PROYECTO DE TP
Expediente 1110-D-2015
Sumario: CODIGO ALIMENTARIO NACIONAL - LEY 18284 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 982 Y 985, SOBRE AGUA POTABLE Y AGUA GASIFICADA, RESPECTIVAMENTE.
Fecha: 20/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º.-
Sustitúyase el artículo 982 de la Ley Nº 18.284 -Código Alimentario Argentino-
por el siguiente:
Artículo 982 - (Resolución
Conjunta SPRyRS y SAGPyA N° 68/2007 y N° 196/2007) "Con las
denominaciones de Agua potable de suministro público y Agua potable de uso
domiciliario, se entiende la que es apta para la alimentación y uso doméstico:
no deberá contener substancias o cuerpos extraños de origen biológico,
orgánico, inorgánico o radiactivo en tenores tales que la hagan peligrosa para la
salud. Deberá presentar sabor agradable y ser prácticamente incolora, inodora,
límpida y transparente. El agua potable de uso domiciliario es el agua
proveniente de un suministro público, de un pozo o de otra fuente, ubicada en
los reservorios o depósitos domiciliarios. Ambas deberán cumplir con las
características físicas, químicas y microbiológicas siguientes:
Características físicas:
Turbiedad: máx. 3 N T U:
Color: máx. 5 escala Pt-Co;
Olor: sin olores extraños.
Características químicas:
pH: 6,5 - 8,5;
pH sat.: pH ± 0,2.
Substancias inorgánicas:
Amoníaco (NH4+) máx.: 0,20
mg/l;
Antimonio máx.: 0,02 mg/l;
Aluminio residual (Al) máx.: 0,20
mg/l;
Arsénico (As) máx.: 0,01
mg/l;
Boro (B) máx.: 0,5 mg/l;
Bromato máx.: 0,01 mg/l;
Cadmio (Cd) máx.: 0,005
mg/l;
Cianuro (CN-) máx.: 0,10
mg/l;
Cinc (Zn) máx.: 5,0 mg/l;
Cloruro (Cl-) máx.: 350 mg/l;
Cobre (Cu) máx.: 1,00 mg/l;
Cromo (Cr) máx.: 0,05 mg/l;
Dureza total (CaCO3) máx.: 400
mg/l;
Fluoruro (F-): para los fluoruros la
cantidad máxima se da en función de la temperatura promedio de la zona,
teniendo en cuenta el consumo diario del agua de bebida:
- Temperatura media y máxima del
año (°C) 10,0 - 12,0, contenido límite recomendado de Flúor (mg/l), límite
inferior: 0,9: límite superior: 1, 7:
- Temperatura media y máxima del
año (°C) 12,1 - 14,6, contenido límite recomendado de Flúor (mg/l), límite
inferior: 0,8: límite superior: 1,5:
- Temperatura media y máxima del
año (°C) 14,7 - 17,6. contenido límite recomendado de Flúor (mg/l), límite
inferior: 0,8: límite superior: 1,3:
- Temperatura media y máxima del
año (°C) 17,7 - 21,4, contenido límite recomendado de Flúor (mg/l), Límite
inferior: 0,7: límite superior: 1,2:
- Temperatura media y máxima del
año (°C) 21,5 - 26,2, contenido límite recomendado de Flúor (mg/l), límite
inferior: 0,7: límite superior: 1,0:
- Temperatura media y máxima del
año (°C) 26,3 - 32,6, contenido límite recomendado de Flúor (mg/l), límite
inferior: 0,6; límite superior: 0,8:
Hierro total (Fe) máx.: 0,30
mg/l;
Manganeso (Mn) máx.: 0,10
mg/l;
Mercurio (Hg) máx.: 0,001
mg/l;
Niquel (Ni) máx.: 0,02 mg/l;
Nitrato (NO3-,) máx.: 45
mg/l;
Nitrito (NO2-) máx.: 0,10
mg/l;
Plata (Ag) máx.: 0,05 mg/l;
Plomo (Pb) máx.: 0,05 mg/l;
Selenio (Se) máx.: 0,01 mg/l;
Sólidos disueltos totales, máx.:
1500 mg/l;
Sulfatos (SO4=) máx.: 400
mg/l;
Cloro activo residual (Cl) mín.: 0,2
mg/l.
La autoridad sanitaria competente
deberá asegurar mediante los instrumentos económicos y tecnológicos que
fueren necesarios el cumplimiento de los valores indicados previamente en
aquellas zonas donde la composición normal del agua supere los estándares de
calidad mínimos regulados.
Para aquellas regiones del país con
suelos con alto contenido de arsénico, el Estado debe asegurar la adecuación al
valor de 0,01 mg/l y además, se deberán implementar estudios específicos a fin
de poder determinar las distintas especies químicas en que se encuentra el
arsénico (arsinas, arsenitos, y arseniatos), y evaluar los efectos toxicológicos
derivados. Además, en estas regiones, donde los suelos presenten un alto
contenido de arsénico, se establece un plazo de hasta 5 años para adecuarse al
valor de 0,01 mg/l.
Características
Microbiológicas:
Bacterias coliformes: NMP a 37 °C-
48 hs. (Caldo Mc Conkey o Lauril Sulfato), en 100 ml: igual o menor de 3.
Escherichia coli: ausencia en 100
ml.
Pseudomonas aeruginosa:
ausencia en 100 ml.
En la evaluación de la potabilidad
del agua ubicada en reservorios de almacenamiento domiciliario deberá
incluirse entre los parámetros microbiológicos a controlar el recuento de
bacterias mesófilas en agar (APC - 24 hs. a 37 °C): en el caso de que el
recuento supere las 500 UFC/ml y se cumplan el resto de los parámetros
indicados, sólo se deberá exigir la higienización del reservorio y un nuevo
recuento. En las aguas ubicadas en los reservorios domiciliarios no es
obligatoria la presencia de cloro activo.
Contaminantes orgánicos:
THM, máx.: 100 ug/l;
Aldrin + Dieldrin, máx.: 0,03
ug/l;
Clordano, máx.: 0,30 ug/l;
DDT (Total + Isómeros), máx.:
1,00 ug/l;
Detergentes, máx.: 0,50
mg/l;
Heptacloro + Heptacloroepóxido,
máx.: 0,10 ug/l;
Lindano, máx.: 3,00 ug/l;
Metoxicloro, máx.: 30,0 ug/l:
2,4 D, máx.: 100 ug/l;
Benceno, máx.: 10 ug/l;
Hexacloro benceno, máx: 0,01
ug/l;
Monocloro benceno, máx.: 3,0
ug/l;
1,2 Dicloro benceno, máx.: 0,5
ug/l;
1,4 Dicloro benceno, máx.: 0,4
ug/l;
Pentaclorofenol, máx.: 10
ug/l;
2, 4, 6 Triclorofenol, máx.: 10
ug/l;
Tetracloruro de carbono, máx.:
3,00 ug/l;
1,1 Dicloroeteno, máx.: 0,30
ug/l;
Tricloro etileno, máx.: 30,0
ug/l;
1,2 Dicloro etano, máx.: 10
ug/l;
Cloruro de vinilo, máx.: 2,00
ug/l;
Benzopireno, máx.: 0,01
ug/l;
Tetra cloro eteno, máx.: 10
ug/l;
Metil Paratión, máx.: 7 ug/l;
Paratión, máx.: 35 ug/l;
Malatión, máx.: 35 ug/l.
Los tratamientos de potabilización
que sea necesario realizar deberán ser puestos en conocimiento de la autoridad
sanitaria competente".
ARTÍCULO 2º.-
Sustitúyase el artículo 985 de la Ley Nº 18.284 -Código Alimentario Argentino-
por el siguiente:
1) "Definición: Se entiende por
Agua mineral natural un agua apta para la bebida, de origen subterráneo,
procedente de un yacimiento o estrato acuífero no sujeto a influencia de aguas
superficiales y proveniente de una fuente explotada mediante una o varias
captaciones en los puntos de surgencias naturales o producidas por
perforación.
2) Características: El agua mineral
natural debe diferenciarse claramente del agua potabilizada o agua común para
beber en razón de:
a) su naturaleza
caracterizada por su tenor en minerales y sus respectivas proporciones
relativas, oligo-elementos y/u otros constituyentes;
b) su pureza microbiológica
original;
c) la constancia de su
composición y temperatura en la captación las que deberán permanecer
estables en el marco de las fluctuaciones naturales, en particular ante
eventuales variaciones de caudal, aceptándose una variación de sus
componentes mayoritarios de hasta el 20% respecto de los valores registrados
en su aprobación, en tanto no superen los valores máximos admitidos.
3) Operaciones facultativas. Se
admiten las siguientes operaciones:
a) la decantación y/o
filtración al solo efecto de eliminar sustancias naturales inestables que se
encuentren en suspensión, tales como arena, limo, arcilla u otras;
b) la separación de
elementos inestables, tales como los compuestos de hierro y/o de azufre,
mediante filtración o decantación eventualmente precedida de aereación u
oxigenación, siempre que dicho tratamiento no tenga por efecto modificar la
composición del agua en los constituyentes esenciales que le confieren sus
propiedades particulares;
c) la eliminación total o
parcial del gas carbónico libre, mediante procedimientos físicos
exclusivamente;
d) la incorporación de gas
carbónico procedente o no de la fuente;
e) el tratamiento con
radiación ultravioleta u ozonización en tanto no altere sustancialmente la
composición química del agua y/o el pasaje a través de filtros de retención
microbiana.
4) Operaciones prohibidas: una
agua mineral natural no puede ser objeto de tratamiento o agregado alguno
que no sean los indicados en el inciso 3) del presente artículo.
5) Composición y factores de
calidad:
a) Caracteres sensoriales:
Color: hasta 5 u (unidades de la
escala Pt-Co),
Olor: característico, sin olores
extraños
Sabor: característico, sin sabores
extraños
Turbidez: hasta tres UT
(unidades Jackson o nefelométricas);
b) Caracteres químicos y físico-
químicos:
Arsénico: máximo 0,2 mg/l
Bario: máximo 1,0 mg/l
Boro (como H3BO3): máximo 30
mg/l
Bromo: máximo 6,0 mg/l
Cadmio: máximo 0,01 mg/l
Carbonatos (como CaCO3):
máximo 600 mg/l
Cloruro (como ión): máximo 900
mg/l
Cobre: máximo 1,0 mg/l
Flúor: máximo 2,0 mg/l
Hierro: máximo 5,0 mg/l
Iodo: máximo 8,5 mg/l
Manganeso: máximo 2,0
mg/l
Materia orgánica (oxígeno
consumido por KMnO4, medio ácido): máximo 3,0 mg/l
Nitratos (como ión nitrato):
máximo 45,0 mg/l
pH: entre 4 y 9
Residuo seco soluble (180°C): no
menor de 50 ni mayor de 2000 mg/l
Selenio máximo 0,01 mg/l
Sulfato (como ión): máximo 600
mg/l
Sulfuro (como ión): máximo 0,05
mg/l
Zinc: máximo 5,0 mg/l
c) Contaminantes:
Agentes tensioactivos:
ausencia
Cianuro (como ión): máximo 0,01
mg/l
Cloro residual: ausencia
Compuestos fenólicos:
ausencia
Cromo (VI): máximo 0,05
mg/l
Hidrocarburos, aceites, grasas:
ausencia
Mercurio: máximo 0,001
mg/l
Nitrito (como ión): máximo 0,1
mg/l
Nitrógeno amoniacal (como ión
amonio): máximo 0,2 mg/l
Plomo: máximo 0,05 mg/l
Productos indicadores de
contaminación: ausencia
Residuos de pesticidas:
ausencia
d) Calidad microbiológica: en la
captación y durante su comercialización el agua mineral natural deberá estar
exenta de:
i) Parásitos en 250 cc
ii) Escherichia coli, en 250
cc
iii) Estreptococos fecales, en 250
cc
iv) Anaerobios esporulados sulfito
reductores, en 50 cc
v) Pseudomonas aeruginosa, en
250 cc.
6) Rotulación específica: Cuando la
concentración de arsénico en el agua mineral natural supere el valor
recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) de 0,01 mg/l y
cumpla con el valor determinado en el inciso 5.b) del presente articulo, se
deberá proceder a rotular dicha situación. Se deberá indicar claramente cual es
la concentración de arsénico en el agua mineral y cual es el valor recomendado
por la OMS.
ARTÍCULO 3º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Si consideramos la provisión de
agua para la población, observaremos que la porción de recursos hídricos que
puede ser usada para satisfacer el consumo humano, es cada vez más escasa,
cuantitativamente y cualitativamente. Es así como en términos tanto de gestión
de los recursos de agua disponibles como de provisión del acceso al agua
potable y saneamiento para la población mundial, el agua constituye un desafío
mundial para el siglo XXI.
El agua es un bien social: La
disponibilidad domiciliaria de agua es un derecho inalienable de los ciudadanos
y cumplen una función de protección de la salud.
El agua es un bien ambiental: La
preservación del agua como recurso natural e integrado al Medio Ambiente es
hoy el principio rector para el manejo del agua en todos sus usos.
El agua es un bien económico: Los
costos de instalación, operación y mantenimiento obligan a adoptar un criterio
empresarial en la comercialización del agua.
Al analizar los objetivos del mileno,
podemos destacar que el Objetivo 7: Garantizar el sustento del medio
ambiente en su tercer sub-objetivo se refiere al "Reducir a la mitad, para
2015, la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable y a
servicios básicos de saneamiento". Es interesante resaltar esta situación, ya que
para poder alcanzar dicha meta, se debe trabajar no solo por la cantidad -
fuentes de aprovisionamiento- sino fundamentalmente sobre la calidad del
recurso que se ofrece a la población, que impacta directamente en la calidad de
vida de las personas.
El manejo de la gestión del agua
tiene asimismo una dimensión política insoslayable. Las soluciones integrales
para cubrir la cobertura y la calidad de los servicios deben considerar el
acompañamiento de la comunidad mediante la participación comunitaria. En
este sentido, uno de los problemas más graves que enfrenta la utilización de
agua subterránea es el contenido de elementos perjudiciales para la salud de
quienes la consumen, como es el caso del arsénico.
Entre las problemáticas más
importantes asociadas a la presencia de arsénico en el agua para consumo
humano se encuentra el problema del Hidroarsenicismo Crónico Regional
Endémico (HACRE). "Se define como Hidroarsenicismo Crónico Regional
Endémico (HACRE) a la enfermedad producida por el consumo de arsénico a
través del agua y los alimentos. Esta enfermedad se caracteriza por presentar
lesiones en la piel y alteraciones sistémicas cancerosas y no cancerosas, luego
de un período variable de exposición a concentraciones mayores de 10 ppb
(0,01 mg/L) en agua de consumo diario. Estudios recientes han demostrado
que la población infantil expuesta durante el período prenatal y posnatal puede
tener menor desempeño neurológico que los niños no expuestos." Fuente:
"Epidemiología del hidroarsenicismo crónico regional endémico en la República
Argentina", estudio colaborativo multicentro. Ministerio de Salud de la Nación,
Asociación Toxicológica Argentina, Secretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable. 2006.
