PROYECTO DE TP
Expediente 0951-D-2009
Sumario: FONDOS DISPONIBLES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. SE DISPONE LA TRANSFERENCIA AUTOMATICA A LAS PROVINCIAS.
Fecha: 19/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1.- Dispónganse la transferencia
automática a las Provincias, de los fondos disponibles en el Ministerio del Interior -
Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - Servicio Administrativo Financiero
325, Fuente Financiera 13, y sobre los cuales se ha dictado la Resolución
Conjunta 16/2008 y 50/2008 de las Secretarías de Finanzas y la Secretaría de
Hacienda que los coloca en préstamos Pagaré del Gobierno Nacional a título
gratuito a favor del Tesoro Nacional, a su fecha de vencimiento dispuesta para la
fecha 30 de marzo de 2009 y por un Monto Total: VALOR NOMINAL PESOS
SIETE MIL MILLONES (V.N. $ 7.000.000.000).
Art. 2.- La distribución de dichos fondos
deberá disponerse de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 23.548.
Art. 3.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nº 23.548 de Coparticipación
Federal de Impuestos dispone la siguiente
distribución primaria entre la Nación y
la Provincias de la recaudación impositiva:
- 42,34% al Tesoro Nacional. (De
este porcentaje se destina un 0,70% a la
Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur, por el
Decreto Nº 702/99 y un 1,40% a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el
Decreto Nº 705/03.)
- 56,66% a las Provincias.
- 1% al Ministerio del Interior (Fondo
de Aportes del Tesoro Nacional a las
provincias - ATN).
El Fondo de Aportes del Tesoro
Nacional a las provincias, creado por Ley Convenio Nº23.548 en 1988, tiene por
objeto atender situaciones de emergencias y desequilibrios financieros de los
Gobiernos Provinciales.
El encargado de la asignación de este
Fondo es el Ministerio del Interior, el cual debe "informar trimestralmente" a las
provincias sobre la distribución de los fondos, indicando los criterios de asignación
(Art 5º Ley Nº 23.548).
El Fondo se conforma de la siguiente
manera:
El 1% del total de la masa neta de
coparticipación a distribuir entre la Nación y las Provincias, pero además
incluye:
- 2% de la recaudación del Impuesto
a las Ganancias según la Ley Nº24.073,
- $20 millones anuales
correspondientes a la recaudación del Impuesto a las Ganancias según Ley
Nº24.699
- 1% del 93,7% de la recaudación
del Impuesto a los Bienes Personales según Ley Nº24.699.
En términos concretos, este Fondo
representa en promedio, el 3% del total de recursos distribuidos en forma
automática a las provincias. En los últimos años, el destino de los ATN fue
divergiendo en forma creciente de los objetivos previstos al momento de su
creación. Actualmente, la mayor parte de los ATN son destinados a financiar
gastos del Tesoro Nacional, dejando relegada las necesidades financieras
provinciales y/o la atención de situaciones de emergencia. Las provincias a
su vez se ven obligadas a suscribir nuevos endeudamientos a través del
Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial.
Entre 2003 y el acumulado al
Tercer Trimestre de 2008, los fondos acumulados y no distribuidos por el
Ministerio del Interior sumarían un valor cercano a los $6.392,9 millones, los
cuales permanecen en las cuentas del Tesoro Nacional.
En igual período, las
transferencias de ATN a las provincias sumaron $508,9 millones. En otras
palabras, de los $6.392,9 millones que integraron el Fondo en los últimos 5 años,
se remitió a las provincias sólo el 7,4%.
Cabe destacar también, que el monto
no transferido durante este período ($6.392,9 millones) es prácticamente el
doble del déficit financiero que registrarían las provincias durante 2008, el
cual habría ascendido a los $3.100 millones a nivel consolidado, y similar al
déficit primario esperado para el 2009.
Por todo lo anterior, entre 2003 y
el Tercer trimestre de 2008 el Gobierno Nacional
acumularía por los ATN no
distribuidos, una deuda con los gobiernos provinciales de $6.392,9
millones.
Por una Resolución Conjunta 50/2008
y 16/2008 de la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas, el Poder
Ejecutivo dispuso la emisión de un Pagaré del Gobierno Nacional a efectos de
instrumentar la constitución de la aplicación financiera a título gratuito a favor del
Tesoro Nacional, a ser suscripta por la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL
INTERIOR - Servicio Administrativo Financiero 325, Fuente Financiera 13, de
acuerdo a las siguientes condiciones :Fecha de Emisión: 30 de diciembre de
2008.Fecha de Vencimiento: 30 de marzo de 2009.Por un Monto Total: VALOR
NOMINAL PESOS SIETE MIL MILLONES (V.N. $ 7.000.000.000).Moneda:
PESOS ($).
Es decir, que prácticamente lo que ha
hecho el Poder Ejecutivo es apoderarse de la totalidad del Crédito Presupuestario
disponible por dinero no transferido a las Provincias. El presente Proyecto de Ley
tiende a devolver a las Provincias los Fondos indebidamente retenidos por el
Poder Ejecutivo, los que se encontrarán líquidos al vencimiento de los pagarés
emitidos y con vencimiento el 30 de marzo próximo.
Por lo expuesto es que solicitamos la
aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROLDAN, JOSE MARIA | CORRIENTES | FRENTE DE TODOS |
KATZ, DANIEL | BUENOS AIRES | CONSENSO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/06/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
18/08/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0987/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0951-D-2009, 3553-D-2009, 5770-D-2009, 5980-D-2009, 6146-D-2009, 0498-D-2010, 0747-D-2010, 0846-D-2010, 0889-D-2010, 1184-D-2010 y 2982-D-2010 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MINORIA: CON MODIFICACIONES; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 0516-D-2010 Y 2198-D-2010 | 25/08/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (PLAN DE LABOR) (AFIRMATIVA) | 13/10/2010 |