PROYECTO DE TP
Expediente 0989-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL ESTADO OPERATIVO ACTUAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL.
Fecha: 19/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
de la Republica Argentina, que a través de los órganos competentes, y
respetando el inciso 4, Art.33 de la Ley 25.520, brinde un informe
detallado sobre diversas cuestiones relacionadas con el estado
operativo actual de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal.
a) Informar el
presupuesto y correspondiente ejecución del área en los años fiscales
2004, 2005, 2006, 2007 y 2008.
b) Detallar la cantidad
de provincias que han remitido información de acuerdo al Art. 8 del
Decreto 950/2002, reglamentario de la Ley 25.520.
c) Informar con que
regularidad se realiza el envío de dicha información por parte de las
provincias.
d) Informar con que
regularidad el Servicio Penitenciario Federal envía información
pertinente a la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, de acuerdo
a la resolución 2369/2008 del Ministerio de Justicia, Seguridad y
Derechos Humanos.
e) Informar la cantidad
de personal afectado a la Dirección Nacional de Inteligencia
Criminal.
f) Informar el estado
operativo actual de la Red Unificada de Inteligencia Criminal.
g) Informar el grado
de cooperación con el resto de los componentes del Sistema de
Inteligencia Nacional -la Secretaría de Inteligencia y la Dirección
Nacional de Inteligencia Estratégica Militar.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
De acuerdo al la Ley
25520, Art.2, inciso 3, se entiende por Inteligencia Criminal a la parte
de la Inteligencia referida a las actividades criminales específicas que,
por su naturaleza, magnitud, consecuencias previsibles, peligrosidad o
modalidades, afecten la libertad, la vida, el patrimonio de los
habitantes, sus derechos y garantías y las instituciones del sistema
representativo, republicano y federal que establece la Constitución
Nacional.
Los grupos criminales
organizados que actúan en el territorio de la republica, no distinguen
fronteras interiores ni exteriores. En estas condiciones se torna
imprescindible la explotación de la inteligencia criminal no solo como
elemento de represión del delito, sino también como disuasor de las
actividades de los grupos criminales organizados.
Uno de los objetivos de la
criminalidad organizada reside en la producción y venta de drogas
ilegales. Es menester de este análisis recordar que en nuestro país, no
se han encontrado plantaciones considerables de marihuana ni
opiáceos. Tampoco es posible cultivar plantas de coca plausibles de ser
utilizadas en la producción de clorhidrato de cocaína. Sin embargo, de
acuerdo a un reciente informe de las Naciones Unidas, la Argentina es
el primer país
de América latina en
consumo de cocaína y el segundo de todo el continente, detrás de los
Estados Unidos.
Asimismo, el Ministerio de
Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ha informado a la
ciudadanía que en los primeros seis meses de 2008, el secuestro de
cocaína y "paco" en la Provincia de Buenos Aires se cuadriplicó en
relación a igual período de 2007. En este tiempo, la Policía incautó
1.153 kilos de cocaína, mientras que el año pasado habían sido 262
kilos. Y las dosis de paco decomisadas fueron 35.035, contra 7.822 del
primer semestre anterior.
El reciente descubrimiento
de operaciones de importantes "carteles de la droga" en nuestro país,
tal como es el caso del Cartel de Sinaola , El Cartel de la Cordillera y el
Cartel Peruano, confirman este crecimiento del narcotráfico en nuestro
país. Las ejecuciones de ciudadanos Colombianos por parte de sicarios,
confirman esto último.
Similar es la importancia de la información contra el terrorismo
internacional. En 1992 y 1994 nuestro país fue victima de sendos
ataques del terrorismo internacional que provoco la muerte de decenas
de ciudadanos argentinos tras la detonación de explosivos. En 2001, el
terrorismo internacional demostró, tras el ataque a las Torres Gemelas
y el Pentágono, que la utilización de medios aéreos podía ser otro de
los medios mediante los cuales realizar ataques.
De acuerdo a la Ley
25.520 de 2001, Art.9, se crea la Dirección Nacional de Inteligencia
Criminal, la cual tiene como función primordial la producción de
Inteligencia Criminal. Sin perjuicio de lo anterior, la realidad expuesta
inobjetablemente por lo medios de comunicación nacionales, indicaría
que no se están realizando todos los esfuerzos necesarios para
combatir este flagelo que afecta seriamente el monopolio estatal de la
fuerza dentro de su territorio, condición básica sin la cual se ve
afectada seriamente la soberanía nacional.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BURZACO, EUGENIO | BUENOS AIRES | PRO |
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | UNION CELESTE Y BLANCO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |