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PROYECTO DE TP


Expediente 1086-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL LISTADO DE INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS DONDE SE ENCUENTRAN ALOJADOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN VIRTUD DE RESOLUCION JUDICIAL.
Fecha: 21/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos que resulten competentes se expida sobre los siguientes puntos:
Listado de instituciones publicas y privadas donde se encuentren alojados niños, niñas y adolescentes en virtud de resolución judicial. Indicar la provincia y la localidad de cada una de estas instituciones.
Capacidad de alojamiento de cada una de dichas instituciones.
Cantidad de niños, niñas y adolescentes alojados en dichas instituciones en virtud de una resolución judicial dictada en proceso penal. Discriminar por tribunal de origen, sexo, franja etárea, sanción impuesta y fecha de cumplimiento conforme el computo judicialmente aprobado.
Informe si dentro de alguna de las instituciones se encuentran alojados compartiendo un mismo ámbito niños, niñas y adolescentes restringidos o privados de la libertad como consecuencias de medidas impuestas en un proceso penal, y niños alojados por razones de índole asistencial. En su caso, establecimientos y responsables que autorizaron esos alojamientos.-
Si en dichas instituciones se encuentran alojados en un mismo espacio niños, niñas y adolescentes con prisión preventiva, y personas con condena firme y en su caso, funcionario que lo haya dispuesto.
Si en alguna de las instituciones se encuentran alojados en un mismo espacio niños, niñas y adolescentes con personas mayores de edad. En caso afirmativo detallar nomina de las instituciones y funcionarios que haya dispuesto esa situación.
Si los niños, niñas y adolescentes reciben asistencia psicológica. Deberà indicarse cantidad de profesionales destinados a tal efecto.-
Como es el régimen de visitas de cada una de dichas instituciones.
Indicar dependencias, organismos públicos y/o área del cual dependen las instituciones.
Monto mensual que invierte el estado por cada niño, niña y adolescente institucionalizado.
Si existen estadísticas sobre la cantidad de delitos cometidos por menores de 18 años de edad. En caso afirmativo, detallar por tipo de delito, sexo, franja etárea y provincia
Indicar tiempo promedio de permanencia de los niños, niñas y adolescentes en dichas instituciones.
Indicar responsable administrativo y de conducción de cada una de las instituciones mencionadas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Para poder llevar a cabo serias políticas de Estado es imprescindible contar con información fidedigna sobre la realidad a la que asistimos.
Al igual que la prescripción de medicamentos debe obedecer siempre a un diagnostico basado en una serie de estudios que confirmen los síntomas del paciente, los caminos para combatir los males que aquejan a la sociedad deben fundamentarse en un minucioso estudio de los sucesos diarios.
Claro esta, que la simple observación de la realidad nos brinda un alarmante panorama de los acontecimientos a los que somos testigos, y más evidente es esa realidad cuando se encuentra confirmada por auditorias internacionales, como lo es el informe realizado por el Comité de los Derechos del Niño sobre el cumplimiento del Estado argentino de la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
El Comité de los Derechos del Niño es el organismo de las Naciones Unidas que evalúa la aplicación de la Convención en cada uno de los estados parte. El 21 de Junio del presente año el Comité presentó un informe en donde determino el grado de cumplimiento por parte de la Argentina de dicha Convención, y entre sus principales apreciaciones merecen especial interés en lo que respecta al presente proyecto las siguientes: "El Comité insta al Estado parte a adoptar todas las medidas necesarias para dar curso a las recomendaciones de las observaciones finales sobre su segundo informe periódico que aún no se hayan aplicado o lo hayan sido de manera insuficiente. Entre ellas figuran cuestiones tales como la aplicación de las nuevas leyes en los ámbitos nacional y provincial, los niños privados de un entorno familiar y la falta de distinción entre los niños que necesitan atención y protección y los que están en conflicto con la ley." (1) "Preocupa asimismo al Comité que la tercera parte de los centros de privación de libertad de niños no estén especializados y que a veces los niños permanezcan recluidos con adultos." "Otra preocupación del Comité es que la mayoría de los menores infractores permanezcan privados de libertad en espera de juicio.". "El comité insta al Estado a que..: a) Derogue la Ley 22.278, e) Adopte todas las medidas necesarias para garantizar que la privación de libertad tenga lugar de conformidad con la ley y respete los derechos del niño enunciados en la Convención, y que los niños permanezcan separados de los adultos tanto durante la detención preventiva como después de la condena, f) Adopte todas las medidas necesarias para que las condiciones existentes en los centros de privación de libertad no entorpezcan el desarrollo del niño y se ajusten a las normas mínimas internacionales, y que los casos que involucren a menores sean enjuiciados lo mas rápidamente posibles. (2) "
Pero más apropiado resulta obtener la información por parte de aquellos organismos, y de aquellas personas que tienen a su cargo la gestión de las labores propias del Estado. Son ellos quienes tienen el deber de conocer con exactitud la realidad diaria, y son ellos los que deben contar con informes y estadísticas apropiados para delimitar cuales son los logros alcanzados, y cuales son las falencias que se deben corregir. Solo a partir de una certera información del estado de situación se pueden adoptar las medidas necesarias para desarrollar apropiadas políticas de estado.
En lo atinente al presente pedido de informes, el propósito es poder conocer cual es la situación en la que se encuentran los menores alojados en instituciones en virtud de una decisión judicial. Es indispensable conocer cuales son las condiciones en las que se encuentran los menores institucionalizados, y si hay una adecuada diferenciación entre los niños que se encuentran alojados por causas asistenciales, de aquellos que lo están como consecuencia de haber infringido la ley.
El presente proyecto tiene como antecedente inmediato el expediente 6870/D/1010 firmado por el suscripto y sus colegas Storani, Giubergia, Forte, Alvarez, Linares y Fein.-
Es a los fines de contar con información certera y fidedigna que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 21/03/2012