PROYECTO DE TP
Expediente 0917-D-2010
Sumario: CREACION DEL PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL HIDROARSENICISMO CRONICO REGIONAL ENDEMICO.
Fecha: 11/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
El Senado y Cámara de Diputados...
PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA
EL HIDROARSENICISMO CRONICO REGIONAL ENDEMICO
Art. 1º: Toda persona tiene derecho a gozar
del máximo nivel de salud posible y a un ambiente sano, equilibrado y apto para el
desarrollo humano y por consiguiente, tiene derecho a consumir agua libre de
contaminantes.
Art. 2: El Estado tiene el deber de garantizar el
acceso y provisión de agua apta para el consumo y asegurar el respeto a los valores
máximos de sustancias contaminantes aceptados a nivel internacional, en todo el territorio
nacional.
Art. 3: Declarase de interés nacional la lucha
contra el Hidroarsenicismo crónico regional endémico (HACRE) comprendiendo las
medidas tendientes a la minimización de riesgos y reducción de daños producidos por la
exposición a arsénico en agua de consumo.
Art. 4: Incorpórese al listado de enfermedades
de notificación obligatoria previsto por la ley 15.465, al hidroarsenicismo crónico regional
endémico (HACRE).
Art. 5: A los efectos de dar cumplimiento a lo
dispuesto en la presente ley la autoridad sanitaria deberá:
a) Realizar un mapa nacional de las áreas
arsenicales y delimitar las zonas de riesgo, que debe ser permanentemente actualizado.
b) Realizar la vigilancia epidemiológica de la
incidencia y seguimiento de casos de HACRE en todo el país.
c) Minimizar los daños en la población
afectada elaborando el protocolo de atención médica que posibilite la detección temprana
del HACRE y asegure la asistencia médica gratuita e integral y la provisión del tratamiento
adecuado para su curación, incluyendo la medicación correspondiente en forma
gratuita.
d) Minimizar el tenor de arsénico en el agua de
consumo con la finalidad de reducir el tenor máximo al admitido por el Código Alimentario
Nacional en sus artículos 982 y 983 de 0,01 mg/l. La reglamentación fijará las etapas a
cumplimentar progresivamente para alcanzar el tenor de arsénico conforme lo
precedentemente establecido en un plazo máximo de diez (10) años.
e) Promover el desarrollo e implementación de
métodos para la reducción, compatibles con las particularidades y necesidades locales,
brindando capacitación a los operadores y proveyendo la asistencia necesaria para
asegurar la sustentabilidad del método, así como la distribución planificada de las plantas
potabilizadoras.
f) Minimizar los riesgos en la población
expuesta al consumo de agua con arsénico, desarrollando programas de prevención,
campañas de capacitación y educación para los grupos de salud, agentes sanitarios y la
comunidad en general.
g) Elaborar un Plan Federal con la
participación de las provincias y el asesoramiento de un Consejo de Expertos que
establezca las metas y el cronograma de acción, así como el monitoreo de los programas
implementados en cumplimiento de la presente ley.
Art. 6: Las empresas públicas o privadas
responsables del suministro de agua potable, deberán realizar el control del nivel de
arsénico en forma semestral y suministrar la información a la autoridad de aplicación de la
presente ley y a la autoridad sanitaria local, bajo apercibimiento de las sanciones
administrativas que correspondan y sin perjuicio de su responsabilidad civil y/o penal.
La autoridad de aplicación deberá asegurar la
difusión pública de dichos datos y la información a la comunidad involucrada.
Art. 7: La autoridad de aplicación será el
Ministerio de Salud de la Nación que a través de sus organismos competentes en la
materia deberá concurrir a cualquier parte del país para contribuir al cumplimiento de esta
ley. Su ejecución en cada jurisdicción estará a cargo de las respectivas autoridades
sanitarias a cuyos fines podrán dictar normas complementarias.
Art. 8: Los gastos que demande el
cumplimiento de la presente ley serán solventados por la Nación imputado a la partida
correspondiente, y por los respectivos presupuestos de cada jurisdicción.
Art. 9: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El arsénico es un elemento tóxico que está
presente en todas las aguas pero generalmente en cantidades muy pequeñas. Señala la
OMS (Boletín de la OMS volumen 78 página 1096- año 2001) que la mayoría de las
aguas en el mundo tienen concentraciones arsenicales naturales de menos de
0.01mg/litro. El contenido de arsénico en el agua en cantidades superiores a las
señaladas, constituye un factor de preocupación por los daños a la salud que puede
acarrear.
El consumo de agua con arsénico durante un
período largo, conduce al envenenamiento denominado ARSENICISMO. Este puede ser
agudo, sub-agudo o crónico; en este último caso, por consumo prolongado de agua
contaminada con valores altos de arsénico, generalmente por un período entre 5 a 20
años, manifestándose los efectos sobre la salud en forma tardía, ocasionando lesiones de
piel, cáncer de piel, cáncer de vejiga, riñón y pulmón, entre otros órganos, así como
enfermedades vasculares y trastornos endócrinos (páncreas, tiroides), tensión arterial alta
y desórdenes reproductivos y teratogénicos.
La contaminación arsenical natural es un tema
de inquietud en muchos países del mundo, incluyendo la Argentina, Bangladesh, Chile,
China, la India, México, Tailandia y EEUU. Debido a la manifestación tardía, la divulgación
escasa y los bajos niveles de conocimiento de algunas comunidades sobre los problemas
de salud adversos causados por el arsénico en agua potable, la situación aún está
confusa y no bien documentada, destaca el organismo internacional. Consecuentemente,
no hay estimación confiable del grado del problema en todo el mundo. La medida
preventiva más eficaz consiste en bajar la concentración de arsénico en el agua de
consumo humano.
Nuestro país registra altos niveles de arsénico
en aguas subterráneas, localizándose pozos tanto en las provincias del norte como en el
sur, de acuerdo al mapeo que se encuentra en permanente revisión, realizado por el
Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud de la Nación en el Instituto
Geográfico Militar, en base a datos suministrados por la ex Obras Sanitarias de la Nación,
del año 1942. Se advierte que muy pocas provincias están exentas de sufrir este
problema y en algunos casos, la concentración detectada es alarmante como en la
Provincia de La Pampa donde 500 veces superior al límite admitido por el Código
Alimentario Nacional.
Destacamos que nuestro Código Alimentario
Nacional contiene una proporción admisible de arsénico del orden de los 0,01 miligramos
por litro, valor que fue adaptado al admitido por la OMS por medio de las resoluciones Nº
68/2007 y 196/2007 de fecha 22 de mayo de 2007 emanadas de la Secretaría de Política,
Regulación y Relaciones Sanitarias y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos respectivamente.
Debemos destacar que numerosas provincias
admiten legalmente valores por encima de lo permitido por el C.A.A.. En efecto, por
ejemplo la Provincia de La Pampa admite por ley 1027 valores entre 0,15 y 0,16 mg/litro,
es decir 15 veces más que el Código Alimentario Nacional.
El área con problemas de arsénico en sus
acuíferos coincide con la llanura pampeana hasta el norte de Santa Fe y Santiago del
Estero, área de mayor producción ganadera y mayor concentración de población. Los
relevamientos han precisado la existencia de acuíferos con contenidos de arsénico
superiores a 0,05 miligramos por litro de agua, cifra que excede el límite establecido para
agua de bebida humana por el Código Alimentario Argentino, llegando a ser esta
superación en determinadas situaciones sumamente grande. Así, pueden mencionarse
situaciones en el norte de la provincia de La Pampa, con más de 5 miligramos/litro el
sudeste de la provincia de Córdoba, con más de 3 miligramos/litro la llanura oriental de la
provincia de Tucumán, con mas de 1,6 miligramos/litro, y otras áreas con valores altos en
las provincias de Santiago del Estero, Chaco, Salta, Santa Fé y Buenos Aires (1) .
Alrededor de 1.000.000 km2 de la llanura
chaco-pampeana pueden albergar áreas con contenido de arsénico potencialmente
elevados. El origen de la alta ocurrencia de arsénico se encuentra en los sedimentos que
constituyen el sustrato de los suelos de la llanura, los que contiene una proporción
importante de vidrios de origen volcánico que fueron transportados por los vientos hasta la
llanura, siendo tales materiales los responsables del aporte al agua subterránea de
arsénico y otros elementos tales como selenio, vanadio, uranio, boro y molibdeno.
Según señalan Nicolli, Tineo,
Imerino en "Movilidad del arsénico y de otros oligoelementos asociados en aguas
subterráneas de la cuenca de Burruyacú, provincia de Tucumán, Republica Argentina" (2)
; "...Los contenidos de oligoelementos en aguas freáticas en la cuenca de Burruyacú
presentan un amplio intervalo de variación, pero en general son altos, destacándose el
arsénico, cuya mediana es 4 veces mayor que el valor límite establecido por la OMS para
aguas de bebida (10 microgramo/litro) y cuyo contenido máximo es 160 veces ese limite.
Los contenidos son también altos para flúor ( el máximo supera en más de 5 veces el
límite de la OMS: 1500 microgramo/litro), para uranio, que en al totalidad de las muestras
supera el valor límite establecido por la OMS (2 microgramo/litro) con un contenido
máximo de 155 microgramo/litro, y para boro, con un máximo que supera en mas de 13
veces el limite establecido por la OMS (500 microgramo/litro). Los contenidos de esos
oligoelementos en aguas de niveles profundos y de pozos surgentes, son
significativamente menores".
Asimismo, el primer trabajo publicado sobre
estudio geoquímico completo de aguas subterráneas con elevados contenidos de As fue
realizado por Nicolli et al. en 1985, en la llanura Sud-oriental de la Provincia de Córdoba.
Abarcó una superficie de 10.000 km2 y determinándose que el 75% de las muestras
analizadas contenían concentraciones de arsénico superiores a 100 microgramos por litro.
El valor máximo hallado fue de 4000 microgramos por litro.
Durante el mismo año, de Sastre et al.,
publicaron un informe sobre "Estudio cuantitativo de As en las aguas de la Provincia de
Salta", en el que evaluaron la concentración de As en aguas subterráneas y superficiales.
Los valores más altos se encontraron en la zona de la Puna (mayores a 10.000
microgramos por litro) y en el Departamento de Anta en el Chaco Salteño (mayores a
2.000 microgramos por litro). Los mismos autores (1987) realizaron un informe similar en
referencia a aguas superficiales y subterráneas de la Provincia de Jujuy, hallándose
valores que también superaban los límites establecidos por la legislación nacional.
En 1989, Nicolli et al., publicaron un segundo
artículo donde se describe la contaminación de aguas por Arsénico y otros oligoelementos
sobre 60 muestras, captadas en pozos de la misma región. En este caso el 84% de ellas
contenían niveles de As superiores a 50 microgramos por litro. Ello impone una primera
reflexión: ajustar los niveles provinciales al valor del Código Alimentario Nacional y
emprender acciones urgentes y concretas para que el agua de consumo respete dicho
límite máximo. De lo contrario, tendremos que admitir que en nuestro país se está
envenenando a la población, y peor aún, a la población más pobre, que no puede evitar
consumir agua con arsénico, porque no puede adquirir agua embotellada libre de esta
sustancia.
Es por consiguiente absolutamente
indispensable abordar integralmente este tema que constituye además de una cuestión de
salud pública, una cuestión de justicia social.
Mucho es lo que falta comprender acerca del
mecanismo de acción de este toxico. En el mundo y en nuestro país numerosos
investigadores dedican su tiempo a profundizar el tema en cuestión, pero lo que sí se
tiene ya constancia es que la evidencia epidemiológica acerca del poder carcinogénico de
este tóxico parece ser irrefutable, como destaca la investigadora Lic. Silvia Carolina
Lenzken (3) .
