PROYECTO DE TP
Expediente 1052-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS CONDUCENTES PARA LA AMPLIACION DE LOS MONTOS DE RESARCIMIENTO ECONOMICO A USUARIOS AFECTADOS POR LOS CORTES DE ENERGIA ELECTRICA ANUNCIADOS EL 3 DE ENERO DE 2014, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 19/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Solicitar al Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, se amplíen los montos de
resarcimiento económico a usuarios afectados por los recurrentes cortes de
energía eléctrica anunciados el día 3 de enero del 2014, y se evalué asimismo la
implementación de un mecanismo de devolución en efectivo y más expeditivo, así
como la posibilidad que el Poder Ejecutivo mensure el lucro cesante en el caso de
aquellos usuarios comerciales que han visto afectado el normal funcionamiento de
los mismos por los referidos cortes.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los inconvenientes e incidentes
ocurridos durante la segunda quincena del mes de diciembre han dejado al
descubierto no sólo la crisis energética que venimos denunciando hace varios
años, sino la falta de previsibilidad ante situaciones de emergencia, producto de la
falta de inversiones en la última década por parte de las empresas
prestatarias.
Reclamar por nuestros derechos como
consumidores en nuestro país es sumergirse en un sistema de ventanillas múltiples
donde usuarios, defensores y asociaciones conforman una red intrincada que hay
que transitar para lograr soluciones, en la mayoría de los casos, insuficientes.
Desde la sanción de la Ley Nº 24.240
de Defensa del Consumidor y sus disposiciones complementarias en al año 2008,
se puede pedir una indemnización si hubo pérdida de mercadería, comida o
medicamentos que requieren cadena de frío.
En la situación que estamos
abordando, cómo es la falta de suministro eléctrico en varias ciudades de la
Provincia de Buenos Aires y de CABA, es responsabilidad de las empresas
prestatarias no haber previsto y/o solucionado a la brevedad los incidentes
energéticos que se fueron produciendo durante el mes de diciembre del año
2013.
Producto de los cortes de luz
sostenidos en el tiempo sumado a las altas temperatura, no solo afecta de manera
importante el quehacer diario de las personas, sino que también tienen
consecuencias directas, y en muchos casos graves y peligrosas, sobre la vida y la
salud de las/os afectadas/os.
Las personas mayores, las mujeres
embarazadas, los bebes y las/os niñas/os, las personas con discapacidad, son los
sectores más vulnerables. El Ministerio de Salud de la Nación solo ha dado
recomendaciones para el golpe de calor, pero han faltado acciones concretas ante
la emergencia de falta de suministro eléctrico para la población.
Por otra parte, resulta simplista culpar
de la crisis energética al aumento de electrodomésticos vendidos como producto
del crecimiento económico generalizado. Lo que no se ha controlado ni
monitoreado por parte del Estado son las inversiones que deberían haber realizado
las diferentes prestatarias de servicios público eléctrico.
El Ente Nacional Regulador de
electricidad (ENRE) no solo es el encargado de que las empresas cumplan con las
obligaciones establecidas en el marco regulatorio y en los contratos de concesión,
sino que tiene por objetivo proteger adecuadamente los derechos de los usuarios
en todo el país.
El Ministro De Vido señaló el día 3 de
enero de 2014 que para los usuarios damnificados habrá indemnizaciones a cargo
de las distribuidoras. "Las empresas deberán resarcir con 490 pesos a los usuarios
que tuvieron cortes menores de 24 horas; con $760 a usuarios con cortes entre 24
y 48 horas y con $870 quienes no tuvieron cortes superiores a 48 horas".
Es necesario recordar que los
resarcimientos por electrodomésticos y aparatos varios están encuadrados en el
inciso e) del Artículo 3 del reglamento de suministro de Edenor y Edesur, donde se
refiere al resarcimiento por daños.
En este sentido, es indispensable
agregar el pago de un resarcimiento económico a comercios que han perdido
mercadería como por ejemplo los vinculados a la venta de alimentos
y restaurantes, como así también a aquellos que han perdido medicamentos por
interrupción en la cadena de frío.
Si bien, el usuario tiene el derecho de
reclamar por daños y perjuicios primero ante la empresa, luego ante el ENRE y,
por último, si no responden satisfactoriamente, puede presentarse ante la Justicia.
Creemos que hay que buscar un mecanismo más ágil y de corto plazo para
atender este tipo de demandas específicas.
Las medidas adoptadas son
insuficientes para los daños que se han ocasionado. Por tal motivo resulta
necesaria la presencia del Estado como garante de los derechos de los usuarios
con el fin de obtener un servicio regular y continuo, hoy esencial para la vida
humana, así como para garantizar el resarcimiento de los derechos
afectados.
El presente proyecto de declaración
tiene como antecedes el Expediente 8069-D-2013 de mi autoria, haciéndose una
representación de su letra y fundamentos.
Por todo lo anteriormente expuesto,
solicito a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados la aprobación del presente Proyecto
de Declaración.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |