PROYECTO DE TP
Expediente 1025-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE REALIZAR LA CONSTRUCCION DE 15 ESCUELAS EN LA PROVINCIA DE CORRIENTES EN EL MARCO DEL "PROGRAMA MAS ESCUELAS II".
Fecha: 19/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través de los organismos que correspondan, instrumente las
medidas necesarias a fin de realizar la construcción de 15 escuelas (quince
escuelas) en la Provincia de Corrientes, y destinar de estas, 2 escuelas (dos
escuelas) para la Ciudad de Gobernador Virasoro, de acuerdo al Programa Más
Escuelas II.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como continuación de los planes "700
Escuelas" y "Más Escuelas", en el año del Bicentenario, se pone en marcha el
plan "Más Escuelas II". Está planificada la construcción de 410 nuevos
establecimientos educativos, por un monto total de inversión de $1.100
millones.
El Plan, llevado adelante por el
Gobierno Nacional a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios de la Nación, prevé en una primera etapa la construcción de
223 escuelas en todo el país, que permitirán a 140.000 alumnos contar con
establecimientos aptos, donde se les pueda brindar una educación digna,
herramienta fundamental que el futuro exige para un desarrollo en igualdad de
oportunidades.
La Educación Pública es el principal
instrumento para acortar brechas sociales. Han pasado 5 años desde la sanción
de la ley de financiamiento educativo, permaneciendo aún como deuda con la
sociedad proveer una educación pública de calidad y que permita erradicar la
desigualdad existente.
Aunque el presupuesto educativo
aumentó, no ha sido suficiente para cerrar la brecha formativa entre alumnos de
clase alta y lo de clases más bajas. Ésta continúa siendo muy alta y la provincia
de Corrientes no escapa a esta realidad. Esto adquiere aún mayor relevancia si
consideramos que esta Provincia junto al resto de las integrantes del Noreste
Argentino, son de las más pobres del País.
A su vez, es imprescindible recordar
que el Derecho a la Educación se encuentra garantizado en nuestra Constitución
Nacional en su artículo Nº 14 desde el mismo momento en que fue sancionada en
el año 1853. Este derecho jamás fue puesto en duda ni fue separado de los
preceptos fundamentales que dieron origen a nuestro país como Nación en
ninguna de las reformas posteriores
Es por todo lo expuesto, Sr.
Presidente que solicitamos la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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EDUCACION (Primera Competencia) |