La salud pública tiene como
propósito prevenir enfermedades, prolongar la vida y fomentar la salud. Así
surge una pregunta: ¿es la exposición al arsénico un problema de salud
pública?. Si se considera un problema de salud pública como un evento de alta
frecuencia y peligrosidad, la exposición al arsénico efectivamente es un
problema de salud pública.
Son numerosas las poblaciones
afectadas en todo el mundo y el arsénico es considerado por varios organismos
científicos, entre ellos la International Agency for Research on Cancer (IARC),
como un agente carcinogénico para humanos con base en estudios
epidemiológicos que relacionan la ingestión de arsénico en el agua de bebida y
cáncer en la piel y estudios ocupacionales que relacionan la exposición al
arsénico y cáncer al pulmón (IARC, 2002).
En Argentina se observaron
efectos crónicos, como hiperpigmentación y queratosis así como cáncer de piel,
en zonas donde se emplean aguas de bebida con alto contenido de arsénico. La
dosis de referencia dada por IRIS (Integrated Risk Information System) es
3.10-4 mg/ kg/día. En Máximo Paz, Provincia de Santa Fe, la dosis de
exposición excede tres veces la de referencia.
Es importante, determinar el
contenido de arsénico en el agua para consumo humano. Es tan o más
importante, determinar el tipo de arsénico inorganico presente en dichas aguas
-arsenitos o arseniatos- a fin de poder determinar de manera ajustada y
certera cual es el riesgo de toxicidad al que se enfrenta la población que
consume dicha agua y cuales son las zonas de la Argentina que se encuentran
más vulnerables, y que merecen una intervención urgente por parte del estado,
traducida en obras de infraestructura para la modernización de las plantas de
tratamientos.
Referencias
legales
A modo comparativo, podemos
observar cuales son los valores de referencia, en cuanto al contenido de
arsénico en agua potable para consumo humano, determinado por los países
iberoamericanos. Tal situación se evidencia en la siguiente tabla:
http://www.cepis.ops-
oms.org/bvsacg/e/cd-cagua/normasp.html
Los problemas sanitarios
generados por la presencia de Arsénico en el agua para consumo humano a
llevado a que organismos como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la
Unión Europea (Directiva 98/83) o la Agencia de Protección Ambiental
estadounidense (USEPA) establezcan una reducción del límite del contenido de
arsénico en agua de consumo de 50 a 10 μg/l (p.e. WHO, 1993).
Podemos observar, que luego de la
modificación introducida en el año 2007 al artículo Nº 982 del C.A.A., el valor
de Arsénico en el agua potable se encuentra en los tenores aceptados por la
mayoría de los países iberoamericanos y recomendados por la Organización
Mundial de la Salud.
Situación en
Argentina
La región afectada por la presencia
de arsénico en los suelos subsuperficiales y aguas subterráneas es una de las
más extensas del mundo y comprende parte de las provincias de Córdoba, La
Pampa, Santiago del Estero, San Luis, Santa Fe, Buenos Aires, Chaco, Formosa,
Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, San Juan y Mendoza.
El origen de la contaminación
natural con arsénico en las aguas subterráneas se debe a la actividad volcánica
de la cordillera de Los Andes.
Los acuíferos arseníferos están
formados por una secuencia sedimentaria con predominio de loess de edad
cuaternaria. Parte del arsénico en las aguas puede derivar de la disolución de
vidrio volcánico. El arsénico en el agua puede encontrarse en la forma química
de oxoanión en sus dos estados de oxidación As(III) y As(V), arsenito y
arseniato respectivamente.
La movilidad del arsénico entre el
sedimento y el agua se debe a factores que están controlados por el pH, y las
condiciones de reducción - oxidación
Los procesos geoquímicos que
intervienen en la movilización del arsénico son de adsorción-desorción. El
arsénico inorgánico puede ser adsorbido por óxidos de hierro, manganeso y
aluminio. El aumento de la concentración de arsénico en agua dependerá del
régimen hidrogeológico y paleohidrogeológico del acuífero. Es decir que el
problema tiene una dimensión temporal. Un factor crítico es el tiempo de
residencia del agua en el acuífero. Una consecuencia de esto, es que en
acuíferos profundos y antiguos la concentración de arsénico es baja.
El aumento en el caudal de agua
extraído (es decir una mayor explotación) de un pozo realizado en un acuífero
arsenífero, producirá en el tiempo agua con mayor contenido de arsénico. Por
este motivo, suelen realizarse nuevas perforaciones. Pero estas son soluciones
de corto o mediano plazo, ya que el acuífero es el mismo, y por lo tanto a largo
plazo puede incrementarse la concentración de arsénico en toda la zona
abastecida por él.
