PROYECTO DE TP
Expediente 1086-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL LISTADO DE INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS DONDE SE ENCUENTRAN ALOJADOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN VIRTUD DE RESOLUCION JUDICIAL.
Fecha: 21/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que resulten competentes se expida sobre los
siguientes puntos:
Listado de instituciones publicas y
privadas donde se encuentren alojados niños, niñas y adolescentes en virtud de
resolución judicial. Indicar la provincia y la localidad de cada una de estas
instituciones.
Capacidad de alojamiento de cada
una de dichas instituciones.
Cantidad de niños, niñas y
adolescentes alojados en dichas instituciones en virtud de una resolución
judicial dictada en proceso penal. Discriminar por tribunal de origen, sexo,
franja etárea, sanción impuesta y fecha de cumplimiento conforme el computo
judicialmente aprobado.
Informe si dentro de alguna de las
instituciones se encuentran alojados compartiendo un mismo ámbito niños,
niñas y adolescentes restringidos o privados de la libertad como consecuencias
de medidas impuestas en un proceso penal, y niños alojados por razones de
índole asistencial. En su caso, establecimientos y responsables que autorizaron
esos alojamientos.-
Si en dichas instituciones se
encuentran alojados en un mismo espacio niños, niñas y adolescentes con
prisión preventiva, y personas con condena firme y en su caso, funcionario que
lo haya dispuesto.
Si en alguna de las instituciones se
encuentran alojados en un mismo espacio niños, niñas y adolescentes con
personas mayores de edad. En caso afirmativo detallar nomina de las
instituciones y funcionarios que haya dispuesto esa situación.
Si los niños, niñas y adolescentes
reciben asistencia psicológica. Deberà indicarse cantidad de profesionales
destinados a tal efecto.-
Como es el régimen de visitas de
cada una de dichas instituciones.
Indicar dependencias, organismos
públicos y/o área del cual dependen las instituciones.
Monto mensual que invierte el
estado por cada niño, niña y adolescente institucionalizado.
Si existen estadísticas sobre la
cantidad de delitos cometidos por menores de 18 años de edad. En caso
afirmativo, detallar por tipo de delito, sexo, franja etárea y provincia
Indicar tiempo promedio de
permanencia de los niños, niñas y adolescentes en dichas instituciones.
Indicar responsable administrativo
y de conducción de cada una de las instituciones mencionadas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Para poder
llevar a cabo serias políticas de Estado es imprescindible contar con información
fidedigna sobre la realidad a la que asistimos.
Al igual que
la prescripción de medicamentos debe obedecer siempre a un diagnostico
basado en una serie de estudios que confirmen los síntomas del paciente, los
caminos para combatir los males que aquejan a la sociedad deben
fundamentarse en un minucioso estudio de los sucesos diarios.
Claro esta,
que la simple observación de la realidad nos brinda un alarmante panorama de
los acontecimientos a los que somos testigos, y más evidente es esa realidad
cuando se encuentra confirmada por auditorias internacionales, como lo es el
informe realizado por el Comité de los Derechos del Niño sobre el cumplimiento
del Estado argentino de la Convención Internacional de los Derechos del
Niño.
El Comité de
los Derechos del Niño es el organismo de las Naciones Unidas que evalúa la
aplicación de la Convención en cada uno de los estados parte. El 21 de Junio
del presente año el Comité presentó un informe en donde determino el grado
de cumplimiento por parte de la Argentina de dicha Convención, y entre sus
principales apreciaciones merecen especial interés en lo que respecta al
presente proyecto las siguientes: "El Comité insta al Estado parte a adoptar
todas las medidas necesarias para dar curso a las recomendaciones de las
observaciones finales sobre su segundo informe periódico que aún no se hayan
aplicado o lo hayan sido de manera insuficiente. Entre ellas figuran cuestiones
tales como la aplicación de las nuevas leyes en los ámbitos nacional y
provincial, los niños privados de un entorno familiar y la falta de distinción entre
los niños que necesitan atención y protección y los que están en conflicto con la
ley." (1) "Preocupa asimismo al Comité que la tercera parte de los centros de
privación de libertad de niños no estén especializados y que a veces los niños
permanezcan recluidos con adultos." "Otra preocupación del Comité es que la
mayoría de los menores infractores permanezcan privados de libertad en espera
de juicio.". "El comité insta al Estado a que..: a) Derogue la Ley 22.278, e)
Adopte todas las medidas necesarias para garantizar que la privación de
libertad tenga lugar de conformidad con la ley y respete los derechos del niño
enunciados en la Convención, y que los niños permanezcan separados de los
adultos tanto durante la detención preventiva como después de la condena, f)
Adopte todas las medidas necesarias para que las condiciones existentes en los
centros de privación de libertad no entorpezcan el desarrollo del niño y se
ajusten a las normas mínimas internacionales, y que los casos que involucren a
menores sean enjuiciados lo mas rápidamente posibles. (2) "
Pero más apropiado resulta
obtener la información por parte de aquellos organismos, y de aquellas
personas que tienen a su cargo la gestión de las labores propias del Estado.
Son ellos quienes tienen el deber de conocer con exactitud la realidad diaria, y
son ellos los que deben contar con informes y estadísticas apropiados para
delimitar cuales son los logros alcanzados, y cuales son las falencias que se
deben corregir. Solo a partir de una certera información del estado de situación
se pueden adoptar las medidas necesarias para desarrollar apropiadas políticas
de estado.
En lo
atinente al presente pedido de informes, el propósito es poder conocer cual es
la situación en la que se encuentran los menores alojados en instituciones en
virtud de una decisión judicial. Es indispensable conocer cuales son las
condiciones en las que se encuentran los menores institucionalizados, y si hay
una adecuada diferenciación entre los niños que se encuentran alojados por
causas asistenciales, de aquellos que lo están como consecuencia de haber
infringido la ley.
El presente
proyecto tiene como antecedente inmediato el expediente 6870/D/1010 firmado
por el suscripto y sus colegas Storani, Giubergia, Forte, Alvarez, Linares y Fein.-
Es a los fines
de contar con información certera y fidedigna que solicito a mis pares la
aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 21/03/2012 |