PROYECTO DE TP
Expediente 0920-D-2012
Sumario: EDUCACION NACIONAL (LEY 26206): INCORPORACION DE INCISO O) AL ARTICULO 123, SOBRE ACOSO O INTIMIDACION ESCOLAR (BULLYING).
Fecha: 14/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10
El Senado y Cámara de Diputados...
Ley sobre Acoso o
Intimidación escolar (Bullying)
Artículo1º.- Agréguese a la Ley
26.206, al artículo 123, el inciso "o" el cual quedará redactado de la siguiente
manera:
o) - Con el objeto de dar
cumplimiento con el inciso i) y para respetar la integridad física, moral y
psicológica de los alumnos de estudiar en un ambiente de tolerancia y respeto,
para prevenir el maltrato escolar sea a través del asedio, persecución,
hostigamiento, molestia o agresión entre alumnos en todos los niveles de
formación, es obligación de todos los establecimientos educativos formalizar un
Plan de Convivencia Escolar, a través de un sistema de sanciones
correspondientes a la gravedad, con medidas de reparación por el daño físico o
moral al causado, por parte del causante o por parte del padre o tutor del
causante, integrando a la comunidad educativa en el diseño, ejecución, y
evaluación del reglamento interno, como asimismo para la conformación de una
"Comisión de Disciplina" (integrado por autoridades escolares y padres o
tutores) que formalizarán el sistema de convivencia escolar.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La comunidad educativa
argentina, necesita contar con instrumentos necesarios que permitan devolverle
a la institución escolar, los valores básicos que caracterizaron a este espacio de
socialización tan importante en la vida del ser humano. Luego de familia, la
escuela representa un núcleo esencial en la constitución y formación de la
persona. Para ello, se requiere contar con los recursos básicos para enfrentar
los desafíos que demandan la sociedad actual.
Transitamos tiempos nuevos, que
mediante la globalización configuran una nueva realidad social: el impacto de
los medios de comunicación, las asimetrías económicas, la creciente
individualización, las presiones de la sociedad de consumo, los procesos de
transformación cultural. Para algunos intelectuales y académicos, la
posmodernidad plantea situaciones complejas que requieren tratamientos
específicos por el creciente grado de violencia social.
Asistimos a una crisis de valores,
que se extiende masiva y culturalmente como hábito de convivencia que
deshumaniza la sociedad. Los colegios no se encuentran al margen de esta
situación y se manifiesta en un fenómeno que la psicología actual lo denomina
"bullying".
El acoso escolar, es un
factor que incide negativamente en los colegios. Desde la psicología del
aprendizaje, se plantea que la intimidación de los colegios debe ser tratada
específicamente por una legislación que regule normas de trato social que
anteriormente no era necesario abarcar. Este fenómeno que crece día a día, se
lo identifica como bullying, y el significado proviene del inglés ("bully", que
equivale a agresor).
El "bullying" hace
referencia a la persecución, agresión, o maltrato que recibe una persona por
otra persona o grupo de individuos. Entre los menores se marginan y
discriminan por la diferencia de raza, discapacidad, rasgos sociales o físicos,
religión, o por la forma de vestir.
Son conductas específicas que
intimidan, amenazan, insultan, hostigan e inclusive agreden físicamente. En las
escuelas existe un aumento en los reclamos de padres o responsables de
menores que denuncian que muchas veces los niños o adolescentes sufren
serios trastornos psicológicos y de aprendizaje, por alumnos que atormentan a
sus hijos. En la mayoría de los casos, este tipo de situaciones se dan lejos de la
mirada de los adultos, y se maltrata y humilla, llegando a suceder que en
algunos casos se somete abusivamente a una víctima indefensa.
Investigadores de la American
Psychriatric Association (APA)) sostienen que el acoso escolar se sustenta en
tres elementos principales, que se puede identificar cuando el comportamiento
del acosador es agresivo y negativo, también cuando el comportamiento del
acosador se reitera, y además cuando el comportamiento del acosador ocurre
en una relación desigual de poder entre las partes implicadas.
Los lugares donde se produce el
acoso escolar, son en zonas de nula o escasa supervisión de adultos (como
puede ser en los baños de las escuelas, durante los recreos, etc.). Las formas
más comunes en las que éste fenómeno puede presentarse, son a través de
intimidaciones verbales y/o psicológicas, agresiones físicas, daño a las
pertenencias, aislamiento y discriminación. Actualmente las agresiones también
se dan en las redes sociales mediante expresiones verbales ofensivas.
También vale destacar, que los
acosos pueden diferenciarse en directos e indirectos. Directos, son las formas
más comunes entre los niños. Indirectos, sucede en la preadolescencia y
adolescencia y consiste en el aislamiento social. Por lo general, los casos de
bullying se dan en alumnos cuyas edades comprenden entre los seis y diecisiete
años. Pero la edad de mayor riesgo en la aparición de la violencia se sitúa entre
los once y los quince años.
Existen mitos acerca del acoso
escolar que subestiman este fenómeno: como puede ser que:
- la violencia escolar siempre
existió y no puede cambiarse,
- las agresiones son situaciones
normales de poca importancia entre niños,
- la violencia puede ser respuesta a
una provocación,
- el agresor no tiene capacidad
para medir las consecuencias de sus actos,
- las víctimas son niños
problemáticos,
- la agresión no es para tanto ni
ocasiona ningún perjuicio porque es natural.
Pero lo real, es que el bullying
escolar va en aumento. Las consecuencias que experimentan los niños que son
intimidados, pueden interferir en su desarrollo social y emocional: bajo
rendimiento o fracaso escolar. Los principales efectos del sufrimiento inciden
sobre la salud mental del agredido: alto nivel de ansiedad, fobia escolar,
depresión, intentos de suicidio, baja autoestima. A su vez, hay un elevado grado
de indefensión por el bloqueo emocional que les provoca tales situaciones. Por
lo que se puede concluir que las consecuencias pueden ser devastadoras para el
agredido.
Las consecuencias no solamente
son para la víctima, sino también para el agresor y para los espectadores, que
se encuentran en pleno proceso de crecimiento. A veces la intimidación produce
la venganza del acosado. Debemos destacar que en algunos casos, el
resentimiento y la angustia se manifiestan en tragedias inexplicables como
fueron las masacres en colegios y universidades de los EEUU, o los casos
mediáticos de algunas escuelas de nuestro país.
Las autoridades de los colegios,
como los docentes, padres y/o responsables poseen una responsabilidad
fundamental en el cuidado de los niños y adolescentes. Pero requieren de la
colaboración de los propios niños para evitar que esta situación se profundice
más. Es por ello, que se debe reconstruir el tejido social que se disolvió por la
crisis de valores propio de los tiempos actuales. , y eso incluye ayudar a quien
están siendo víctima de estas conductas no deseadas en la escuela. Pero los
adultos no pueden hacerse cargo de estas tareas, sin la ayuda de los propios
niños/as y adolescentes.
Creemos que en este contexto, y
en presencia de este fenómeno que cada vez es más recurrente en los colegios,
se deben articular estrategias comunes para toda la comunidad educativa. En
este sentido, creemos necesario fomentar los siguientes cinco principios básicos
para que cada establecimiento escolar formule su Plan de Convivencia Escolar y
la conformación de su Comisión de Disciplina, deberán fundarse en:
- La Educación como base para el
desarrollo de la persona.
- Todos los actores de la
comunidad educativa son sujetos de derecho: autoridades escolares, docentes,
personal, padres y/o tutores, los niños, adolescentes y jóvenes.
- La convivencia escolar se
fundamenta en la construcción de ciudadanía y en un ámbito de consistencia
ética.
- Los valores de respeto y cuidado
a la vida privada y pública, como así también de la honra de la persona.
- Igualdad de trato y de
oportunidades de los niños, adolescentes y jóvenes.
A partir de estos principios,
reconstruiremos los valores que como sociedad fuimos perdiendo y daremos
respuesta a los requerimientos que los tiempos actuales nos exigen.
En mérito a los fundamentos
expuestos, se solicita a este Honorable Cuerpo, la aprobación del presente
proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ATANASOF, ALFREDO NESTOR | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
AGUILAR, LINO WALTER | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/10/2012 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1495/2012 | ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL O/D 1495/12 | 28/11/2012 |