En cada una de las provincias
afectadas pueden encontrarse diferentes situaciones. Hay localidades que
tienen provisión de agua a través de una red de distribución, pero si estas no
cuentan con una planta de remoción de arsénico, el agua distribuida
probablemente contenga niveles de arsénico superiores a 0,010 mg/L (10
ppb).
También existen poblaciones
aisladas o rurales en las cuales el abastecimiento de agua se hace con pozos
particulares cuya agua contiene arsénico. Algunas de estas poblaciones no
cuentan con energía eléctrica. En este último caso los tratamientos a aplicar
deben contemplar también esa situación, que limita las posibilidades de uso de
ciertas tecnologías para la remoción del arsénico.
Del estudio realizado en el año
2001 sobre la epidemiolgía del HACRE (Hidroarsenisismo Crónico Regional
Endémico), se presenta el siguiente gráfico donde se aprecia la magnitud de la
problemática en la Argentina.
Fuente: Inti Química -7 Mayo de
2009
No todas las aguas de pozo
provenientes de suelos con altos niveles de As, lo contienen. La presencia del
mismo en el agua depende de: la forma química del As en el suelo, de la
alcalinidad, y la dureza del agua. En general, a mayor alcalinidad y menor
dureza, es mayor el contenido de arsénico en agua.
No es frecuente encontrar arsénico
en aguas superficiales, sin embargo en San Antonio de los Cobres (Salta), hay
ríos de deshielo, como el Río San Antonio, con contenido de arsénico de
aproximadamente 1 mg/L. En aguas de la primera napa el contenido de
arsénico es variable, por la influencia de las lluvias y las sequías y también por
la explotación de los pozos.
En napas más profundas el
contenido de arsénico suele ser bajo y constante, pero el agua puede ser
salobre.
Fuentes antropogénicas
de arsénico
Si bien la problemática del agua
con arsénico en la República Argentina, se debe fundamentalmente a la
presencia natural del arsénico, no es conveniente ignorar el aporte al
incremento de su concentración que la actividad del hombre puede
ocasionar.
Las fuentes antropogénicas se
deben al uso de compuestos de arsénico, como por ejemplo: óxido arsenioso,
óxido arsénico, arseniatos de calcio y plomo, arsenicales orgánicos, arsénico
elemental. Sus usos son:
• Insecticidas o herbicidas para
cultivos (vid, tomate, algodón, café, etc).
• Antiparasitario de animales
(ovejas, cabras etc).
• Tratamiento de maderas
(preservante por su acción fungicida).
• Subproducto de fundición de
metales: cobre, estaño, cobalto y plomo.
• En la combustión del
carbón
• En la industria de
semiconductores.
• Terapéutica humana y
veterinaria. En medicina humana ya no es tan usado, pero aún se usa en
veterinaria. Se emplean desde soluciones de arsenito de potasio (Solución de
Fowler) hasta arsenicales orgánicos. En muchos países el uso en humanos de la
solución de Fowler está prohibido, pero aún se prescriben soluciones
conteniendo arsenicales orgánicos, principalmente como antiparasitarios.
Fuentes Naturales de
Arsénico
El Arsénico (As) se encuentra, en
la naturaleza, en las aguas geotermales y en las rocas sedimentarias y
volcánicas. Se presenta con frecuencia como sulfuro de arsénico y arsenopirita
en las impurezas de los depósitos mineros, o como arsenato y arsenito en las
aguas superficiales y subterráneas.
Es un elemento ampliamente
usado en el comercio y la industria para la producción de láser, vidrio,
pigmentos, tela, papel, medicamentos, plaguicidas, conservantes de alimentos y
madera, entre otros. Su presencia en el agua se debe a la descarga de
efluentes industriales, la disolución de los minerales provenientes de depósitos
geológicos y a la sedimentación atmosférica.
El As+5 es la especie más común
de encontrar en las aguas superficiales con alto nivel de Oxígeno. Bajo
condiciones de reducción predomina el As+3, y en menor medida el As+5. Los
seres vivos son capaces de convertir los compuestos del Arsénico en formas
orgánicas.
Arsénico en las Aguas
Superficiales y Subterráneas
El arsénico está presente en el
agua por la disolución natural de minerales de depósitos geológicos, la
descarga de los efluentes industriales y la sedimentación atmosférica.
En aguas superficiales con alto
contenido de oxígeno, la especie más común es el arsénico con estado de
oxidación +5 (As+5). Bajo condiciones de reducción generalmente en los
sedimentos de los lagos o aguas subterráneas, predomina el arsénico con
estado de oxidación +3 (As+3), pero también puede existir el As+5. Sin
embargo, la conversión de As+3 a As+5 o viceversa es bastante lenta. Los
compuestos reducidos de As+3 pueden ser encontrados en medios oxidados y
los compuestos oxidados de As+5 en medios reducidos.