En nuestro país ya en 1913 el Dr. Mario
Goyeneche ha descrito la enfermedad denominada HACRE (Hidro Arsenincismo Crónico
Regional Endémico) que se produce por el consumo reiterado de agua de bebida con alto
contenido de arsénico. Esta enfermedad se caracteriza por presentar distintos estadios
que involucran principalmente afecciones a nivel dérmico y cáncer no sólo de piel, sino de
otros órganos como vejiga, pulmón, riñón etc.
Según las investigaciones difundidas, de las
personas expuestas el 20 a 30% desarrollan HACRE y de ellos el 1 al 15% tumores. El
arsénico es un carcinógeno del grupo I.
Muchos profesionales de diversas disciplinas
están profundizando las investigaciones sobre la relación del arsénico y la salud de
nuestra población. En general, lo hacen en la más absoluta soledad, tratando luego de
difundir la gravísima realidad que detectan a fin de poder incidir en el diseño de
programas y de aplicación de políticas públicas que posibiliten prevenir la enfermedad y
asistir a quienes la padecen.
En algunos casos, la investigación del alto
contenido de arsénico en el agua de consumo provino de la propia comunidad que con su
iniciativa impulsó reconocimiento de la situación por parte de las autoridades y empresa
responsables del suministro de agua. Tal fue el caso de Carlos Casares, donde los chicos
de una escuela media fueron quiénes dieron los primeros signos de alerta. (4)
Algunas provincias han avanzado en la
aplicación de programas concretos, por ejemplo el programa realizado en Santiago del
Estero, coordinado con otros que se llevan a cabo en Salta, Santa Fe, Tucumán, Chaco,
La Pampa, Catamarca, Jujuy, Prov. de Buenos Aires y Ministerio Salud de la Nación.
Las estadísticas actuales muestran en la
Provincia de Santiago del Estero un total de 167 casos de intoxicados, comprendidos
entre 1 a 83 años de edad, muchos de ellos con manifestaciones crónicas.
"Los pacientes detectados son notificados
mediante una ficha de notificación obligatoria provincial y asentados en el programa; gran
parte de esta información es girada a la secretaría técnica de epidemiología. Se pretende
que ésta patología sea considerada de notificación obligatoria a nivel nacional, dado que
en la actualidad no se registra obligatoriamente. Se han detectado intoxicaciones graves
en niños de corta edad lo que obliga a un replanteo en nuevas definiciones y lineamientos
de trabajo sobre la problemática del hidroarsenicismo".
Otros informes oficiales dan cuenta de la
magnitud del problema y de los obstáculos para afrontarlos. Por ejemplo en Salta, un
estudio conjunto realizado por la Universidad Nacional y el Ministerio de Salud, en el año
1990, informa que de 60 personas visitadas en la zona sudeste de la provincia, el 40%
sufría lesiones compatibles con el hidroarsenicismo crónico regional endémico.
Podríamos seguir con la mención de estudios
y casos analizados, pero lo cierto es que se requiere una sistematización a los efectos de
tener una estadística nacional que posibilite programar las investigaciones y evaluar sus
resultados a fin de prevenir y asistir adecuadamente.
En el año 2001 el Ministerio de Salud de la
Nación dictó la Resolución Nº153 (B.O.1/3/2001) para implementar el "Programa de
Minimización de riesgos por exposición a arsénico en aguas de consumo", del
Departamento de Salud Ambiental de la Dirección de Promoción y Protección de la Salud,
dependiente de la Subsecretaria de Atención Primaria de la Salud, de acuerdo a las
disposiciones que constan en su Anexo 1. Este programa tiene como objetivo general
disminuir la morbimortalidad debido al HACRE, priorizando el enfoque de promoción y
protección de la salud, desarrollando acciones sobre las personas y sobre el medio
ambiente. Ello implica -según señala el anexo- la promoción de la vigilancia
epidemiológica y ambiental, la minimización de los tenores de arsénico en agua de
consumo, los riesgos en la población expuesta y los daños en la población afectada. Entre
los objetivos especificados figuran además "Identificar y localizar geográficamente los
niveles y la población; promover soluciones para distribución de agua potable; el trabajo
interdisciplinario e intersectorial y la participación de la comunidad".
