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PROYECTO DE TP


Expediente 10021-D-2014
Sumario: COMISION INVESTIGADORA DE CARACTER SECRETO A FIN DE DETECTAR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA RESPECTO DE DIRIGENTES POLITICOS, REFERENTES SOCIALES, O RELIGIOSOS Y PERIODISTAS SIN ORDEN JUDICIAL, POR PARTE DE MIEMBROS DE LA SIDE, SU CONTINUADORA, SI, Y OTROS ORGANISMOS DE INTELIGENCIA DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD DEPENDIENTES DEL ESTADO NACIONAL. CREACION EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO.
Fecha: 24/02/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 198
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1.- Créase en el ámbito del Congreso de la Nación una Comisión Investigadora de carácter secreto, a fin de detectar la realización de actividades de inteligencia respecto de dirigentes políticos, referentes sociales o religiosos y periodistas sin orden judicial, por parte de miembros de la SIDE, su continuadora, SI, y otros organismos de inteligencia de las fuerzas armadas y de seguridad dependientes del Estado Nacional, entre el periodo comprendido entre el 1 de Diciembre del 2001 y el 18 de Enero de 2015.
ARTÍCULO 2.- La Comisión Investigadora estará compuesta por ocho (8) diputados y (8) ocho senadores nacionales designados por los presidentes de ambas cámaras, de tal manera que queden representados en su composición los cinco bloques mayoritarios de ambas Cámaras.
ARTÍCULO 3.- La Comisión estará presidida por un miembro que no pertenezca al bloque oficialista elegido por mayoría absoluta de los miembros que la integran. Será acompañado en su gestión por un vicepresidente con facultades de sustituirlo en caso de ausencia transitoria.
ARTÍCULO 4.- El quorum de la Comisión se conforma con la simple mayoría de la totalidad de sus miembros. Las decisiones de adoptan por simple mayoría de los presentes.
ARTÍCULO 5.- Procédase a la desclasificación por razones de protección del Sistema Democrático y sus instituciones fundamentales, de la totalidad de la documentación en soporte digital o impreso, referida a inteligencia interior respecto de dirigentes políticos, referentes sociales, referentes religiosos o periodistas, que obren en todas sus áreas, archivos o dependencias, debiéndose indicar el funcionario responsable de cada operativo o investigación, así como la totalidad de agentes involucrados, incluso aquellos que funcionaren en carácter de encubiertos.
ARTÍCULO 6.- A fin de facilitar las misiones y funciones de la Comisión, las personas que sospecharen haber sido víctimas de acciones de inteligencia ilegal podrán suministrar sus datos personales a fin de que la Presidencia elabore una lista de presuntos afectados, la cual será remitida a las máximas autoridades de los organismos de inteligencia.
ARTÍCULO 7.- La autoridades jerárquicas máximas de los organismos de inteligencia serán responsables de la remisión de toda la documentación, legajos de los funcionarios sin distinción de grados y situación de revista permanente o transitoria, y toda documentación que le fuera requerida, en condiciones de seguridad a fin de preservar la confidencialidad del procedimiento.
ARTÍCULO 8.- La Presidencia de la Comisión Investigadora deberá formular en forma inmediata denuncia ante la autoridad judicial competente, frente a la constatación de hechos u omisiones que pudieren constituir delito, aún antes de presentar su informe final.
ARTÍCULO 9.- El funcionario o agente que no concurriere a prestar testimonio ante la Comisión Investigadora incurrirá en falta grave pudiendo ello dar causa suficiente a su cesantía, sin perjuicio de su responsabilidad civil y penal. La obediencia debida no podrá ser invocada como eximente de responsabilidad.
ARTÍCULO 10.- La Comisión dictará su propio reglamento y fijará su cronograma de actuación.
ARTÍCULO 11.- La Comisión deberá elaborar un informe completo de carácter reservado sobre el resultado de su trabajo, dentro de los 180 (ciento ochenta días) contados a partir de su constitución.
ARTÍCULO 12.- La Comisión tendrá un presupuesto para su funcionamiento que se imputará al presupuesto de cada Cámara, la cual podrá realizar todas las modificaciones presupuestarias necesarias en razón de la necesidad y urgencia del control que demanda el respeto por el sistema democrático y la plena vigencia de los derechos humanos.
ARTÍCULO 13°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mientras toma estado público la decisión de nuestra Presidenta de reformar la ley de inteligencia, sin cambiar en lo sustancial un sistema que permite realizar el espionaje a jueces, fiscales, periodistas, y todo aquel que sea requerido por decisiones tomadas por los propios funcionarios del sistema de inteligencia, el pueblo escucha sin comprender la magnitud de los vínculos políticos y connivencias de todo tipo que permitieron en estos años encubrir el mayor atentado terrorista contra población civil en nuestro país, así como "utilizar" información personal de personas no sometidas a proceso penal para armar operaciones de desprestigio con fines electoralistas.
Más de veinte años desde ese terrible atentado, y nadie sabe qué pasó, al igual que ocurre con la muerte del Fiscal Nisman que llevaba adelante la investigación con aciertos o no, quien encontró muerte un día antes de exponer su denuncia contra funcionarios oficiales ante este Congreso Nacional por presunto encubrimiento de los autores del hecho.
La incertidumbre se acrecienta cuando no se profundizan ninguno de los temas, cuando los delitos no se investigan ni se juzgan a los culpables, y hechos de tremenda magnitud social, solo se debaten superficialmente ante las Cámaras de televisión.
En un mar de fuegos cruzados y denuncias de todo tipo, donde la Secretaría de Inteligencia salta a la luz como un semillero de operaciones falsas y de seguimientos ilegales, es preciso encontrar un espacio institucional donde se averigüe realmente qué pasó, y en qué nivel de ilicitud se manejan en nuestro país nuestros centros de inteligencia.
Para ello, proponemos la creación en el marco del Honorable Congreso de la Nación de una Comisión Investigadora de carácter Secreta compuesta por los bloques mayoritarios a fin de poder evaluar la ilicitud del comportamiento de las fuerzas que han integrado el Sistema de Inteligencia Nacional y que han realizado espionaje a periodistas, referentes sociales y políticos. No podemos discutir una reforma a la ley de inteligencia sin saber con claridad que ocurre en ese bastión de poder que se nos presenta como un aparataje desconocido, impenetrable y escabroso que es usado para encubrir delitos y no para tomar decisiones de inteligencia .
Espero que los Sres. Diputados puedan acompañarme con esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
SEGURIDAD INTERIOR
DEFENSA NACIONAL
PRESUPUESTO Y HACIENDA