En general, la forma pentavalente
del arsénico As(V) tiende a predominar frente a la forma trivalente As(III) en
las aguas superficiales, más oxigenadas que las aguas subterráneas. Sin
embargo, en estas últimas no siempre predomina la forma trivalente,
pudiéndose encontrar ambos estados de oxidación. Las concentraciones y
proporciones relativas de As(III) y As(V) dependen de la entrada de arsénico en
el sistema, las condiciones redox y la actividad biológica. Por ejemplo, la
presencia de arsenito puede ser mantenida en condiciones óxicas por reducción
biológica de arsenato (Smedley y Kinniburgh, 2002). Por otra parte, la cinética
de las reacciones redox es muy lenta por lo que las relaciones As(V)/As(III)
observadas en muchas ocasiones no corresponden exactamente con las
condiciones redox del medio, reflejando desequilibrio temodinámico (Kuhn y
Sigg, 1993).
Arsénico en las aguas
continentales subterráneas
En general, los valores de fondo
de concentración de arsénico en aguas subterráneas son, para la mayoría de
los casos, inferiores a 10 μg l-1 (1) . Sin embargo, los valores citados en la
literatura para aguas en condiciones naturales definen un rango muy amplio
entre 0,5 y 5.000 μg l-1 (2) . Las concentraciones altas no se restringen a
determinadas condiciones o ámbitos, apareciendo en acuíferos en condiciones
oxidantes y de pH alto, acuíferos en condiciones reductoras, acuíferos con
circulación geotermal, acuíferos afectados por procesos ligados a la actividad
minera o relacionados con depósitos minerales, y acuíferos ligados a otros
procesos antropogénicos (actividad industrial, asentamientos urbanos, actividad
agropecuaria, etc.). Sin embargo, la mayor parte de los acuíferos con
contenidos altos de arsénico tienen un origen ligado a procesos geoquímicos
naturales. A diferencia de la contaminación antropogénica, la cual genera una
afección de carácter más local, la ocurrencia de concentraciones altas de
arsénico de origen natural afecta a grandes áreas. Los numerosos casos de
"contaminación" natural de aguas subterráneas por arsénico que existen en el
mundo están relacionados con ambientes geológicos muy diferentes:
metasedimentos con filones mineralizados, formaciones volcánicas, formaciones
volcano-sedimentarias, distritos mineros, sistemas hidrotermales actuales,
cuencas aluviales terciarias y cuaternarias, etc. (3)
Se han identificado un gran
número de áreas con aguas subterráneas que presentan contenidos de arsénico
superiores a 50 μg l-1 (fig. 5) en distintos lugares del planeta. Los problemas
más importantes citados en la literatura se sitúan en Argentina, Bangladesh,
Nepal, Chile, China, Hungría, India (Bengala Oeste), Méjico, Rumania, Taiwan,
Vietnam y EE.UU., siendo en este último país y en Bangladesh donde han sido
objeto de estudios más profundos. Además se encuentran otras áreas,
directamente relacionadas con procesos hidrotermales en Argentina, Chile,
Japón, Nueva Zelanda, EE.UU., Islandia, Francia y Republica Dominicana. Áreas
con problemas de arsénico en relación a depósitos minerales y minería han sido
reconocidas en numerosas partes del mundo, siendo los casos más
sobresalientes los de Ghana, Grecia, Tailandia, Chile y EE.UU.
Uno de las peculiaridades más
notables del problema del arsénico de origen natural en las aguas subterráneas,
es que no siempre hay una relación directa entre el alto contenido en arsénico
en el agua y un alto contenido en arsénico en los materiales que constituyen el
acuífero. De hecho, como a continuación se expondrá, no existe un modelo
geológico/hidrogeológico común para todas las ocurrencias identificadas,
encontrándose aguas con arsénico en situaciones muy variadas, tanto en
condiciones reductoras como en condiciones oxidantes, o en acuíferos
sobreexplotados, tanto en zonas áridas como en zonas húmedas, o tanto en
acuíferos superficiales libres como en acuíferos profundos confinados. Esta
variedad de situaciones viene definida por la peculiaridad de las circunstancias y
procesos que concurren en cada uno de los casos, o en otras palabras, la
presencia de arsénico en cada caso es la consecuencia de un ambiente
geoquímico y unas condiciones hidrogeológicas específicos para ese caso.
Distribución mundial de acuíferos con altos
contenidos en arsénico. (Modificado de BGS y DPHE, 2001; Smedley y Kinniburgh, 2002).
Toxicidad
Las principales rutas de exposición
de las personas al arsénico son la ingesta e inhalación. El arsénico es
acumulable en el organismo por exposición crítica.
La toxicidad del arsénico depende
de:
1) El estado de oxidación.
2) La estructura química del
compuesto a estudiar.
3) La solubilidad en el medio
biológico.
La escala de toxicidad del Arsénico
es la siguiente:
arsina > As+3
inorgánico > As+3 orgánico > As+5inorgánico > As+5 orgánico >
compuestos arsenicales y arsénico elemental
El orden de toxicidad
del As+3 es 10 veces mayor que la del As+5.
Efectos del arsénico en
la salud
Las vías más ligadas con los
modos de exposición son:
• Por ingestión
• Por inhalación
• Dérmica
La absorción del arsénico es
altamente dependiente de su forma química y física:
• Arsenicales orgánicos, por
ejemplo: Lewisita, fenilarsenóxidos; son liposolubles y penetran rápidamente
atravesando las membranas celulares. Se absorben fácilmente por piel.
• Arsenicales inorgánicos, se
absorben poco por vía dérmica. Sus principales vías de absorción son por
inhalación y por ingestión.
• La absorción de As por inhalación
y digestión excede el 50%.
• En humanos y animales se vio
que el 80% de la dosis de As(III) se absorbe por el tracto gastrointestinal.
• En animales se observaron
valores similares para la absorción de As(V), no hay datos en humanos.
• La absorción en el intestino de
los compuestos orgánicos de arsénico (como los que se han encontrado en los
mariscos) es del 99%, tanto en modelos humanos como animales.
Efectos tóxicos
agudos
Los efectos más destacados de la
intoxicación aguda por arsenicales inorgánicos son:
• Daño severo gastrointestinal con
dolores, vómitos y diarrea.
• Vasodilatación, caída de la
presión sanguínea, shock.
• Daño renal glomerular y tubular
con reducción de volumen urinario y anuria final.
• Depresión y parálisis de la
respiración. Esta es frecuentemente la causa de muerte.
• Pérdida de movimientos
voluntarios y parálisis de origen central.
• Hipotermia.
• Contracciones musculares.
• Anormalidades cardíacas.
Efectos tóxicos crónicos
del As y sus derivados
La toxicidad de los compuestos de
arsénico es altamente dependiente de su forma química:
Los efectos crónicos son:
a. de tipo general;
b. teratogénesis;
c. mutagénesis;
d. carcinogénesis.
a. De tipo general:
• Desbalance electrolítico, pérdidas
excesivas desde sangre a tejidos y tracto intestinal.
• Depresión hematopoyética,
disminución de leucocitos y ocasionalmente anemia aplásica.
• Inflamación de ojos y tracto
respiratorio.
• Pérdida de apetito y peso.
• Daño hepático de distinto grado:
ictericia, cirrosis, etc.
• Alteraciones sensoriales.
• Dermatosis: hiperpigmentación,
hiperqueratosis palmo-plantar, descamación y caída del cabello. (Indicadores de
intoxicación crónica).
• Estrías blancas en uñas.
• Isquemia de miocardio.
• Enfermedades vasculares
periféricas (enfermedad del "pie negro").
b. Teratogénesis:
Alteración estructural y funcional
del desarrollo que impide la formación armónica del individuo. En casos
extremos puede conducir a la muerte del embrión. El As y algunos de sus
compuestos han demostrado tener propiedades teratogénicas.
Se ha demostrado tanto en
humanos como en animales, aunque en humanos los datos son escasos. Por
ejemplo se observó mayor incidencia de malformaciones múltiples en hijos de
empleadas de fundiciones de metales expuestas a As, que en niños nacidos en
el vecindario.
c. Mutagénesis:
Consiste en una modificación de
las bases que constituyen el ADN. El arsénico ha demostrado ser mutágeno en
humanos y en animales de experimentación. Las evidencias en el hombre
incluyen tanto:
• observaciones de frecuencia
aumentada de algunas consecuencias clínicas de las mutaciones (vejez
prematura, cáncer, anomalías congénitas trasmisibles, mortalidad del feto,
esterilidad, etc.).
• observaciones y anomalías a
nivel del material genético.
d. Carcinogénesis:
Desde fines del siglo XIX, el As fue
una de las primeras sustancias reconocida como carcinógeno humano. En
poblaciones humanas expuestas, el arsénico está asociado a tumores de piel y
pulmones, pero también puede asociarse con tumores de vejiga, riñón e
hígado.
Importancia de la
Especiación de los compuestos de Arsénico
El arsénico se puede presentar en
el agua subterránea particulado y disuelto. Se considera que más del 99%
corresponde a su forma inorgánica. Las especies predominantes son arsenato
As(V) y arsenito As(III). Identificar las especies presentes, es de importancia
debido a sus diferencias en movilidad y toxicidad.
Como hemos visto, la toxicidad de
los compuestos de As depende de su forma química y de su estado de
oxidación o valencia, siendo los compuestos inorgánicos mucho más tóxicos
que los orgánicos y el As(III) más tóxico que el As(V). Las formas orgánicas,
que incluyen los metabolitos metilados y compuestos orgánicos complejos
(arsenocolina y arsenobetaina) son tóxicas a concentraciones más
elevadas.
