PROYECTO DE TP
Expediente 1008-D-2016
Sumario: DECLARAR EMERGENCIA OCUPACIONAL EN MATERIA DE EMPLEO.
Fecha: 29/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: Declárese la
Emergencia Ocupacional en materia de empleo.
Artículo 2: Prohíbase en
todo el territorio de la Republica Argentina, por el plazo de DOCE (12)
meses, los despidos sin justa causa.
Artículo 3: En caso de
producirse despidos, en contradicción a lo aquí dispuesto, los empleadores
deberán abonar a los trabajadores despedidos, la indemnización que les
correspondiese de conformidad a la ley vigente, con más un incremento
equivalente al CIENTO CINCUENTA PORCIENTO (150%).
Artículo 4: Esta normativa se
aplicara a todos los trabajadores, sin importar la modalidad contractual, ni la
fecha de ingreso al empleo.
Artículo 5: La presente ley,
comenzara a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial.
Artículo 6: De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sr. Presidente.
Por medio del presente proyecto
de ley; venimos a proponer la declaración de la emergencia ocupacional por
un período de 12 meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Es de público conocimiento que
en los últimos meses; la estabilidad laboral ha sufrido numerosos golpes y que
en demasiadas actividades los empleadores piensan, como primera y única
alternativa de solución a sus problemas coyunturales, la reducción del
número de trabajadores que tienen empleados.
La retracción en el nivel de
actividad económica que sufrimos desde hace varios meses, junto al
recrudecimiento de mayores índices inflacionarios; resultan en una
combinación explosiva que golpea a todos, pero más aún a la clase
trabajadora.
El planteo de un suplemento del
150% a la indemnización que correspondiera por ley en los despidos sin
causa, es solamente un paliativo que busca hacer un poco menos penosa la
traumática situación a que debería enfrentarse un trabajador despedido en la
situación planteada.
Señor presidente, estamos
convencidos que los altos niveles de empleo garantizan, no solo la estabilidad
social, sino también la económica que todos queremos alcanzar y es nuestra
obligación brindar las herramientas que permitan mantener el pleno
empleo.
Sabemos que las políticas
laborales y la tan ansiada justicia social no se alcanzan solo con agravar el
costo de las indemnizaciones, pero creo que sirve para frenar esta ola de
despidos arbitrarios que nos viene castigando estos últimos meses.
Tampoco logramos ninguna
conquista frenando los despidos a partir de la sanción de esta ley, pero no
debemos olvidar la gravedad de la situación en que nos encontramos, ya que
varios estudios realizados por consultoras privadas, organizaciones sindicales,
ONG, etc. nos han informado que en los últimos seis meses se llevaron a cabo
más de 20.000 despidos sin causa, por lo tanto y basándonos en el sistema de
solidaridad que nos caracteriza, debemos trabajar inmediatamente en la
reincorporación de quienes perdieron su empleo en meses el período
mencionado.
Este problema no es el único que
tenemos, pero creemos que es el mas importante no solo porque el empleo es
una legítima fuente de ingreso, sino que es el principal ordenador social. Es a
través del trabajo con el que se logra el bienestar social y familiar,
constituyendo un elemento indispensable para la movilidad social ascendente
y para mejorar las condiciones de vida.
El empleo tiene la capacidad de
otorgar identidad y pertenencia a un colectivo que esta vinculado a la
actividad laboral que se desarrolla y permite tener un anclaje identitario que
otorga filiación (Organizaciones sindicales, Cámaras profesionales, Colegio
de profesionales, etc.).
Creemos que el trabajo es un
derecho en su mismo, pero a su vez es un canalizador y facilitador de otros
derechos que permiten efectivizarse a través de una actividad laboral y
constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana.
"El trabajo y
el empleo hacen a la inclusión social, al capital social, al prestigio que esos
lugares adjudican y por los que se valora a las personas, constituyen parte de
la construcción de la subjetividad de la propia imagen y de la
autoestima"
Por lo elementos expuestos y
otros que oportunamente dare, solicitamos a nuestros pares que nos
acompañen en esta iniciativa, a fin de ayudar a proteger las fuentes de trabajo
y evitar futuros despidos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROBERTI, ALBERTO OSCAR | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/04/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria |
11/05/2016 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad s/mod con un Dict de Mayoria con el texto del H.Senado c7dis y 4 dict de minoria incorpora proyectos de diputados |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0109/2016 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 | DICTAMEN DE MAYORIA: ACONSEJA LA APROBACION DEL PROYECTO VENIDO EN REVISION, CON UNA DISIDENCIA PARCIAL; CINCO DICTAMENES DE MINORIA: 4 CON MODIFICACIONES, UNO ACONSEJA EL RECHAZO DEL PROYECTO DE LEY VENIDO EN REVISION | 16/05/2016 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | MOCION SOBRE TABLAS PLAN DE LABOR (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 | 18/05/2016 | |
Diputados | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 | 18/05/2016 | SANCIONADO |
Diputados | INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 | 18/05/2016 | |
Senado | COMUNICACION DEL DECRETO 701/2016 del 20/05/2016 DE VETO TOTAL Y DEVOLUCION DEL PROYECTO SANCIONADO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 |