PROYECTO DE TP
Expediente 0949-D-2007
Sumario: DECLARAR LA EMERGENCIA ECONOMICA Y AGROPECUARIA DE LOS PRODUCTORES DE LAS PROVINCIAS DE CORRIENTES, ENTRE RIOS, SANTA FE Y BUENOS AIRES, DESDE EL INICIO DE LA CRECIDA DEL RIO PARANA Y HASTA CIENTO VEINTE DIAS DESPUES DE SU REGULARIZACION, SUBSIDIOS.
Fecha: 22/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1º - Dispóngase la emergencia
económica y agropecuaria durante el plazo que va desde la iniciación de la
crecida del Río Paraná y hasta ciento veinte (120) días después de su
regularización, para los productores agropecuarios de las provincias de
Corrientes, Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires situados en la zona de las
Islas del Río Paraná.
Art. 2º - Implementase un subsidio
para los productores ganaderos de la provincias de Corrientes, Entre Ríos,
Santa Fe y Buenos Aires situados en la zona de las Islas del Río Paraná, de
pesos cien ($ 100) por cabeza.
Art. 3º - El subsidio será distribuido
por la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, organismo
dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación.
Art. 3º - La totalidad de la suma del
subsidio deberá ser depositada dentro de los 30 días de aprobada esta ley,
Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, organismo
dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación.
Art. 4º - Facultase al El Poder
Ejecutivo Nacional para que disponga y propicie, durante el período establecido
en el artículo 1º,
a) El otorgamiento de créditos a
tasas subsidiadas a través de la banca oficial.
b) El diferimiento de las
obligaciones provisionales, tributarias y bancarias vencidas a través de los
organismos competentes.
c) La renegociación de los
créditos otorgados a damnificados, sin que los mismos sufran penalizaciones
por la falta de pago el período de emergencia.
d) La recuperación del capital de
trabajo de los damnificados.
Art. 5º - El Poder Ejecutivo Nacional
reglamentará la presente ley en un plazo que no exceda los 30 días a partir de
su promulgación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante los primeros meses del
año, la crecida del río Paraná, cuyo nivel ha superado los 6 metros, ha afectado
severamente a la zona de las islas entre La Paz (provincia de Corrientes) y el
Delta de Buenos Aires, cubriendo miles de hectáreas de estas.
Además, por el avance hídrico, más
de cien mil animales, entre bovinos y equinos, que se crían en esas tierras
tuvieron que ser trasladados.
Sin embargo, la falta de potreros
para alquilar, consecuencia directa del avance de la soja que extendió la
frontera agrícola en los departamentos del nordeste, y el alto precio que genera
la especulación comercial sobre el forraje comenzaron a generar la liquidación
de los rodeos, con la consiguiente pérdida económica para los productores.
Este deterioro se profundiza aún más por la fuerte caída del precio de la
hacienda, en alrededor del 30% en la zona.
En esta línea, la falta de potreros
esta obligando a dejar animales a los costados de la ruta, con el consecuente
peligro que esto genera en la seguridad vial de las provincias afectadas.
En la zona afectada existen entre un
millón seiscientos mil (1.600.000) y dos millones (2.000.000) de cabezas de
ganado, que representan cerca del 5% del total del stock nacional.
Cabe destacar además que en los
últimos años, muchos de los productores agropecuarios se han traslado hacia
la cosecha de la soja, dado el alto precio internacional de este y el bajo riesgo
político que presenta en comparación con la ganadería (cabe recordar que el
impacto de la soja en el índice de precios al consumidor es muy inferior al de la
carne). Esta situación puede provocar en el futuro una merma en el stock
ganadero de nuestro país, generando fuertes impactos negativos en materia
económica y social para todos aquellos sectores que dependen, directa o
indirectamente, de la ganadería.
Consecuentemente, estos factores,
sumados a la falta de infraestructura antes mencionada, no solo no incentiva la
producción, sino que, todo lo contrario, la desalienta.
Por lo tanto, resulta más que
oportuno brindar una asistencia a un sector que ha sido clave en el desarrollo
de nuestro país y que, por otro lado, es sinónimo de calidad y grandeza en los
mercados externos.
Construir la infraestructura
necesaria e incentivar la producción ganadera son objetivos que exceden el
actual proyecto. Sin embargo, el subsidio propuesto, sumado a la exención
temporal de pago de impuestos y de intereses por los préstamos bancarios
obtenidos, puede ser un punto de partida para rever tanto la situación
infraestructural como la matriz de incentivos que existen para la producción en
la actualidad. Por otro lado, resultará de gran ayuda para los miles de
productores que, lejos de ser grandes empresas y/o productores monopólicos,
su mera subsistencia depende directamente de la cría de estos animales.
Es por todo lo expuesto que solicita
a mis pares acompañen con su voto esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MACCHI, CARLOS GUILLERMO | CORRIENTES | PARTIDO NUEVO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA |