PROYECTO DE TP
Expediente 1070-D-2007
Sumario: CREACION DE UN REGISTRO NACIONAL Y BANCO NACIONAL DE ADN DE PERSONAS CONDENADAS POR DELITOS SEXUALES.
Fecha: 28/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º .- Crease el
REGISTRO NACIONAL DE A.D.N (Ácido Desoxi Rivonucleico), de personas
condenadas por delitos sexuales.
ARTICULO 2º .- Crease el
Banco Nacional de A.D.N., de personas condenadas por delitos sexuales, el cual
dependerá del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, quien
será responsable de su seguridad y privacidad.
ARTICULO 3º .- El Poder
Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Nación, invitara a los gobiernos de las provincias para que
adhieran expresamente a las disposiciones de la presente Ley, acorde a lo
prescripto por sus respectivas constituciones. La adhesión deberá ser comunicada
en forma fehaciente al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto del ministerio
precedentemente indicado.
ARTICULO 4º .- El Poder
Ejecutivo Nacional dictara la reglamentación de la presente ley dentro de los
CIENTO OCHENTA (180) días de su entrada en vigencia, a propuesta del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
ARTICULO 5º .- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 1985,Jeffreys y Cols.
describían un método de identificación individual que denominaron "DNA
FINGERPRINTING" o huella genética que prometía ser la solución definitiva
del análisis de la diversidad humana desde la Medicina Legal.
La aplicación por primera vez de
estos métodos en procesos penales se produjo en Inglaterra en octubre de
1986,con el caso Enderby. En él, la investigación pericial, basada en el uso de
estas técnicas, permitió la puesta en libertad del principal sospechoso cuya
inocencia demostró el análisis del ADN.
En 1987 ,el uso de la denominada
"huella genética "había sido ya admitido en los procesos penales, tanto en
Inglaterra como en EE.UU.
Actualmente se puede afirmar que la
prueba de ADN está consolidada científicamente y su valor ante los tribunales no
deja lugar a dudas.
La identificación es una de las
vertientes fundamentales de la medicina forense, se ha enriquecido en los últimos
años con los aportes que los métodos de investigación en genética molecular le
han proporcionado. Forman parte relevante de dicha metodología las técnicas de
tipificación de ADN, las cuales permiten la investigación de identidad en el
marco legal.
Ciertos fenómenos socioculturales
de envergadura como el aumento de la violencia urbana, el valor progresivo que
adquiere el derecho a la identidad y el reclamo de garantías procésales cada vez
más rigurosas, generan mayor exigencia en cuanto al grado de certeza que deben
proveer todas las investigaciones periciales.
En marzo de 1992,un atentado con
explosivos destruyó la embajada de Israel en Buenos Aires. Desde ese momento
comenzaron a practicarse estudios de ADN destinados al reconocimiento de
cadáveres y/o restos humanos que no pudiesen ser identificados por los métodos
tradicionales, fundamentalmente por la técnica dactiloscópica, de particular
relevancia en la Argentina por la existencia de un archivo dactiloscópico de
alcance universal para todas las personas documentadas. También a partir de ese
año, la demanda de este tipo de estudios se amplio incluyendo casos de
criminalística en los cuales las características del material biológico a investigar
impusieron al método exigencias adicionales.
El más prestigioso órgano pericial
de nuestro país ,el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional intervino en el
periodo que va del año 1992 al 2001 en 475 casos de los cuales el 65 %
pertenecía al ámbito penal y del total de esos casos, 254 aproximadamente el 53.5
% pertenecía a los delitos sexuales.
Fundamentos del
método
El ADN es el componente
fundamental de los cromosomas y contiene la información hereditaria requerida
para transmitir, de padres a hijos, similitudes y diferencias. El número de
cromosomas de la especie humana es de 46,los cuales se agrupan en 23 pares :22
de ellos llamados pares autosómicos no presentan diferencias de acuerdo al sexo;
el restante, el par 23,par sexual, tiene características diferentes determinadas por
cada uno de los sexos. Los 23 pares de cromosomas están contenidos en el
interior del núcleo celular.
Si bien existen genes (los genes son
trayectos de ADN localizados en determinadas zonas de los cromosomas)que
transmiten familiarmente caracteres
evidenciables, otros no lo hacen.
Aquellas áreas de ADN que no transmiten información para características
hereditarias detectables, pueden organizarse como "secuencias repetitivas", que
son pequeños fragmentos de ADN de idéntica composición que se repiten varias
veces.
Las técnicas de identificación por
ADN nuclear se apoyan en esta propiedad de ese ADN que consiste en repetirse
en determinadas zonas de los cromosomas.
El análisis del ADN con fines de
identificación implica el empleo de técnicas de laboratorio que utilizan diversos
"marcadores" o " sistemas", los que podrían definirse conceptualmente como
instrumentos que investigan esos fragmentos de ADN en los cuales se instalan
las secuencias repetitivas aludidas. Los resultados que se logran de este análisis de
diversas áreas de ADN configuran, en conjunto, el perfil genético, así definido,
tiene una capacidad discriminativa de gran potencia para diferenciar personas. Es
esa cualidad del método, que le permite discriminar con altos grados de certeza,
la que explica la denominación de " huellas digitales genéticas" o fingerprints" de
la literatura anglosajona, que suele utilizarse para designar este sistema de
identificación.
La irrupción de esta metodología en
la ciencia forense representó un avance de particularísima importancia tanto por
su potencial grado de certeza a la hora de discriminar como por su aplicación a
prácticamente cualquier tipo de rastro biológico.
Es así posible determinar el perfil
genético de un individuo a través de manchas de sangre o semen, de material
recolectado de hisopados, de pelos, de muestras de saliva ( aún las obtenidas de
colillas de cigarrillos),de material cadavérico en distintos estado de
transformación y de fragmentos de tejidos, incluso pequeños ,como restos de piel
adheridos a las uñas.
El hallazgo de patrones genéticos en
estos rastros biológicos y su comparación con los perfiles de las personas
involucradas, hacen posible establecer una concordancia (si los perfiles
coinciden) o descartarla (si los mismos difieren)y de este modo señalar o excluir a
los involucrados como fuente de las muestras, con un elevado grado de
certeza.
Por último es de relevancia destacar
que las muestras biológicas de interés forense pueden ser irrepetibles y de gran
valor procesal.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BEJARANO, MARIO FERNANDO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
JUSTICIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
16/09/2008 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1251/2008 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES, CON 1 DISIDENCIA PARCIAL; DICTAMEN DE MINORIA: LA COMISION ACONSEJA RECHAZAR EL PROYECTO; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 0252-D-07, 1070-D-07, 4142-D-07, 0471-D-08, 2039-D-08, 3746-D-08 Y 5082-D-08 | 18/11/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA. CAMBIO DE ORDEN DE LAS COMISIONES | 20/08/2008 |