Entre las metas 2001-2003 del citado
programa, figuran tres:
1. Acciones tendientes a la determinación de
mapas de riesgo.
2. Acciones tendientes a minimizar los tenores
de arsénico en agua de consumo humano
3. Acciones tendientes a disminuir la
exposición al riesgo y la detección temprana del HACRE.
Consideramos que este programa constituye
un primer paso a destacar en la lucha por una mayor prevención y asistencia en este
tema, pero que hoy resulta necesario potenciar con el dictado de la normativa necesaria
para ajustar los niveles de arsénico al valor prescripto en el propio Código Alimentario
Nacional.
Asimismo, uno de los aspectos fundamentales,
es declarar de notificación obligatoria la enfermedad, que posibilitará tener un diagnóstico
más certero de la situación, con estadísticas precisas.
En efecto, éste ha sido uno de los temas más
recurrentemente demandados por los estudiosos en la materia, constituyendo una
herramienta valiosa para la detección y seguimiento de la enfermedad así como para
desarrollar una eficaz campaña comunitaria destinada a controlar el agua.
En la reunión nacional de arsénico, llevada a
cabo en Córdoba en noviembre de 2003, los/las expertos/as señalaron que aún en
nuestro país, pese al esfuerzo de algunos equipos provinciales y a los investigadores, no
se cuenta con datos en cantidad y calidad suficientes como para tener una evaluación
adecuada de los parámetros reales de la situación. No existen planes de evaluación
ambiental, lo cual torna imperioso diseñar una programación destinada a recolectar datos
y evaluarlos.
Se propuso:
- Profundizar y promover estudios
epidemiológicos;
- Revisar el protocolo de atención medica
formando una comisión interdisciplinaria;
- Concientizar a las poblaciones con educación
preventiva (educación para la salud con prioridad al tema arsénico).
- Seleccionar métodos de abatimiento
compatibles con las características de cada lugar, asegurando su sustentabilidad.
- Implementar programas de asistencia
integrales porque la mayoría de las jurisdicciones carecen de ellos; no hay suficiente
atención médica para asistir a los enfermos de HACRE.
Otro de los aspectos generales para la
prevención constituye la implementación de respuestas tecnológicas adecuadas y
eficaces. En efecto, la respuesta tecnológica a la problemática de las altas
concentraciones del arsénico en el agua ambiente incluye un conjunto de alternativas
para asegurar el abastecimiento de agua apropiada para el consumo humano, y ,
eventualmente para otros usos, que deben ser evaluadas consistentemente en cada caso.
Entre las alternativas, pueden ser mencionadas las siguientes:
- Provisión de agua a través de
acueductos
- Estudios de explotación de acuíferos a
distintas profundidades
- Abatimiento del arsénico mediante técnicas
de tratamiento
- Coagulación/ Floculación/ Decantación /
Filtración
- Osmosis inversa
- Intercambio iónico
- Vaporización.
Un informe sobre arsénico elaborado por la
investigadora Dra. Silvia Farias (5),
resume las experiencias reales llevadas a
cabo en la República Argentina.
Entre ellas señala que:
"...las primeras plantas de tratamiento fueron
construidas en la zona del este de Córdoba (zona de Bell Ville), ya que los casos de
muertes por cánceres era notablemente superiores al promedio nacional.
Astolfi. Et al., 1982, mencionan en su libro la
construcción de una planta de "desarcenización", en Monte Quemado, en Santiago del
Estero, que emplea óxido de aluminio, fosfato de calcio, sales de hierro y óxido de
magnesio para la remoción del metaloide. Los niveles de Arsénico pasaron de 300
microgramos de arsénico/litro a 120 microgramos de arsénico/litro.
En el VI Taller de Evaluación y Manejo de
Riesgos por Exposición a Arsénico en Aguas de consumo, Santiago, Santiago del Estero,
el Ingeniero Violante, del Departamento de Estudios y proyectos del SDPAN (La Plata),
expuso un trabajo en el que comentó sobre la instalación de plantas de osmosis inversa
en el sur y en el suroeste de la provincia de Buenos Aires, en Santa Fe y en La
Pampa.
En La Pampa, se tiene información
proporcionada por la Lic. Buitrón (Buitrón, B., 2001), sobre la instalación de plantas de
tratamiento para 79 localidades, que representan un 93% de la población. En el 33% de
los casos, después de su tratamiento (osmosis inversa), las aguas provistas a algunas
poblaciones presentan niveles de arsénico que están en valores de concentración
superiores 0,3 miligramos/litro de arsénico.
En la provincia de Santa Fe, en el estudio
epidemiológico que esta llevando a cabo el ENREES con apoyo de la OPS (2001), se
menciona que en esa provincia existen 213 servicios de agua potable, que cubren el 86%
de la población urbana, 196 hacen uso de agua subterránea y 11 suministran agua de
fuentes superficiales. Existen prestadores comunales, municipales, cooperativas y la
empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A. (privado), que hacen uso de distintas
tecnologías de depuración (mayormente osmosis inversa y coagulación/filtración). El
CEPIS-OPS-OMS ha propuesto realizar un estudio sobre la utilización de arcillas
activadas, específicamente el producto ALIFLOC para el abatimiento de arsénico en el
agua de bebida.
En el Centro de Ingeniería Sanitaria, de la
Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de Rosario, Ingallinella et al.
(2001) han desarrollado una planta de tratamiento que se basa en un proceso de
coagulación -coprecipitación utilizando cloruro de polialuminio y una etapa de doble
filtración para la retención de los precipitados formados. El sistema se denomina ARCIS-
UNR y está operando desde abril del 2001 en la ciudad de Villa cañas, en Santa Fe. Han
logrado reducir la concentración de arsénico en aguas de 0,15 miligramos/litro a 0,02
miligramos/litro.
En la Dirección Técnica y Calidad de Aguas
provinciales de Santa Fe, Madiec et al., (2000) han realizado un estudio (actualmente a
escala planta piloto), para tratamiento de aguas arsenicales por coagulación sobre filtro.
El método está basado en la modificación del pH del agua cruda, la oxidación de arsénico
(III) a arsénico (V) y un proceso que permite la absorción del arsénico sobre flóculos, con
posterior filtración. Se eligieron flóculos a base de hidróxido de hierro (III), obtenidos a
partir de Fe Cl3. El proceso es confiable y controlable y la tecnología es simple, de bajo
costo y de bajo costo de mantenimiento. En el agua cruda la concentración de arsénico es
de 0,29 miligramos/litro y en el agua tratada de 0,03 miligramos/litro. Los estudios se
llevaron a cabo en la localidad de Rufino.
En Salta la Dirección General de Obras
Sanitarias /Figueroa et al., 1998) ha instalado una planta de tratamiento en Aguas de
Pompeya, San Antonio de los Cobres, Departamento Los Andes empleando la técnica de
coagulación química. El agua es tratada con sulfato de aluminio, cal hidratada y
polielectrolito de sodio. Se ha logrado que aguas que contienen entre 0,27 y 0,30
miigramos/litro a la entrada de la planta reduzcan esos valores a 0,12 - 0,15
miligramos/litro. Para remover el arsénico a valores aceptables faltaría la adecuación de la
infraestructura de la planta y los procesos de tratamiento (coagulación, floculación,
sedimentación, filtración, desinfección).
CEPIS-OPS-OMS ha llevado a cabo ensayos
de abatimiento de As en pequeñas poblaciones y comunidades rurales en Salta (1998)m
Chaco (1997-1998), Santiago del Estero (1997-2001), Tucumán (1998) y Santa Fe (1998-
1999) empleando la metodología de coagulación filtración usando el producto ALUFLOC
(FERRIFLOC). Estos ensayos son realizados en pequeños reactores domiciliarios (balde
de 20 litros con paleta agitadora y canilla inferior para extracción de agua tratada) en
pequeñas poblaciones y en zonas rurales, donde a veces ni siquiera llega la luz eléctrica.
