PROYECTO DE TP
Expediente 0972-D-2007
Sumario: SUSPENSION DE REMATES Y DESALOJOS QUE AFECTAN A VIVIENDAS UNICAS Y FAMILIARES, LEY 26103: PRORROGASE A PARTIR DE SU VENCIMIENTO SU APLICACION POR EL PLAZO DE 90 DIAS HABILES.
Fecha: 23/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
El Senado y Cámara de Diputados...
ART. 1: Prorrógase a partir de su
vencimiento la Ley N° 26.103 en todos sus términos, y por el plazo de 90 (
noventa) días hábiles, la suspensión de las ejecuciones de sentencias que tengan
por objeto el remate de la vivienda única y familiar originada en mutuos elegibles
conforme lo prescripto por la Ley 25.798 y sus modificatorias.
ART. 2: Suspéndase por igual plazo
los desalojos ordenados en los procesos por ejecuciones hipotecarias de vivienda
única y familiar por mutuos elegibles, conforme lo dispuesto por la Ley 25.798 y
concordantes.
ART. 3: En caso de haberse puesto en
funcionamiento la unidad de reestructuración antes del plazo de los artículos
precedentes, facultase a la autoridad de aplicación para que omita el cumplimiento
de los mismos.
ART.4: La presente disposición es de
orden público quedando comprendida dentro de la Ley. 25.561 (EMERGENCIA
PUBLICA Y DE REFORMA DEL REGIMEN CAMBIARIO) y sus modificatorias.
ART.5: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La situación habitacional de los
argentinos, se ve amenazada por inminentes ejecuciones de deudores hipotecarios
de vivienda única y familiar, por ello éste parlamento dictó leyes de prórroga a la
suspensión de ejecuciones hipotecarias.
La Ley 26.177, de fecha 29 de
noviembre de 2006, busca la solución de fondo por la que atraviesan los deudores
hipotecarios de vivienda única y familiar, por deudas contraídas con anterioridad a
la convertibilidad.
Habida cuenta del inminente
vencimiento de los plazos legales sin que se haya puesto en funcionamiento la
Unidad de Reestructuración corresponde establecer una nueva prorroga en virtud
que se dan los mismos supuestos que obligaron a los anteriores
La Corte Suprema de Justicia de la
Nación ya se ha pronunciado acerca de los mutuos entre particulares, avalando la
teoría del esfuerzo compartido, pero los deudores con entidades bancarias siguen
estando a la espera de una solución..
Por lo expuesto, más lo que ampliará
oportunamente el miembro informante en el recinto, es que solicito a mis pares
me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RUCKAUF, CARLOS FEDERICO | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA (Primera Competencia) |
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |