PROYECTO DE TP
Expediente 1064-D-2014
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL DOCUMENTAL SOBRE DERECHOS HUMANOS LLAMADO "IMPRESCRIPTIBLE", DEL DIRECTOR ALEJANDRO ESTER.
Fecha: 20/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de esta Honorable
Cámara el documental sobre derechos humanos llamado "Imprescriptible" del joven
director Alejandro Ester.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Imprescriptible es una reflexión sobre el
tiempo, la justicia y la memoria.
Este documental narra el largo proceso que
llevo a cabo una parte importante de la sociedad que levantó durante años la consigna
de Memoria, Verdad y Justicia, y que comienza a verlas plasmadas en la realidad de
nuestro país.
Es relato individual y colectivo de hombres y
mujeres que escaparon de la maquina del olvido que finalmente pudieron contar su
historia, nuestra historia.
Entre 2009 y 2011 se llevó a cabo la segunda parte del Juicio por delitos de lesa
humanidad cometidos bajo la órbita de la Escuela de Mecánica de la Armada durante la
última dictadura cívico-militar.
Imprescriptible narra esos hechos a través de un puñado de los cientos de testigos que
narraron los horrores que ocurrieron en de uno de los campo de detención y exterminio
más siniestros de Argentina.
Siguiendo el desarrollo del juicio oral, este
documental reúne registros de época con testimonios actuales de víctimas directas,
testigos presenciales e incluso los mismos imputados en la causa, para reconstruir
los mecanismos del aparato represivo de la última dictadura cívico-militar. Todo esto fue
posible debido a la singularidad de este centro de detención, que lo diferenció de otros
centros de exterminio de las fuerzas represivas, porque muchos sobrevivientes
pudieron aportar innumerables pruebas irrefutables del accionar de esta maquinaria del
horror.
Imprescriptible también aborda la
importancia de saldar la deuda que tiene la justicia en estos casi treinta años de
democracia, para resolver los complicados procesos judiciales que acaben con la
impunidad de los autores directos de estos crímenes, y también con la de autores
intelectuales que se beneficiaron con sus políticas de destrucción.
La Causa ESMA II
La causa ESMA es considerada una de las
llamadas "mega-causas" por el alto número de víctimas e imputados que nuclean las
investigaciones.
En esta causa se investigan los crímenes de
lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en la Escuela de Mecánica
de la Armada (ESMA).
El 11 de diciembre de 2009 se inició un
segundo juicio por ESMA, con los casos cuya investigación había sido frenada con las
leyes de impunidad de los años 1986 y 1987 y los imputados fueron Jorge Eduardo
"Tigre" Acosta, Alfredo Astiz, Juan Antonio Azic, Carlos Antonio Capdevilla, Ricardo Miguel
Cavallo, Julio César Coronel, Adolfo Donda Tiguel, Juan Carlos Fotea Dineri, Manuel
Jacinto García Tallada, Pablo Eduardo García Velasco, Oscar Antonio Montes, Antonio
Pernías, Jorge Carlos Radice, Juan Carlos Rolón, Raúl Enrique Scheller, Ernesto Frimón
Weber, Alberto González y Néstor Omar Savio.
El 27 de octubre de 2011 el Tribunal Oral
Federal n° 5 condenó a prisión perpetua a 14 imputados: Alfredo Astiz, Jorge Eduardo
Acosta, Ricardo Cavallo, Oscar Antonio Montes, Antonio Pernías, Jorge Radice, Adolfo
Donda, Raúl Scheller, Alberto González, Julio Cesar Coronel, Ernesto Weber y Néstor
Omar Savio. Juan Carlos Fotea, ex sargento de la policía federal, fue condenado a 25
años de prisión; Carlos Capdevilla, por su parte, fue condenado a 20 años y Juan Antonio
Azic a 18. Juan Carlos Rolón y Pablo García Velasco fueron absueltos, sin embargo
debieron permanecer en prisión preventiva por estar vinculados a otras causas.
La ESMA como Centro Clandestino
La ESMA, antes centro educativo, fue
convertida en uno de los más perversos y cruentos centros clandestinos de detención y
exterminio de la represión militar. Dicho centro funcionó en el Casino de Oficiales del
predio.
En el seno de la ESMA funcionó el Grupo de
Tareas (GT) 3.3.2. Éste se funda en mayo de 1976 y está integrado por unas cincuenta
personas que van cambiando y funcionan clandestinamente, al margen de toda legalidad,
con armamento y medios facilitados por la Armada y en coordinación con el Comando de
Zona. Este GT se crea por orden directa del Almirante Emilio Eduardo Massera y funciona
con el consentimiento de toda la Junta Militar de Gobierno.
Desde sus inicios, la dirección del GT se
encomienda al entonces director de la ESMA Rubén Jacinto Chamorro, actualmente
fallecido, aunque de hecho quien lo dirigirá es el entonces Capitán de Corbeta Jorge
Eduardo Acosta. La estructura del Grupo de Tareas, su función, actuación y
desenvolvimiento se mantienen idénticos a lo largo de toda la dictadura militar argentina
y desarrolla su labor represora respondiendo al esquema de verticalidad jerárquica en el
mando de los responsables.
Pilar Calveiro, socióloga y ex detenida-
desaparecida de distintos centros clandestinos, entre ellos la ESMA, durante la dictadura
militar en Argentina, explica el funcionamiento de los centros en su libro "Poder y
Desaparición".
La patota era el grupo operativo que
"chupaba" es decir que realizaba la operación de secuestro de los prisioneros, ya fuera
en la calle, en su domicilio o en su lugar de trabajo. Por lo regular, el "blanco" llegaba
definido, de manera que el grupo operativo sólo recibía una orden que indicaba a quién
debía secuestrar y dónde.
Por otra parte, estaba el grupo de
inteligencia, es decir los que manejaban la información existente y de acuerdo con ella
orientaban el "interrogatorio" (tortura) para que fuera productivo, o sea, arrojara
información de utilidad. Este grupo recibía al prisionero, al "paquete", ya reducido,
golpeado y sin posibilidad de defensa, y procedía a extraerle los datos necesarios para
capturar a otras personas, armamento o cualquier tipo de bien útil en las tareas de
contrainsurgencia. Justificaba su trabajo con el argumento de que el funcionamiento
armado, clandestino y compartimentado de la guerrilla hacía imposible combatirla con
eficiencia por medio de los métodos de represión convencionales; era necesario
"arrancarle" la información que permitiría "salvar otras vidas". (...) Como resultado,
después de hacer hablar al prisionero, los oficiales de inteligencia producían un informe
que señalaba los datos obtenidos, la información que podía conducir a la "patota" a
nuevos "blancos" y su estimación sobre el grado de peligrosidad y "colaboración" del
"chupado". También ellos eran un eslabón, si no aséptico, profesional, de especialistas
eficientemente entrenados. (...)
Ya desposeído de su nombre y con un
número de identificación, el detenido pasaba a ser uno más de los cuerpos que el
aparato de vigilancia y mantenimiento del campo debía controlar. Las guardias internas
no tenían conocimiento de quiénes eran los secuestrados ni por qué estaban allí. (...) Un
día, llegaba la orden de traslado con una lista, a veces elaborada incluso fuera del campo
de concentración como en el caso de La Perla, y el guardia se limitaba a organizar una
fila y entregar los "paquetes".
En definitiva este documental como tantas
otras producciones culturales son un aporte más a continuar teniendo vigencia en la
memoria luego de 38 años de la última dictadura militar, continuamos la lucha de los
30.000 compañeros detenidos-desaparecidos y como representantes del pueblo
seguiremos militando por la memoria, por la verdad y por la justicia.
Por todo lo expuesto solicito el
acompañamiento de este proyecto a todos mis compañeros y compañeras.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SEGARRA, ADELA ROSA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
06/05/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0102/2014 | ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 10/2014 | 13/05/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 04/06/2014 | APROBADO |