Se trata de una tecnología simple y que con un costo razonable logra producir aguas con
arsénico residual en el rango de 0,04 - 0,05 miligramos/litro.
En la Universidad de La Plata se han realizado
estudios sobre remoción de arsénico utilizando esponjas de hierro...", concluye la
investigación citada.
Asimismo el Dr. Antonio Somaini, Secretario
del consejo de Administración de CONAMED ha destacado que "la Ingeniera María
Hidalgo ha ideado un método que consiste en una membrana de óxido de hierro a través
de la cual pasa el agua supuestamente contaminada. Únicamente ese óxido de hierro,
aobsorbería el arsénico hasta agotar el agua. Por otra parte, el Ingeniero Francisco de
Mendoza diseño otro equipo, un poco más compñejo, cuya producción ha sido estimulada
por el Gobierno de los EE.UU.; desde el año pasado se está fabricando para algunos
estados de ese país. Aparentemente son equipos de mucha resistencia, de fácil manejo y
que no provocarían ningún inconveniente..." (6) .
Hoy debemos profundizar la discusión sobre la
calidad del agua de consumo porque es un recurso crítico en el mundo. Mientras que la
población mundial se cuadriplicó en un siglo, el consumo de agua se multiplicó por 9, y los
consumos industriales por 40. La cantidad de agua en la tierra es limitada, no renovable y
heterogéneamente repartida. Por ello, el hombre está condenado a almacenar, bombear,
reciclar, o desalinizar cantidades cada vez mayores de agua.
Desde hace muchos años los países
desarrollados han instado a reducir severamente los contenidos de elementos tóxicos-
nocivos en las aguas destinadas al consumo humano en todo el mundo. Se ha entendido,
por fin, que la provisión de agua segura es la mejor política sanitaria en la profilaxis de
patologías de origen hídrico cuyo tratamiento médico resulta sustancialmente más
costoso.
Sin embargo esta simple ecuación ha sido de
muy difícil cumplimiento en algunos países emergentes como el nuestro, ya que se ha
dado la particularidad de que por un lado las aguas subterráneas presentan contaminante
naturales como el arsénico, en concentraciones varios cientos de veces superiores a los
máximos admisibles, mientras que por otro, no se aplican tecnologías de tratamiento que
permitan disminuir los tenores a costo razonable y métodos de análisis que detecten
niveles de contaminantes naturales tan bajos como marcan las normas.
La contaminación con arsénico no es
exclusivamente de origen natural sino que puede ser provocada por actividades humanas.
Como lo señala la investigadora del CONICET, Dra. Blanca Rosales, se han detectado
casos de muerte de familias enteras por envenenamiento debido a la infiltración hacia los
acuíferos de productos arsenicales, intensamente utilizados como agroquímicos en
cultivos de cítricos, en la zona agrícola del valle del río de San Francisco en la provincia
de Jujuy. En otros casos, las actividades industriales y mineras también se constituyen en
focos de contaminación a poblaciones expuestas.
En esta Cámara de Diputados el Bloque
Socialista presentó un proyecto de ley en el año 2004 (7797-D-2004) y convocó a dos
reuniones consultivas con numerosos expertos/as que aportaron experiencias y
propuestas sobre la problemática del arsénico en nuestro país, muchas de las cuales son
recogidas en este proyecto de ley.
Asimismo el Bloque Socialista volvió a
presentar el proyecto en el año 2006 (3294 -D- 2006) tras lo cual se modificó por vía del
las resoluciones Nº 68/2007 de la Secretaría de Política, Regulación y Relaciones
Sanitarias y la Resolución Nº 196/ de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Pesca y
Alimentos de fecha 22 de mayo de 2007, los artículos 982 y 983.
