tarea
asignada al trabajador.
El presente proyecto de ley
reproduce el texto del Dictamen con modificaciones aprobado por la Comisión
de Legislación del Trabajo durante el período 2011 (OD 2444), del Expte
1977-D-10 de mi autoría. En virtud de lo dispuesto por la ley 13.640 y el
Reglamento de la HCD, el citado dictamen caducó razón por la cual se
representa el mismo para su consideración.
Por lo expuesto solicito a los
señores diputados me acompañen con la aprobación de la presente
iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PAIS, JUAN MARIO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROBLEDO, ROBERTO RICARDO | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
NEBREDA, CARMEN ROSA | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HERRERA, GRISELDA NOEMI | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SALIM, JUAN ARTURO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
30/05/2012 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0460/2012 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MINORIA: LA COMISION ACONSEJA RECHAZAR EL PROYECTO | 14/06/2012 |