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PROYECTO DE TP


Expediente 1029-D-2009
Sumario: OBSERVATORIO PARLAMENTARIO SOBRE DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION. CREACION EN EL AMBITO DE LA HONORABLE CAMARA.
Fecha: 20/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1. Crease el Observatorio Parlamentario sobre Derecho a la Libertad de Expresión, que funcionará en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
2. El Observatorio Parlamentario está integrado por 15 (quince) miembros: 8 (ocho) diputados, 2 (dos) representantes del ámbito académico, 2 (dos) representantes de organizaciones de Derechos Humanos y 3 (tres) de los medios de comunicación. Estará presidido por el titular de la comisión de Libertad de Expresión, y tendrá dependencia funcional con el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados.
3. Los diputados integrantes del Observatorio son designados por elección de los diferentes bloques asegurando la prominencia numérica de las minorías por sobre la mayoría parlamentaria.
4. Los objetivos del Observatorio son:
a) Recolectar, analizar y difundir información vinculada al derecho a la Libertad de Expresión en la República Argentina.
b) Promover actividades académicas relacionadas con la libertad de expresión.
c) Crear un registro de denuncias por limitaciones y/o afectaciones a la Libertad de Expresión efectuadas en todo el territorio nacional.
d) Difundir las denuncias por limitación y/o afectación a la Libertad de Expresión.
e) Promover a la Cámara de Diputados de la Nación acciones de reconocimiento y/o homenaje a personas, organizaciones e instituciones defensoras o promotoras de la libertad de expresión en la Argentina.
5. El Observatorio debe dictar su propio reglamento interno, con acuerdo de la Presidencia de la Honorable Cámara, en un plazo no mayor a 60 días desde la aprobación de la presente Resolución.
6. A los solos fines de elaborar el reglamento interno del Observatorio Parlamentario, créase una comisión integrada por 2 (dos) diputados por la mayoría, 2 (tres) diputados por la primera minoría, 2 (dos) diputados por la segunda minoría, 1 (un) diputado por la tercera minoría, que cuenta con el asesoramiento y asistencia de 2 (dos) representantes del ámbito académico y 2 (dos) representantes de organizaciones de Derechos Humanos y 3 (tres) de los medios de comunicación.
7. De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene como base el proyecto 5163-D-2007, presentado por el diputado Pedro Morini y otros diputados integrantes de la comisión de Libertad de Expresión de la Honorable Cámara de Diputados
La idea de crear un Observatorio Parlamentario sobre la Libertad de Expresión en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación se basa en la necesidad de construir un espacio de reflexión sobre una cuestión sensible para la sociedad argentina como es la defensa de uno de los derechos fundamentales proclamados en nuestra Constitución Nacional, como es el Derecho a la Libertad de Expresión
Este derecho también proclamado en los Tratados Internacionales, en las Convenciones sobre Derechos Humanos, lleva implícito el derecho a la Libertad de Prensa, a la Información, el Derecho al Saber, resguardado también en todas las normas de la República.
Cualquier acto que soslaye, fragmente o condicione la libertad de los sujetos de estar informados y a acceder a la diversidad de opiniones, no sólo vulneran estos principios sino atentan contra el sujeto en su integridad y desarrollo.
Más de veinte años han pasado desde que el país inició un proceso de reconstrucción de su identidad, fundada en los valores de respeto por los derechos constitucionales regidos por lo más preciados principios democráticos.
En este trayecto la defensa por los más caros valores, han sido vulnerados y limitados especialmente por los que no comprendieron que la consolidación de la democracia exige una sociedad justa, tolerante y respetuosa de los derechos esenciales, como es el derecho a la Libertad de Expresión.
En este camino de construcción de una nueva Nación, le correspondió al Congreso Nacional la ardua tarea de reparación de los marcos normativos que le habían dado legitimidad a los años de la dictadura militar, de controlar las acciones de gobierno y de establecer posiciones en relación a los grandes temas nacionales.
En una sociedad democrática y moderna es necesario agudizar los mecanismos y profundizar en la creación de los organismos esenciales para garantizar la Libertad de Expresión, la Libertad de Prensa y el Derecho a la Información.
Respetar y promover el pluralismo y resguardar los derechos consagrados en la Constitución Nacional son deberes indelegables del Estado Nacional.
La necesidad de controlar que estos principios se respeten es una responsabilidad de todos los poderes, pero esencialmente del Legislativo, por lo que el presente proyecto propone la creación de un Observatorio Parlamentario en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados.
Señor presidente, por las razones expuestas es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORINI, PEDRO JUAN SANTA FE UCR
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO