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PROYECTO DE TP


Expediente 1008-D-2016
Sumario: DECLARAR EMERGENCIA OCUPACIONAL EN MATERIA DE EMPLEO.
Fecha: 29/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1: Declárese la Emergencia Ocupacional en materia de empleo.
Artículo 2: Prohíbase en todo el territorio de la Republica Argentina, por el plazo de DOCE (12) meses, los despidos sin justa causa.
Artículo 3: En caso de producirse despidos, en contradicción a lo aquí dispuesto, los empleadores deberán abonar a los trabajadores despedidos, la indemnización que les correspondiese de conformidad a la ley vigente, con más un incremento equivalente al CIENTO CINCUENTA PORCIENTO (150%).
Artículo 4: Esta normativa se aplicara a todos los trabajadores, sin importar la modalidad contractual, ni la fecha de ingreso al empleo.
Artículo 5: La presente ley, comenzara a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 6: De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sr. Presidente.
Por medio del presente proyecto de ley; venimos a proponer la declaración de la emergencia ocupacional por un período de 12 meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Es de público conocimiento que en los últimos meses; la estabilidad laboral ha sufrido numerosos golpes y que en demasiadas actividades los empleadores piensan, como primera y única alternativa de solución a sus problemas coyunturales, la reducción del número de trabajadores que tienen empleados.
La retracción en el nivel de actividad económica que sufrimos desde hace varios meses, junto al recrudecimiento de mayores índices inflacionarios; resultan en una combinación explosiva que golpea a todos, pero más aún a la clase trabajadora.
El planteo de un suplemento del 150% a la indemnización que correspondiera por ley en los despidos sin causa, es solamente un paliativo que busca hacer un poco menos penosa la traumática situación a que debería enfrentarse un trabajador despedido en la situación planteada.
Señor presidente, estamos convencidos que los altos niveles de empleo garantizan, no solo la estabilidad social, sino también la económica que todos queremos alcanzar y es nuestra obligación brindar las herramientas que permitan mantener el pleno empleo.
Sabemos que las políticas laborales y la tan ansiada justicia social no se alcanzan solo con agravar el costo de las indemnizaciones, pero creo que sirve para frenar esta ola de despidos arbitrarios que nos viene castigando estos últimos meses.
Tampoco logramos ninguna conquista frenando los despidos a partir de la sanción de esta ley, pero no debemos olvidar la gravedad de la situación en que nos encontramos, ya que varios estudios realizados por consultoras privadas, organizaciones sindicales, ONG, etc. nos han informado que en los últimos seis meses se llevaron a cabo más de 20.000 despidos sin causa, por lo tanto y basándonos en el sistema de solidaridad que nos caracteriza, debemos trabajar inmediatamente en la reincorporación de quienes perdieron su empleo en meses el período mencionado.
Este problema no es el único que tenemos, pero creemos que es el mas importante no solo porque el empleo es una legítima fuente de ingreso, sino que es el principal ordenador social. Es a través del trabajo con el que se logra el bienestar social y familiar, constituyendo un elemento indispensable para la movilidad social ascendente y para mejorar las condiciones de vida.
El empleo tiene la capacidad de otorgar identidad y pertenencia a un colectivo que esta vinculado a la actividad laboral que se desarrolla y permite tener un anclaje identitario que otorga filiación (Organizaciones sindicales, Cámaras profesionales, Colegio de profesionales, etc.).
Creemos que el trabajo es un derecho en su mismo, pero a su vez es un canalizador y facilitador de otros derechos que permiten efectivizarse a través de una actividad laboral y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana.
"El trabajo y el empleo hacen a la inclusión social, al capital social, al prestigio que esos lugares adjudican y por los que se valora a las personas, constituyen parte de la construcción de la subjetividad de la propia imagen y de la autoestima"
Por lo elementos expuestos y otros que oportunamente dare, solicitamos a nuestros pares que nos acompañen en esta iniciativa, a fin de ayudar a proteger las fuentes de trabajo y evitar futuros despidos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROBERTI, ALBERTO OSCAR BUENOS AIRES JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/04/2016 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria
11/05/2016 DICTAMEN Aprobado por unanimidad s/mod con un Dict de Mayoria con el texto del H.Senado c7dis y 4 dict de minoria incorpora proyectos de diputados
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0109/2016 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 DICTAMEN DE MAYORIA: ACONSEJA LA APROBACION DEL PROYECTO VENIDO EN REVISION, CON UNA DISIDENCIA PARCIAL; CINCO DICTAMENES DE MINORIA: 4 CON MODIFICACIONES, UNO ACONSEJA EL RECHAZO DEL PROYECTO DE LEY VENIDO EN REVISION 16/05/2016
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION SOBRE TABLAS PLAN DE LABOR (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 18/05/2016
Diputados CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 18/05/2016 SANCIONADO
Diputados INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016 18/05/2016
Senado COMUNICACION DEL DECRETO 701/2016 del 20/05/2016 DE VETO TOTAL Y DEVOLUCION DEL PROYECTO SANCIONADO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 6548-D-2015, 0206-D-2016, 0222-D-2016, 1008-D-2016, 1029-D-2016, 1378-D-2016, 1799-D-2016, 0007-S-2016, 1078-S-2016 y 2302-D-2016