PROYECTO DE TP
Expediente 0976-D-2015
Sumario: DIVERSOS DEPARTAMENTOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS. SE LOS DECLARA ZONA DE DESASTRE Y EMERGENCIA ECONOMICA Y SOCIAL POR CIENTO OCHENTA - 180 - DIAS COMO CONSECUENCIA DE LAS FUERTES PRECIPITACIONES.
Fecha: 17/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
El Senado y Cámara de Diputados...
DECLARACIÓN DE ZONA DE
EMERGENCIA Y DESASTRE POR INUNDACIONES EN LA PROVINCIA DE SAN
LUIS
El Senado y
la Cámara de Diputados de la
Nación
sancionan con fuerza de ley
Art. 1°: Declárese zona de desastre
y emergencia económica y social por ciento ochenta (180) días a los
Departamentos Ayacucho, Chacabuco, Junín y San Martín de la Provincia de San
Luis, afectados por las fuertes precipitaciones y anegamientos acaecidos desde
el mes de febrero pasado.
Art. 2°: Créase en el ámbito del
Ministerio del Interior y Transporte de la Nación un Fondo Especial para la
reparación y asistencia a los damnificados por los daños y pérdidas ocurridas en
las zonas afectadas por el fenómeno climático. Dicho fondo, que se integrará
con una partida presupuestaria especial reasignada dentro de la Ley de
Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2015, tendrá
por objetivo el financiamiento de un régimen de reparación excepcional
destinado a atender los menoscabos padecidos en las áreas comprendidas en la
declaración de zona de desastre, y que comprenda los daños habitacionales, de
infraestructura y sanitarios.
Art. 3°: El Poder Ejecutivo
Nacional, en coordinación con el gobierno provincial y las autoridades de los
municipios y comunas afectadas, instrumentará los mecanismos necesarios para
fijar los objetivos, prioridades, y metodología de distribución de los recursos
asignados.
Art. 4°: Facúltese al Poder
Ejecutivo Nacional a instrumentar, a través de la Administración Nacional de la
Seguridad Social (ANSES) y la Administración Federal de Ingresos Públicos
(AFIP), planes de pago especiales, quitas y/o condonaciones a los
contribuyentes comprendidos en la zona declarada de desastre.
Art. 5°: Invítese al Gobierno de la
Provincia de San Luis a tomar medidas similares a las mencionadas en el
artículo anterior, respecto de las tasas e impuestos provinciales.
Art. 6°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las inundaciones que padecieron
en febrero de 2015 varias provincias, entre ellas la de San Luis, han causado
daños extraordinarios.
El daño es enorme en Leandro N.
Alem, Quines, Luján, Los Corrales y San Francisco del Monte de Oro del
Departamento Ayacucho, Renca, Tilisarao, Concarán y San Pablo del
Departamento Chacabuco, La Isla, Los Peros, Santa Rosa del Conlara, Lafinur y
Los Cajones del Departamento Junín, Las Chacras y San Martín del
Departamento del mismo nombre, entre muchos otras localidades y parajes de
San Luis.
Plantas potabilizadoras literalmente
enterradas en las piedras y el barro, barrios enteros evacuados, casas
irreversiblemente dañadas y en algunos lugares arrasadas hasta sus cimientos,
centenares de familias con pérdidas totales de sus pertenencias. Las lluvias y
desbordes de diques han arrasado sembradíos completos y tambos con todos
sus animales, dañado todo tipo de emprendimiento de ganadería, cría de cerdos
y caprinos, arruinado maquinarias y cercos, todo lo cual genera un daño
inmediato, más una pérdida que al tiempo dificultará el pago de impuestos y
demás insumos para sostener la línea productiva.
Dentro de los daños que podríamos
reparar los hay de todo tipo: habitacionales, sanitarios, económicos, escolares,
hídricos, sociales en general, y
productivos. Es preciso que los
pobladores de zonas rurales y urbanas, así como los productores, dispongan con
urgencia de subsidios y ayudas directas, y garantizar la rápida reposición de los
servicios públicos y asistencias sociales del caso.
Hemos tomado conocimiento que
en el Senado de la Nación se habría aprobado un proyecto que atiende esta
emergencia para otras provincias del centro del país, y algunos departamentos
de San Luis, pero no comprende la totalidad de las zonas afectadas.
Es por ello que es imperiosa la
consideración de este proyecto, e invito a los Señores Legisladores a acompañar
la iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
BARLETTA, MARIO DOMINGO | SANTA FE | UCR |
SEMHAN, MARIA DE LAS MERCEDES | CORRIENTES | ENCUENTRO POR CORRIENTES |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARLETTA MARIO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SEMHAN MARIA (A SUS ANTECEDENTES) |