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PROYECTO DE TP


Expediente 1030-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA MODIFICAR EL ARTICULO 8 DE LA RESOLUCION GENERAL 3571 EXIMIENDO A LAS PEQUEÑAS COOPERATIVAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE LA OBLIGACION DE EMITIR FACTURAS ELECTRONICAS.
Fecha: 19/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que la Administración Federal de Ingresos Públicos tuviera a bien modificar el artículo 8 de la Resolución General 3571 eximiendo a las pequeñas cooperativas prestadoras de servicios públicos de la obligación de emitir facturas electrónicas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El movimiento cooperativo tiene una fuerte raigambre en mi Provincia y por esta razón es que los problemas que afectan a las cooperativas se sienten fuertemente en la población. La exigencia que plantea la Administración Federal de Ingresos Públicos nos parece inconveniente para algunos casos.
El artículo 8 de la RG AFIP 3571 dice: "Los prestadores de servicios públicos de gas natural, energía eléctrica, provisión de agua potable y desagües cloacales, cualquiera fueren los destinatarios de dicha prestación y las condiciones de pago de la misma, deberán emitir comprobantes electrónicos originales en los términos de este Capítulo, para respaldar las prestaciones realizadas en el mercado interno". El problema es que pone en pie de igualdad a todos los prestadores de servicios, cualquiera fuera la escala. Y en el interior de las Provincias hay algunas que cuentan con algunas pocas decenas de usuarios. Incluso, en algunas localidades no hay servicios de internet y en donde el acceso de los ciudadanos al correo electrónico es menos que remoto.
Por esta razón veríamos con agrado que la AFIP tuviera en consideración parámetros que sí tuvo en consideración en otros casos. Creemos que en los casos de prestadoras de servicios públicos con menos de mil asociados, estarían abasteciendo a menos mil hogares, lo que nos está señalando pequeñas localidades, de menos de diez mil habitantes en las que, creemos, deberían tenerse otros parámetros de medición para establecer las obligaciones.
Por esta razón es que confiamos en que, dada la razonabilidad del pedido será atendido por la Administración Federal para evitar el incremento de los costos que sufrirán los beneficiarios de los servicios públicos en sus cuentas mensuales.
Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PASTORI, LUIS MARIO MISIONES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)