PROYECTO DE TP
Expediente 10021-D-2014
Sumario: COMISION INVESTIGADORA DE CARACTER SECRETO A FIN DE DETECTAR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA RESPECTO DE DIRIGENTES POLITICOS, REFERENTES SOCIALES, O RELIGIOSOS Y PERIODISTAS SIN ORDEN JUDICIAL, POR PARTE DE MIEMBROS DE LA SIDE, SU CONTINUADORA, SI, Y OTROS ORGANISMOS DE INTELIGENCIA DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD DEPENDIENTES DEL ESTADO NACIONAL. CREACION EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO.
Fecha: 24/02/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 198
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1.- Créase en el ámbito
del Congreso de la Nación una Comisión Investigadora de carácter secreto, a fin
de detectar la realización de actividades de inteligencia respecto de dirigentes
políticos, referentes sociales o religiosos y periodistas sin orden judicial, por parte
de miembros de la SIDE, su continuadora, SI, y otros organismos de inteligencia
de las fuerzas armadas y de seguridad dependientes del Estado Nacional, entre el
periodo comprendido entre el 1 de Diciembre del 2001 y el 18 de Enero de
2015.
ARTÍCULO 2.- La Comisión
Investigadora estará compuesta por ocho (8) diputados y (8) ocho senadores
nacionales designados por los presidentes de ambas cámaras, de tal manera que
queden representados en su composición los cinco bloques mayoritarios de
ambas Cámaras.
ARTÍCULO 3.- La Comisión estará
presidida por un miembro que no pertenezca al bloque oficialista elegido por
mayoría absoluta de los miembros que la integran. Será acompañado en su
gestión por un vicepresidente con facultades de sustituirlo en caso de ausencia
transitoria.
ARTÍCULO 4.- El quorum de la
Comisión se conforma con la simple mayoría de la totalidad de sus miembros. Las
decisiones de adoptan por simple mayoría de los presentes.
ARTÍCULO 5.- Procédase a la
desclasificación por razones de protección del Sistema Democrático y sus
instituciones fundamentales, de la totalidad de la documentación en soporte digital
o impreso, referida a inteligencia interior respecto de dirigentes políticos,
referentes sociales, referentes religiosos o periodistas, que obren en todas sus
áreas, archivos o dependencias, debiéndose indicar el funcionario responsable de
cada operativo o investigación, así como la totalidad de agentes involucrados,
incluso aquellos que funcionaren en carácter de encubiertos.
ARTÍCULO 6.- A fin de facilitar las
misiones y funciones de la Comisión, las personas que sospecharen haber sido
víctimas de acciones de inteligencia ilegal podrán suministrar sus datos
personales a fin de que la Presidencia elabore una lista de presuntos afectados, la
cual será remitida a las máximas autoridades de los organismos de
inteligencia.
ARTÍCULO 7.- La autoridades
jerárquicas máximas de los organismos de inteligencia serán responsables de la
remisión de toda la documentación, legajos de los funcionarios sin distinción de
grados y situación de revista permanente o transitoria, y toda documentación que
le fuera requerida, en condiciones de seguridad a fin de preservar la
confidencialidad del procedimiento.
ARTÍCULO 8.- La Presidencia de
la Comisión Investigadora deberá formular en forma inmediata denuncia ante la
autoridad judicial competente, frente a la constatación de hechos u omisiones
que pudieren constituir delito, aún antes de presentar su informe final.
ARTÍCULO 9.- El funcionario o
agente que no concurriere a prestar testimonio ante la Comisión Investigadora
incurrirá en falta grave pudiendo ello dar causa suficiente a su cesantía, sin
perjuicio de su responsabilidad civil y penal. La obediencia debida no podrá ser
invocada como eximente de responsabilidad.
ARTÍCULO 10.- La Comisión
dictará su propio reglamento y fijará su cronograma de actuación.
ARTÍCULO 11.- La Comisión
deberá elaborar un informe completo de carácter reservado sobre el resultado de
su trabajo, dentro de los 180 (ciento ochenta días) contados a partir de su
constitución.
ARTÍCULO 12.- La Comisión
tendrá un presupuesto para su funcionamiento que se imputará al presupuesto de
cada Cámara, la cual podrá realizar todas las modificaciones presupuestarias
necesarias en razón de la necesidad y urgencia del control que demanda el
respeto por el sistema democrático y la plena vigencia de los derechos
humanos.
ARTÍCULO 13°.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mientras toma estado público la
decisión de nuestra Presidenta de reformar la ley de inteligencia, sin cambiar en lo
sustancial un sistema que permite realizar el espionaje a jueces, fiscales,
periodistas, y todo aquel que sea requerido por decisiones tomadas por los
propios funcionarios del sistema de inteligencia, el pueblo escucha sin
comprender la magnitud de los vínculos políticos y connivencias de todo tipo que
permitieron en estos años encubrir el mayor atentado terrorista contra población
civil en nuestro país, así como "utilizar" información personal de personas no
sometidas a proceso penal para armar operaciones de desprestigio con fines
electoralistas.
Más de veinte años desde ese terrible
atentado, y nadie sabe qué pasó, al igual que ocurre con la muerte del Fiscal
Nisman que llevaba adelante la investigación con aciertos o no, quien encontró
muerte un día antes de exponer su denuncia contra funcionarios oficiales ante
este Congreso Nacional por presunto encubrimiento de los autores del hecho.
La incertidumbre se acrecienta cuando
no se profundizan ninguno de los temas, cuando los delitos no se investigan ni se
juzgan a los culpables, y hechos de tremenda magnitud social, solo se debaten
superficialmente ante las Cámaras de televisión.
En un mar de fuegos cruzados y
denuncias de todo tipo, donde la Secretaría de Inteligencia salta a la luz como un
semillero de operaciones falsas y de seguimientos ilegales, es preciso encontrar
un espacio institucional donde se averigüe realmente qué pasó, y en qué nivel de
ilicitud se manejan en nuestro país nuestros centros de inteligencia.
Para ello, proponemos la creación en el
marco del Honorable Congreso de la Nación de una Comisión Investigadora de
carácter Secreta compuesta por los bloques mayoritarios a fin de poder evaluar la
ilicitud del comportamiento de las fuerzas que han integrado el Sistema de
Inteligencia Nacional y que han realizado espionaje a periodistas, referentes
sociales y políticos. No podemos discutir una reforma a la ley de inteligencia sin
saber con claridad que ocurre en ese bastión de poder que se nos presenta como
un aparataje desconocido, impenetrable y escabroso que es usado para encubrir
delitos y no para tomar decisiones de inteligencia .
Espero que los Sres. Diputados
puedan acompañarme con esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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