PROYECTO DE TP
Expediente 1000-D-2013
Sumario: INCORPORACION COMO SUB INCISO G) DEL INCISO 2 DEL ARTICULO 186 DEL CODIGO PENAL DE LA NACION Y MODIFICACION DEL ARTICULO 189 DEL COGIDO PENAL DE LA NACION; RESPECTO AL AGRAVAMIENTO DE LA PENA DE INCENDIO COMETIDO EN FORMA INTENCIONAL.
Fecha: 18/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º.-
Incorporase como sub inciso g) del inciso 2º del artículo 186 del Código Penal,
el siguiente texto:
"ARTICULO 186. - El que causare incendio, explosión o
inundación, será reprimido:...2º Con reclusión o prisión de tres a diez
años el que causare incendio o destrucción por cualquier otro
medio:...g) De ecosistemas ubicados en Parques Nacionales o Áreas
Naturales Protegidas, que constituyan el hábitat de especies animales
en peligro de extinción o de flora amenazada, o altere
significativamente las condiciones de vida animal o vegetal."
ARTÍCULO 2º.-
Modificase el artículo 189 del Código Penal, el que quedará redactado de la
siguiente forma:
"ARTICULO 189. - Será reprimido con prisión de un mes a un
año, el que, por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o
profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas,
causare un incendio u otros estragos.
Si el
hecho u omisión culpable se cometiere en ecosistemas ubicados en
Parques Nacionales o Áreas Naturales Protegidas el máximo de la
pena podrá elevarse hasta tres años.
Si el
hecho u omisión culpable pusiere en peligro de muerte a alguna
persona o causare la muerte de alguna persona, el máximo de la pena
podrá elevarse hasta cinco años."
ARTÍCULO 3º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través de la presente iniciativa
se pretende agravar la pena de incendio cometido en forma intencional -
artículo 186- o por negligencia -artículo 189- en Parques Nacionales o Áreas
Naturales Protegidas.
La medida pretende poner en su
justo valor los ecosistemas protegidos por los Parques Nacionales,
amalgamando el interés de la sociedad en su tutela con una legislación penal
acorde. Existen iniciativas tratadas en los últimos años por el Honorable
Congreso, destinadas a proteger con mayor intensidad el ambiente en los
Parques Nacionales. La Ley Nº 26.389 -año 2008- prohibió la realización de
sobrevuelos en aeronaves impulsadas a motor, exceptuados los de las rutas
aéreas comerciales, militares y civiles que -dadas las características
geográficas, climáticas o proximidad de aeropuertos en la zona- no cuenten
con rutas alternativas, así como los destinados a operaciones de búsqueda y
rescate, combate de siniestros, siniestros, investigaciones científicas,
relevamientos técnicos y todos aquellos que guarden relación con las tareas
inherentes a su cuidado y administración.
Como antecedente puede citarse el
Código Penal español, que prevé un agravamiento cuando el incendio se
causare en un área natural protegida[1]. Asimismo, la República de Chile ha
aprobado recientemente una ley que incrementa las penas por incendios
forestales en Áreas Silvestres Protegidas[2].
Si bien el Código Penal no cuenta
aún con un cuerpo que aborde sistemáticamente los delitos ambientales,
incorporar medidas destinadas a tutelar los ecosistemas protegidos, contribuirá
a generar una mayor conciencia en la necesidad de su protección. Ello,
teniendo en cuenta que una gran mayoría de los Parques Nacionales y Áreas
Naturales Protegidas resultan ser centros receptivos del turismo masivo. Este
Congreso, tiene el deber de generar las condiciones para implementar un
turismo sustentable en estas regiones, toda vez que existe normas
constitucionales -artículos 41 y 75 inciso 18- que prevé el dictado de normas
infra-constitucionales destinadas al progreso armónico de la República.
Por las razones expuestas, solicito
a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.-
[1] Capítulo IV del Título XVI.
[2]
http://www.minagri.gov.cl/ministro-mayol-destaca-aprobacion-de-
modificaciones-que-aumentan-sanciones-a-causantes-de-incendios/
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0757-D-15 |