PROYECTO DE TP
Expediente 0976-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA PREVENIR Y ERRADICAR EL TRABAJO ESCLAVO.
Fecha: 17/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, informe a través de los
organismos correspondientes, acerca de los siguientes puntos:
1. Qué medidas se han adoptado e implementado
por parte de las autoridades laborales nacionales para prevenir y erradicar el trabajo esclavo en
nuestro país a fin de lograr el cumplimiento de las normas laborales y de la seguridad social en
empresas rurales agrícolas del país. Detallar el grado de ejecución y resultados alcanzados.
2. Que Convenios se han suscripto con las
Provincias con el fin de implementar un accionar conjunto en lo relativo a la temática. Cuál es el
grado de ejecución de los programas.
3. Cuántas inspecciones ha llevado a cabo la
autoridad laboral nacional sólo o en concurrencia con las autoridades provinciales y cuáles han
sido sus resultados en relación a:
- empresas donde se ha detectado trabajo
esclavo.
- cantidad de trabajadores sin registrar
detectados.
- condiciones de vida de los trabajadores en
los establecimientos agropecuarios en los casos que corresponda.
- cantidad de niños/as y adolescentes
trabajando detectados, edades y lugar de residencia de los mismos.
4. Si se han detectado empresas "contratistas" o
"agencias de servicios" no registradas, que trasladen personas para trabajos estacionales en
empresas agrícolas. Cuáles fueron los resultados por provincia.
5. Qué medidas se han implementado para asistir a
las víctimas, detallando también su grado de ejecución y resultados.
6. Que medidas se han implementados para
garantizar las condiciones que permitan la reinserción en el mercado laboral de las
víctimas.
7. Cuántas denuncias judiciales se han formulado
por parte de las autoridades laborales nacionales y de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP). Detalle contra quiénes y resultados obtenidos. Además detalle penalidades
aplicadas; si estas fueran pecuniarias el monto y destino de las mismas.
8. Si el Estado Nacional se ha presentado como
querellante en las causas penales sustanciadas a raíz de las denuncias interpuestas por
particulares, asociaciones y organismos defensores de los derechos humanos o Defensorías
del Pueblo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ante la gravedad de las situaciones de trabajo
esclavo, que se han puesto claramente de manifiesto en los sucesivos operativos de la Agencia
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizados en diferentes provincias, ha comenzado una
lenta pero creciente toma de conciencia sobre la existencia de empresas agropecuarias que
explotan mano de obra en condiciones de esclavitud.
Detrás de estos grandes emprendimientos
agropecuarios y de otra índole, tales como talleres de costura, hornos de ladrillos, etc.; se
oculta una indigna realidad que violenta todas las normas laborales y de derechos humanos
consagradas en nuestra propia Constitución Nacional.
En estas empresas hombres, mujeres y niños
trabajan extensas jornadas, con pago a destajo, pago en negro, reclutamiento mediante
engaños, superexplotación mediante un claro abuso del altísimo nivel de vulnerabilidad social
de los costureros y sus familias.
La AFIP ha denunciado las situaciones de semi-
encierro o de reducción a la servidumbre, exposición a enfermedades pulmonares,
tuberculosis, alimentación precaria y situaciones de intimidación bajo diversas formas.
Especialmente a grandes multinacionales que son las que llevan adelante estas explotaciones
en dichas condiciones tratando de eludir toda responsabilidad frente al fraude y los delitos
cometidos.
Esta situación no es una cuestión de fácil solución,
ya que la trata de personas es un fenómeno complejo que incluye aspectos relacionados con la
violación de derechos humanos, la pobreza, las desigualdades socio-económicas dentro de
cada país y entre los distintos países, las desigualdades por razones de sexo, las políticas de
migraciones, la lucha contra la delincuencia organizada.
Para su abordaje es necesario adoptar un enfoque
multidisciplinario e interinstitucional que tenga en cuenta todos estos aspectos y en el que
participen todas las partes involucradas, así como crear mecanismos de cooperación entre el
estado nacional y las provincias, el estado y las organizaciones no gubernamentales, donde se
encare la problemática en el lugar de origen, el de transito y de destino.
Si bien la sanción y reglamentación
de la Ley Nº 26.364 de "Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a las
victimas" represento un hito muy importante en esta lucha, ya que tipifico como delito a unos de
los problemas de derechos más acuciantes de estas época, aún hoy no se logra encarar una
lucha contra este flagelo en toda su dimensión de manera organizada y sistemática.
Es perentoria la necesidad de diseñar una política
de estado para enfrentar el problema. Esta política debe considerar la protección de los
derechos de las victimas y la efectiva persecución del delito. Estos dos aspectos, aunque
relacionados, requieren accionar y respuestas diferentes.
Nuestro país ha asumido obligaciones activas en
derechos humanos al suscribir Pactos y Convenciones que incorporó además a la propia
Constitución Nacional a partir de los cuales tiene la obligación de evitar la violación de dichos
derechos, pero también tiene la obligación de ser un activo promotor de los mismos.
La ley Nº 26.364, definió en su
artículo 4º que nos encontramos ante una situación de explotación: "a) Cuando se redujere o
mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a
prácticas análogas; b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios
forzados".
Al mismo tiempo que, en su artículo
5º, determina cuales son los derechos de las victimas: "a) Recibir información sobre sus
derechos en un idioma que comprendan, y en forma accesible a su edad y madurez; b) Recibir
alojamiento apropiado, manutención, alimentación suficiente e higiene personal adecuada; c)
Contar con asistencia psicológica, médica y jurídica gratuitas; d) Prestar testimonio en
condiciones especiales de protección y cuidado; e) La protección frente a toda posible
represalia contra su persona o su familia, pudiéndose incorporar al programa nacional de
protección de testigos en las condiciones previstas en la Ley Nº 25.764. f) La adopción de las
medidas necesarias para garantizar su integridad física y psicológica; g) Ser informadas del
estado de las actuaciones, de las medidas adoptadas y de la evolución del proceso; h) Ser
oídas en todas las etapas del proceso; i) La protección de su identidad e intimidad; j)
Permanecer en el país, de conformidad con la legislación vigente, y a recibir la documentación
o constancia que acredite tal circunstancia; k) Que se les facilite el retorno al lugar en el que
estuviera asentado su domicilio; l) Acceder de manera voluntaria y gratuita a los recursos de
asistencia"..
La ley tal cual se ha establecido plantea dos
grandes líneas de acción: persecución de delito y protección de derechos de las víctimas.
Es en este sentido que el pedido de informe que
estamos presentando busca indagar en cuales son las acciones que viabilizan esas pautas de
prevención y asistencia generando mecanismos para lograr su concreción definitiva.
Creemos imprescindible el trabajo en conjunto de
todas las áreas gubernamentales por la complejidad de los delitos que estamos tratando y solo
aunando esfuerzos y recursos se podrá enfrentar el problema. Es necesario detectar las redes
de trata que operan en el país y esto requiere la participación coordinada y debidamente
capacitada de todas las fuerzas de seguridad, nacionales y provinciales, así como de
funcionarios y organizaciones dedicadas a la asistencia a las victimas.
También consideramos imprescindible la
capacitación e información con perspectiva de género y de los derechos humanos, sobre los
conceptos fundamentales de la trata de personas y los instrumentos normativos para la
protección de las victimas, de los funcionarios policiales, judiciales, de las defensorías, de los
organismos de fiscalización, de las áreas de salud, etc. para que puedan detectar a las víctimas
y brindarle la atención adecuada.
Por todo lo expuesto anteriormente invitamos a los
señores Diputados y Diputadas acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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