Sin embargo, es necesario acompañar las
medidas tomadas en referencia a los art. 982 y 983 del C.A.A. con una normativa que
permitan luchar contra el Hidroarsenicismo crónico regional endémico (HACRE),
principalmente tendientes a la minimización de riesgos y a la reducción de daños
producidos por la exposición a arsénico en agua de consumo.
En ese sentido el proyecto busca:
- La realización un mapa nacional de las
áreas arsenicales y delimitar las zonas de riesgo.
- La vigilancia epidemiológica de la incidencia
y seguimiento de casos de HACRE en todo el país.
- Minimizar los daños en la población
afectada elaborando el protocolo de atención médica que posibilite la detección temprana
del HACRE y asegure la asistencia médica.
- Minimizar el tenor de arsénico en el agua de
consumo en etapas con el fin de adecuar el tenor máximo al admitido por el art. 982 y 983
el Código Alimentario Argentino de 0,01 miligramos/ litro. (0,01 mg/l).
- Promover el desarrollo e implementación de
métodos para la reducción del arsénico en el agua proveyendo la asistencia necesaria
para asegurar la sustentabilidad del método, así como la distribución planificada de las
plantas potabilizadoras.
- Minimizar los riesgos en la población
expuesta al consumo de agua con arsénico, desarrollando programas de prevención,
campañas de capacitación y educación para los grupos de salud, agentes sanitarios y la
comunidad en general.
- Elaborar un Plan Federal con la
participación de las provincias y el asesoramiento de un Consejo de Expertos que
establezca las metas y el cronograma de acción, así como el monitoreo de los programas
implementados en cumplimiento de la presente ley.
- Realizar un control del nivel del arsénico en
el agua a cargo de las empresas públicas o privadas responsables del suministro de agua
potable.
- Que el Estado Nacional solvente los gastos
que demande el cumplimiento de las acciones que se mencionan.
Proponemos por todo lo expuesto, el
tratamiento del presente proyecto considerando que reúne las pautas normativas
necesarias para enfrentar la reducción de arsénico en el agua de consumo y sus
consecuencias sobre la salud, partiendo de los programas existentes a niveles nacionales
y provinciales y de los aportes e inquietudes que nos han hecho llegar muchos
investigadores/as comprometidos/as con la búsqueda de soluciones para un gravísimo
problema de salud pública que nos afecta a todos, pero en especial a los más humildes,
que carecen de posibilidades para acceder al goce de la salud, derecho que reconocemos
como un derecho humano básico.
El presente proyecto fue presentado por
nosotros en el periodo legislativo 2008 bajo el número de expediente 1861-D-2008. A si
mismo volvemos a presentar la iniciativa ya que la misma ha perdido estado
parlamentario.
.
(1) "La problemática del arsénico en aguas
subterráneas" , Informe preparado para el proyecto "Prevención del hidroarsenicismo
crónico regional endémico a través del control del contenido de arsénico en el agua de
bebida" preparado por Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, Subsecretaría de
Recursos Hídricos y la Fundación Santiago y Carmen Besuschio.
(2) Nicolli, Tineo, Imerino en "Movilidad del
arsénico y de otros oligoelementos asociados en aguas subterráneas de la cuenca de
Burruyacú, provincia de Tucumán, Republica Argentina"; Congreso en memoria de
Germán Galarza,; Barcelona; Septiembre de 2001, Pág 32.
(3) Lenzken, Silvia Carolina, "Arsénico: un
fantasma entre las aguas" , en Revista Profesión Salud, Fundación CONAMED, abril
2004, año 4 Nº27, pag. 10.
(4) "Los chicos hallaron arsénico en el agua de
Carlos Casares", diario La Nación, 30 de julio de 2004.
(5) Farías, Silvia Dra. "Informe Arsénico",
mimeo 2004, p. 26-29.
(6) Sobre el tema puede verse el artículo "La
Dosis Hace al Veneno" Rev. Profesión Salud año 8 Nº 47 pág 8.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |