PROYECTO DE TP
Expediente 1029-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION DE LA NACION.
Fecha: 27/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
que informe, dentro de los 10 (diez) días, en los términos del Decreto
P.E. 1172/03 de Acceso a la Información Pública, y a través del
organismo que corresponda, acerca de los siguientes puntos referidos
al funcionamiento de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio
de Economía y Producción de la Nación:
1. De quién depende
jerárquicamente la Coordinación de Entes Liquidados, con sede en la
calle Alsina 470 de esta Ciudad de Buenos Aires, y cuáles son sus
misiones y funciones de acuerdo a la estructura organizativa del
Ministerio o en su defecto que ordenamiento administrativo la
regula.
2. Si existe en la
Dirección General de Administración y Normalización Patrimonial, un
área denominada "Delegación I", qué misiones y funciones orgánicas
tiene asignadas especificando cuáles son las diferencias de funciones
con la Coordinación de Entes Liquidados referida en el punto 1.
Qué dotación de
personal presta servicios en la misma indicándose su nómina
antigüedad, antecedentes, remuneración y honorarios que percibe
cada uno.
Indique con claridad qué
norma administrativa creó esta área.
3. Si esta Delegación I
cumple idéntica tarea y funciones que la Coordinación de Entes
Liquidados.
4. Si se pagó al
Astillero Mestrina por el certificado final del buque tanque NAVENOR la
suma de pesos 5.408.498. Caso afirmativo adjuntar
fotocopias de todos los
antecedentes. De no haberse concretado el pago referido si se han
realizado trámites administrativos tendientes a su pago. Se deberán
adjuntar copias certificadas de los antecedentes del caso.
5. De haberse pagado
el mismo si estaba o no prescripto, teniendo en cuenta que el contrato
originario se firmó en el año 1981 y el pago se habría efectuado en el
año 2003, si se consultaron los antecedentes de la empresa y el
informe de auditoria que practicara la empresa "PRICE
WATERHOUSE".
6. De haberse
efectuado el pago, bajo qué denominación lo fue.
7. Si se realizó una
cesión a la compañía "DONATEL S.A." y en tal caso deberán
acompañarse todos los antecedentes que posea esa Secretaría
relacionados con la misma.
8. Si se analizaron los
antecedentes de la empresa mencionada.
9. Si se tuvo en
cuenta que debía pagar algún tipo de impuesto nacional por el hecho
de tratarse de una empresa extranjera.
10. Si se efectuó
consulta a la AFIP sobre el tipo de impuesto a percibir. Caso afirmativo
deberá adjuntarse copia autenticada del mismo.
11. Número de C.U.I.T.
de la mencionada sociedad. En caso de carecer del mismo razón por la
cual no se requirió la inscripción de la misma por ante la AFIP.
12. Si se requirió es
estatuto de esa sociedad. Deberá adjuntarse el mismo.
13. Deberá informarse
qué personas integran la sociedad.
14. Deberá
acompañarse la decisión administrativa 624/98.
15. Si se utilizó el
formulario habitual para tramitar el pago. Caso negativo por qué
razón.
16. Si el ex
Subsecretario Andrés Troha estaba autorizado para reconocer un pago
de pesos 5.408.498, de no ser así hasta qué monto estaba
autorizado.
17. En cuántos
expedientes autorizó el pago el ex Subsecretario Troha con formulario
de acto de requerimiento "ad hoc" y por qué razón.
18. Qué valuación se
realizó del buque FUEGUINO II.
19. Qué astillero
construyó la unidad.
20. Qué pagos se le
han efectuado y por qué monto referidos a la construcción de esa
unidad con posterioridad al año 2001.
21. Monto u oferta que
se obtuvo en la subasta del buque FUEGUINO II y estado actual del
trámite de aprobación.
22. Deberá
acompañarse copias certificadas de las resoluciones dónde se le
pudieran haber reconocido pagos a astilleros navales que hayan tenido
y/o tengan deuda con el Fondo Nacional de la Marina Mercante.
Deberán acompañarse copias certificadas de los antecedentes de cada
una de ellas.
23. Si el astillero
MESTRINA S.A. tiene deuda pendiente con el Fondo Nacional de la
Marina Mercante.
24. Si el astillero
mencionado tiene deuda pendiente de pago con la AFIP.
25. Deberá indicarse
las razones por la cuales el Sr. Secretario suscribió la resolución
favorable en el caso Meller. Si se basó en informe, indique quiénes los
suscribieron y/o inicialaron, y si dichos funcionarios aún prestan
servicios en la órbita de esa Secretaría. Si se informó al Poder
Ejecutivo Nacional de la resolución tomada.
26. Si en el referido
expediente emitió opinión la Coordinación de Entes Liquidados. Caso
negativo, razón por la cual no se requirió.
27. Monto de la
liquidación reconocida por esa Secretaría en el caso Meller, con
fundamento técnico de la misma, acompañándose copia
autenticada.
28. Quién archivó los
antecedentes del caso Meller, dónde y por orden de quién. Si se
archivaron en el lugar habitual.
29. Deberá indicarse, si
así fuera la razón por la cual en el expediente Meller figuraría en su
carátula fecha de inicio el 15/01/96, cuando en las notas interiores se
consignaría haber comenzado el 28/06/95.
30. Si en el expediente
8946 la empresa Meller cobró más de pesos 3 millones en un cheque
del Banco de La Pampa. Fundamento del pago.
31. Deberá
acompañarse la nómina de expedientes cuyos reclamos resulte
superior a pesos 100 mil y que tramiten en la Coordinación de Entes
Liquidados.
32. Deberá
acompañarse la nómina de expedientes que tramiten en la
DELEGACIÓN I consignándose fecha de inicio y sus respectivos
montos.
33. Deberá indicar la
demora actual que tienen los expedientes en trámite en la
Coordinación de Entes Liquidados.
34. De existir demora
explicar las causas y medidas adoptadas para paliarlas.
35. Qué cantidad de
expedientes se han iniciados por multas o astreintes a raíz de la
demora de trámites, indicándose perjuicio fiscal.
36. Por qué
dependencia tramitó el expediente referido al pago al grupo Greco.
Para el supuesto caso que no hubiera sido la Coordinación de Entes
Liquidados deberá indicarse cuál fue la razón para que este organismo
no interviniera en la tramitación del expediente, y si es normal que la
Coordinación no intervenga en este tipo de reclamos.
37. Qué funcionario
suscribió los formularios de requerimiento de pago en el caso Greco y
qué formularios se usaron para la aprobación del pago, si fueron lo
denominados "ad hoc". Que montos globales se abonaron a los
acreedores del grupo Greco desde que este fuera tomado por el
Estado Nacional. Y qué montos se abonaron desde que este grupo
entró en liquidación. Qué funcionarios suscribieron en su caso los
formularios de requerimiento de pago.
38. Si antes de
concretarse los pagos a los requirentes se solicita que el acreedor
acredite estar al día con sus obligaciones impositivas.
39. Si se han realizado
pagos sin la intervención de la Coordinación de Entes Liquidados,
indicándose cada caso y el monto pagado por el Estado Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En agosto de 2004
solicitamos informes sobre la actividad de la Secretaría Legal y
Administrativa del Ministerio de Economía y Producción de la Nación
(proyecto de resolución 5274-D-04), que girado a la Comisión de
Presupuesto y Hacienda no fue tratado durante ese período legislativo.
En marzo de 2005 insistimos con el pedido (proyecto de resolución 69-
D-05) el que girado nuevamente a la mencionada comisión tampoco
mereció tratamiento.
Pedíamos,
concretamente, poner en foco la actividad de la Secretaría Legal y
Administrativa a cargo por entonces del Sr. Eduardo Ángel Pérez, bajo
la gestión ministerial del Dr. Roberto Lavagna, porque circulaban
versiones que generaban inquietud respecto de los trámites que desde
allí se llevaban adelante. Optamos por el prudente camino del pedido
de informes puntualizado el que como dijimos no logramos que fuera
considerado, pese a nuestra insistencia.
El área en cuestión tiene
a su cargo la aprobación de los créditos que se reclaman al Estado
Nacional con origen en empresas liquidadas, encontrándose entre sus
funciones el pago de los créditos consolidados. Le corresponde
estudiar las causas, revisar y aprobar liquidaciones, conformando la
documentación respaldatoria del crédito.
En los mencionados
pedidos de informes solicitábamos aclaraciones respecto de trámites y
pagos autorizados con intervención de la citada Secretaría. Hoy, a más
de dos años de la primer solicitud de informes la opinión pública se ve
sorprendida por el denominado caso "Greco" donde la Secretaría de
marras ha tenido una participación decisiva. Las irregularidades de
todo tipo que presenta este asunto amenaza con convertirse en una
ciénaga
capaz de tragarse una
cantidad de funcionarios pasados y presentes. Todo ello actualiza la
preocupación que motivó el pedido de informes original, el que se
reproduce en esta oportunidad en lo esencial, agregando puntos
referidos específicamente al caso Greco. Respecto de este digamos
aquí solamente que el 11 de agosto de 2005 se homologó un acuerdo
entre el Estado y el grupo Greco por el cual se reconoció a los
herederos una indemnización de 332 millones de pesos que en la
actualidad ascendería a 587 millones (sólo sabe Dios por qué camino
se arribó a ambas cifras), cantidad que no incluyó las deudas del grupo
con el Estado, las que ascenderían a 164 millones. No obstante ello se
envía al Congreso el pedido de autorización para emitir deuda para
cancelar entre otros este presunto pasivo, y pese a las advertencias,
hoy conocidas del Director de Administración de Deuda Pública, con el
conforme del Director Nacional de Crédito Público y del Subsecretario
de Financiamiento a la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía
para que no se proceda al pago sin verificar la liquidación (memorando
59/06 de 10 de octubre de 2006); se permite el tratamiento en la
Cámara de Diputados donde se aprueba, estallando el escándalo en el
Senado. La votación en Diputados arrojó 123 votos a favor, 33 en
contra y 5 abstenciones, vale decir que no todos los diputados
acompañaron la ley de ampliación del cupo de endeudamiento por
1.300 millones de pesos en cuestión. En la sesión del 29/11/06 fueron
voceros de la disidencia los Diputados María América González, Claudio
Lozano y Claudio Poggi, este último en representación del interbloque
Provincias Unidas que integramos. Al respecto Poggi, entre otras
consideraciones señaló "Que más de la mitad de este pedido de
incremento de emisión de deuda- aproximadamente 710 millones de
pesos de los 1300 para los que se solicita autorización- corresponde a
lo que el propio Poder Ejecutivo Nacional menciona en los
fundamentos del proyecto como "Deuda con Proveedores". En
consecuencia, deberíamos preguntarnos de qué tipo de deudas a
proveedores estamos hablando"... "Por estos motivos, permítannos
sospechar sobre la legitimidad de esas deudas, que ahora se
pretenden cancelar con títulos de las deuda pública". (Ver versión
taquigráfica).
Está claro ahora que no
se trataba de la cancelación de "deudas con proveedores" sino del
pago de casi 600 millones a los herederos del grupo. Está claro
también, que los señores diputados fueron sorprendidos en su buena
fe, pero hubo algunos que algo sospecharon y votaron en contra o se
abstuvieron, salvando en algo, si cabe, al Cuerpo del papelón al que se
lo expuso.
En este punto
permítasenos pensar que de haberse aprobado el pedido de informes,
tal vez, el caso Greco podría haberse evitado. Un pedido de informes
aprobado siempre constituye un llamado de atención porque deja en el
funcionario la sensación de estar observado de cerca, y tal vez, y sólo
tal vez, no se habilite para nuevas irregularidades. No obstante ello,
aún sin tratamiento entendemos que la solicitud de informes debió ser
conocida por la autoridad ministerial, porque amén de encontrarse en
manos de representantes parlamentarios del Gobierno en la Comisión
de Presupuesto, alcanzaron alguna difusión periodística y nada de ello
sirvió hasta que por esas cosas del destino el caso Greco quedó a la
luz, esta vez con la Dra Felisa Micelli como Ministro y la Cra Estela
Adriana Palomeque como Secretaria Legal y Administrativa.
Finalmente corresponde
preguntarse por qué se suceden los Ministros de Economía y otros
funcionarios y las cosas que empiezan mal en una gestión terminan del
mismo modo en la siguiente. En definitiva por qué no existe capacidad
de rectificación.
Es por lo antedicho que se
solicita la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DELLEPIANE, CARLOS FRANCISCO | BUENOS AIRES | FRENTE POPULAR BONAERENSE |
FRANCO, HUGO ALBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE POPULAR BONAERENSE |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 25/04/2007 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA (AFIRMATIVA) | 09/05/2007 |