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PROYECTO DE TP


Expediente 1040-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE ASIGNACION Y/O DISTRIBUCION PARA LA ADJUDICACION DE PAUTA PUBLICITARIA Y ACEPTACION DE CANJE PUBLICITARIO POR IMPUESTOS, APORTES Y CONTRIBUCIONES EN LAS EMPRESAS DE COMUNICACION.
Fecha: 18/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


De conformidad a la respuesta emitida al pedido de información pública que radicara la Diputada Nacional Margarita Stolbizer, y que fuera contestado por Nota Nro. SSRIyFD 17/2011, de fecha 22 de febrero del 2011, que responde detalle de empresas de comunicación social que ingresaron al proceso de canje de deuda impositiva tributaria y de aportes y contribuciones por publicidad, y el fallo que dictara la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos "Editorial Perfil S.A. y otro c/ Estado Nacional - Jefatura de Gabinete de Ministros - Secretaría de Medios de Comunicación s/ amparo ley 16.986″, solicitamos la siguiente información:
1. Informe procedimientos y criterios de asignación y/o distribución para la adjudicación de pauta publicitaria y aceptación de canje publicitario por impuestos y aportes y contribuciones en las empresas de comunicación que tengan ingresos por asignación de pauta y que además se encuentran en el proceso de canje.
2. Cuáles son las empresas que tienen pauta publicitaria y a cuánto ascienden dichas asignaciones. Debiendo contestar en conjunto a la primera parte de la presente pregunta, cuáles empresas tienen peticionado o aceptado el canje publicitario por deuda impositiva y de aportes y contribuciones y a cuánto ascienden los montos pedidos y aceptados en dicho proceso de canje.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Recientemente nuestro máximo Tribunal de Justicia de la Nación ha dictado sentencia ejemplar en los autos "Editorial Perfil S.A. y otro c/ Estado Nacional - Jefatura de Gabinete de Ministros - Secretaría de Medios de Comunicación s/ amparo ley 16.986″, través del cual ordenara al Estado Nacional que dispusiera la distribución de publicidad oficial en los diarios y revistas de la editorial "Perfil", respetando un equilibrio razonable con otras de análogas características.
Además de compartir en un todo los argumentos esgrimidos en los considerandos del decisorio, en cuanto el Estado no puede hacer diferencias arbitrarias a la hora de distribuir publicidad porque eso viola el principio de igualdad, lo cierto es que en la actualidad, el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros - Secretaria de Medios de Comunicación, no sólo mantiene su criterio de arbitrariedad con los medios que integran el Grupo Perfil, sino que además, desde hace varios años, realiza una importante y arbitraria diferenciación en la distribución de la pauta oficial en medios de comunicación.
Así tenemos que en el segundo semestre del año 2010 el Grupo 23 recibió la suma de pesos veinticuatro millones ciento dieciocho mil doscientos dos ($ 24.118.202) cuando la Revista Noticias del Grupo Perfil, no ha recibido nada.
Si a eso se le agrega que al Grupo Estrella Satelital S.A. o Editorial Diario La Capital S.A., se le reconoció la suma de pesos ciento treinta y siete millones ochocientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y nueve con 35/100 ($137.834.349,35) y treinta y ocho millones quinientos setenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y siete con 71/100 ($38.574.847,71) en el blanqueo y canje por compensación de impuestos y aportes y contribuciones impagos por pauta publicitaria oficial, tenemos que la situación sobre la distribución de la pauta publicitaria es por lo menos no sólo caprichosa y discrecional, sino arbitraria y lindante con el ejercicio abusivo de la facultades regladas de los funcionarios públicos.
Lo dicho viene a cuenta que, tanto en materia de distribución de pauta publicitaria como en materia de canje de impuestos y aportes y contribuciones debidas por los contribuyentes titulares de medidos de comunicación por canje publicitario, ambas se realizan en la mismas áreas de la Administración Nacional (Jefatura de Gabinete de Ministros - Secretaría de Medios de Comunicación).
Esto implica un incumplimiento a lo normado en el artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos, ya que por un lado se acude a la discrecionalidad como único argumento de distribución de pauta publicitaria, cuando en la misma agencia gubernamental también se le canjea deuda liquida y exigible a las mismas empresas de medios de comunicación.
Por todo lo expuesto anteriormente, es que solicitamos a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA