PROYECTO DE TP
Expediente 1039-D-2008
Sumario: EXPRESAR ADHESION A LA CONMEMORACION DEL "DIA NACIONAL DE LA AUDICION", REALIZADA EL DIA 28 DE MARZO DE 2008.
Fecha: 31/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Su adhesión a la Conmemoración del
Día Nacional de la Audición a realizarse el 28 de marzo del corriente, fecha que
fuera designada bajo propuesta de la Sociedad Panamericana de
Otorrinolaringología (SPO) en recuerdo de la primera cirugía de audición realizada
en el mundo por el especialista argentino Dr. Juan Manuel Tato.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 28 de marzo ha sido elegido como
Día Nacional de la Audición en conmemoración de la primera intervención
quirúrgica de audición llevada a cabo por el Doctor argentino Juan Manuel Tato.
El Dr. Tato realizó en el
año 1933 su primer aporte a la cirugía de oídos; una operación llamada
fenestración, que devolviera oportunamente la audición a muchas personas.
A principios de 1960 el
Dr. Tato también introdujo la estapedectomía, la cual curaba ciertos tipos de
sordera destacándose la otoesclerosis, producto de un crecimiento anormal de
hueso dentro del oído.
La estapedectomía es
una intervención quirúrgica eficaz para el tratamiento de la hipoacusia de
transmisión que se produce por la fijación del estribo el cual es sustituído por una
prótesis.
Los problemas de sordera puede ser
congénitos o hereditarios, o bien producto de una enfermedad, un traumatismo,
una exposición a largo plazo al ruido o, incluso, de cierto tipo de medicamentos
agresivos para el nervio auditivo.
En nuestro país nacen entre 2.000 y
3.500 niños por año que padecen sordera severa o profunda. La cifra indica que
entre uno y dos por cada mil nacidos nacen sordos, sumándose a ésta cifra que
entre una y dos personas cada mil sufrirá de sordera a lo largo de su vida por
diferentes motivos que pueden ser producto tanto de patologías específicas como
de determinadas tareas laborales de alto riesgo.
Desde el año 2001, conforme consta
en el Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia (Ley
Nacional 25.415), "todo niño recién nacido antes de los tres meses de vida, tiene
derecho a que se estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde
tratamiento en forma oportuna si lo necesitare".
Los primeros años de vida de nuestros
hijos, son considerados años clave en cuanto al desarrollo de su capacidad
neurológica y auditiva, es por ello que velamos por la aplicación de la Ley Nacional
24.415 en todo el territorio nacional y confíamos en que a la luz de hombres como
el Profesor Tato continuarán los desarrollos argentinos en materia de salud y
prevensión de enfermedades audítivas.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GALANTINI, EDUARDO LEONEL | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SYLVESTRE BEGNIS, JUAN HECTOR | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MORGADO, CLAUDIO MARCELO | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
22/04/2008 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0153/2008 | CON MODIFICACIONES | 05/05/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 21/05/2008 | APROBADO |