PROYECTO DE TP
Expediente 1089-D-2012
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744 TEXTO ORDENADO 1976): MODIFICACION DEL ARTICULO 238, SOBRE OBLIGACIONES DE LAS PARTES DURANTE EL TRANSCURSO DEL PREAVISO.
Fecha: 19/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º :
Modificase el artículo 238 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado
por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que quedará
redactado de la siguiente forma:
"Art. 238: - Obligaciones
de las partes- Durante el transcurso del preaviso subsistirán las obligaciones
emergentes del contrato de trabajo, pero las facultades disciplinarias que
pudiese ejercer el empleador deberán apreciarse con criterio restrictivo, de
modo de garantizar al trabajador la íntegra percepción de sus retribuciones
durante los plazos respectivos.."
Artículo 2º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La modificación que se propone
restringe las facultades disciplinarias que pudiese ejercer el empleador,
durante el plazo de preaviso disponiendo que se aprecien con criterio
restrictivo, toda vez que el preaviso implica la voluntad del empleador de
anunciar el fin del vínculo laboral.
La Jurisprudencia sostuvo en
reiteradas oportunidades que preavisar no es despedir, sino preanunciar una
rescisión, conf. "López, Jorge y otros c/ Marcone S.A., DT 1969, pág. 16 y
ss.; CNAT, Sala III, sent. 44.015 del 29/03/77 en autos "Pérez, Gonzalo c/
Asociación Civil Instituto de Enseñanza Lamennais".
Consecuentemente, el preaviso
en curso no impide que una de las partes pueda incurrir en una injuria laboral
y que la otra se coloque en situación de despido indirecto, precisamente por la
injuria de que es objeto.
Del mismo modo que una falta o
incumplimiento grave, cometido por el dependiente durante el curso del
preaviso, puede dar lugar a la resolución inmediata de la relación.
Durante el período del preaviso y
a fin de neutralizar la vulnerabilidad en que queda colocado el trabajador
corresponde interpretar con carácter restrictivo las facultades disciplinarias del
empleador, a fin de nivelar la balanza en cuanto a la igualdad de las
partes.
Por lo expuesto, solicito a los
señores diputados me acompañen con la aprobación de la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROBLEDO, ROBERTO RICARDO | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
NEBREDA, CARMEN ROSA | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HERRERA, GRISELDA NOEMI | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SALIM, JUAN ARTURO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PAIS, JUAN MARIO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1919/2013 | DICTAMEN DE MAYORIA: ACONSEJA SANCIONAR EL PROYECTO; DICTAMEN DE MINORIA: ACONSEJA RECHAZAR EL PROYECTO | 26/04/2013 |