Es evidente que, para poder
evaluar el riesgo toxicológico al que se enfrenta la población cuando ingiere
agua con contenido de arsénico, resulta fundamental conocer el tipo de especie
o variedad de arsénico presente en el líquido. La necesidad de disponer de
metodologías analíticas para la determinación de las especies de As presentes
en agua y alimentos ha desarrollado numerosas metodologías físico - químicas
de detección y especiación basadas en técnicas de separación cromatografía de
gases (GC), de líquidos (HPLC) y electroforesis acopladas a una gran variedad
de detectores. Los límites de detección han disminuido hasta unas decenas de
microgramos por litro de As para cada una de las especies. Con estas técnicas
se han identificado en el ambiente más de 25 tipos de compuestos arsenicales
diferentes que se generan de forma natural.
Finalmente, y considerando las
tecnologías a utilizar para corregir los valores de arsénico, es indudable que es
primordial determinar cuales son las especies predominantes de arsénico en el
agua que se utilizará para consumo humano.
Existen alrededor de 14
tecnologías para remover el arsénico del agua, con eficiencias que van desde
70 hasta 99%. Los métodos de coagulación-floculación y ablandamiento con cal
son los más usados en grandes sistemas y no se emplean exclusivamente para
remover el arsénico. En pequeños sistemas se aplica el intercambio iónico,
alúmina activada, ósmosis inversa, nanofiltración y electrodiálisis inversa. Las
tecnologías emergentes son las que emplean arena recubierta con óxidos de
hierro, hidróxido férrico granular, empaques de hierro, hierro modificado con
azufre, filtración con zeolita, adición de hierro con filtración directa y remoción
convencional de hierro y manganeso. La eficiencia del proceso elegido
depende de la concentración inicial, del estado de oxidación (especie)
del arsénico y del pH.
Contenido de Arsénico
en Aguas Minerales Naturales
Todos los conceptos vertidos en
la primera parte de estos fundamentos nos son útiles para sustentar la
modificación del Articulo 985 del Código Alimentario Argentino correspondiente
a Aguas Minerales Naturales.
El valor de arsénico regulado
para estas aguas, supera en 20 veces el valor de referencia o valor guía para
las aguas destinadas a consumo humano (0.2 mg/ Articulo Nº 985 del C.A.A.
versus 0.01 Articulo Nº 982 del C.A.A.).
Se entiende que, por definición,
las aguas minerales naturales ajustadas a la definición del Articulo Nº 985 del
C.A.A. no pueden ser sometidas a tratamientos específicos que atenúen la
concentración de arsénico a los valores guía ya enunciados.
Resulta indispensable, como
primera medida -aunque en el mediano plazo resultara necesario debatir el
valor de concentración de arsénico de las aguas minerales naturales-, que se
rotule cuando un agua de estas condiciones, presenta un tenor de arsénico que
supere los valores guías indicados por la Organización Mundial de la Salud (0.01
mg/l), más allá de que cumplan con el valor definido por el Articulo Nº 985 en
lo que hace a presencia de arsénico.
La condición del agua mineral
natural, en cuanto al contenido de Arsénico, debe estas claramente indicada en
el Rotulo del envase y / o etiquetado, esto, obviamente, adicionado al resto de
las exigencias que en la materia dispone el Código Alimentario Argentino.
El consumidor tiene el derecho a
saber cuales son las características relevantes -desde el punto de vista físico-
químico- que presenta el agua mineral natural que esta consumiendo. El
consumidor, en muchas ocasiones -por no indicar en la mayoría de los casos-
supone o confía en que las aguas minerales naturales que adquiere en forma
particular, presentan mejores condiciones desde el punto de vista de la
seguridad sanitaria, que el agua potable de red. Esta situación, que se puede
dar en algunas regiones de la Argentina, no siempre se corresponde con la
realidad. Por lo tanto, resulta imperioso que el consumidor, el habitante de la
Argentina, disponga de esta información.
El Estado tiene la obligación no
solo de brindar el acceso al agua potable a todos los habitantes de la Argentina.
Además, el Estado debe avanzar, conforme avanza el mundo, en la
implementación de nuevas estrategias respecto del tratamiento de la
problemática centrada en la presencia de arsénico en las aguas de consumo
humano. La ejecución de estudios de específicos sobre el arsénico (tipificación)
en aquellas regiones del país que presenten problemas, y la rotulación puntual
de las concentraciones de arsénico en las aguas minerales naturales,
constituyen dos situación relevantes en las cuales el Estado debe avanzar.
A medida que avanza la ciencia
se determina que es fundamental ante la presencia de arsénico en las aguas
para consumo humano, determinar que tipo o especies de arsénico inorgánico
se presentan en cada caso, para poder realizar las correspondientes evaluación
del riesgo potencial al cual esta expuesta la población que consume dicha agua
y para implementar los mejores sistemas de tratamiento, los óptimos,
considerando cada situación particular.
Sin esta información vital el
estado no podrá realizar un diagnóstico cabal de los riesgos que presenta cada
región del país. Además, esta información será de utilidad para determinar en
que áreas o regiones es necesario que el estado intervenga de manera más
activa y urgente para corregir la situación.
El presente proyecto de Ley es
reproducción de los Expedientes 2492-D-2013 y 5053-D-2011, ambos de mi
autoría.
Por todas las consideraciones
expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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