PROYECTO DE TP
Expediente 0912-D-2011
Sumario: CREACION DEL FONDO NACIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS EN LA ORBITA DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Fecha: 17/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
El Senado y Cámara de Diputados...
Fondo Nacional para el Fortalecimiento de los
Presupuestos Participativos
Artículo 1º: Créase el Fondo Nacional para el
Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos con carácter de organismo autárquico
dentro de la órbita del Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 2º: El Fondo tendrá por objeto
disponer un porcentaje anual del presupuesto nacional para que sea definido por la
ciudadanía de cada municipio en su respectivo presupuesto participativo, según la
modalidad que estime conveniente cada uno de sus organismos de aplicación.
Artículo 3°: La asignación del porcentaje
anual será decidida por el Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 4°: La administración del Fondo
estará a cargo de un Directorio que se compondrá de un Presidente, designado por la
Presidencia de la Nación, un vocal designado por cada uno de los ministros que conforman
el Gabinete Nacional y dos vocales designados por la Red Argentina de Presupuestos
Participativos.
Artículo 5º: Para acceder al Fondo, los
municipios deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Disponer al menos el 2% de su
presupuesto general al Presupuesto Participativo;
2. Tener una antigüedad de al menos 2 años
en la aplicación del Presupuesto Participativo.
Artículo 6º: La ejecución de las obras
correspondientes al Fondo, sea cual fuere su modalidad de aplicación en cada municipio,
será competencia del gobierno nacional, en las áreas que correspondan, las que establecerán
como prioridad para esa ejecución la contratación de empresas y/o cooperativas
constituidas en cada municipio.
Artículo 7º: El control de ejecución será el
que cada municipio haya establecido para su propio presupuesto participativo.
Artículo 8º: El monitoreo general del Fondo
será ejercido por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, en la modalidad que sea
por ella convenida.
Artículo 9º: El Fondo llamará a cada
municipio que contenga el Presupuesto Participativo para estudiar y decidir:
1. El criterio de distribución de los recursos
asignados;
2. Cómo y hasta qué límite irá creciendo el
porcentaje del presupuesto nacional afectado al Fondo, conforme se vayan sumando nuevos
municipios a la aplicación del presupuesto participativo.
Artículo 10º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Consejo Directivo de la Red Argentina de
Presupuestos Participativos, organización constituida en febrero de 2009, acerca esta
propuesta para la elaboración de un proyecto de ley que tenga por objetivo el
fortalecimiento de los Presupuestos Participativos, a través de la creación de un Fondo
Nacional exclusivamente orientado a dicha política pública, que hoy es implementada por
21 gobiernos municipales del país e impacta sobre una población global de casi siete
millones de habitantes.
El Presupuesto Participativo es, básicamente,
un espacio público deliberante, organizado en asambleas barriales en todo el territorio del
municipio, creado con el objetivo de que los mismos habitantes identifiquen sus
problemáticas y promuevan las políticas oportunas para su abordaje, desde el compromiso
político del gobierno municipal de concretarlas, bajo el control de las mismas
asambleas.
Esta política pública merece, por su potencial
democratizador, expandirse hacia la mayor cantidad posible de municipios. Pero este
objetivo sólo podrá alcanzarse si se convierte en una política nacional que sostenga y
contribuya a la formación de la necesaria voluntad política de los gobiernos locales, de
modo tal que esta no sea sólo una expresión individual, que, en muchos casos, no puede
materializarse y que, cuando así lo hace, corre el serio riesgo de discontinuar esta práctica
o, lisa y llanamente, de cancelarla.
Concretamente, este proyecto de ley propone
la creación del Fondo Nacional para el Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos,
que consiste en la disposición de un porcentaje del presupuesto nacional para que sea
definido por la ciudadanía de cada municipio en su respectivo presupuesto participativo,
según la modalidad que estime conveniente cada uno de sus organismos de aplicación.
La implementación del Fondo Nacional para
el Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos operaría también como impulsor de
nuevas experiencias de esta política pública en los municipios que no la están
implementando aún. Según nuestros registros, tan sólo 21 municipios -entre más de 2000-
están llevando adelante esta política en nuestro país.
A manera de ejemplo, si asignamos al Fondo
Nacional para el Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos el 0,1% del actual
presupuesto nacional, contaríamos con $ 233.000.000 para distribuir entre los 21
municipios que implementan hoy el presupuesto participativo. Si se estableciera la
distribución de aquel monto en partes iguales entre estos municipios, cada uno de ellos
agregaría algo más de $ 11.000.000 a la partida presupuestaria que asigna a aquella
política.
Lo anterior, sólo a manera de ejemplo. Este
proyecto propone que el criterio de distribución de la asignación nacional propuesta sea
también decidido en forma participativa, por lo que dispone, para tal fin, que su autoridad
de aplicación llame a todos los gobiernos municipales que implementan el presupuesto
participativo.
Para la distribución del Fondo Nacional para
el Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos se debería establecer un criterio de
progresividad, que debería contemplar, a nuestro juicio, la cantidad total de población del
Municipio y el porcentaje de población en situación de pobreza, sumado ello al faltante de
infraestructura de servicios, con la idea que reciban más fondos aquellas realidades locales
que más los necesitan, teniendo en cuenta:
a) la centralidad del Gasto Público como
factor de construcción de una matriz regresiva o progresiva de redistribución de la riqueza y
los ingresos en una sociedad;
b) el abismo existente entre diferentes
contextos locales en términos de cantidad de población, situación económica-social,
cantidad y calidad de la dotación de infraestructura y servicios, etc.
En esta etapa de debate, también se
establecería cómo y hasta qué límite iría creciendo el porcentaje del presupuesto nacional
afectado al Fondo Nacional para el Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos,
conforme se vayan sumando nuevos municipios a la aplicación del presupuesto
participativo.
Para la ejecución del Fondo Nacional para el
Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos sería conveniente fijar los siguientes
requisitos para los municipios que deseen acceder:
a) disponer al menos 2 por ciento del
presupuesto general al Presupuesto Participativo;
b) una antigüedad de al menos 2 años de sus
Presupuestos Participativos.
La aplicación de estos requisitos mínimos se
funda en la idea de evitar especulaciones financieras y políticas, contrarias a la apuesta por
incrementar el protagonismo popular en políticas públicas con el propósito de profundizar
la democracia, apuesta que la idea del Presupuesto Participativo representa.
Por otra parte, y sea cual fuere la modalidad
de la deliberación pública en cada municipio, la ejecución de las obras correspondientes al
Fondo Nacional para el Fortalecimiento de los Presupuestos Participativos será
competencia del gobierno nacional, que establecerá como prioridad para esa ejecución la
contratación de empresas y/o cooperativas constituidas en cada municipio.
El control de ejecución será el que cada
municipio haya establecido para su propio presupuesto participativo, mientras que el
monitoreo general del Fondo Nacional para el Fortalecimiento de los Presupuestos
Participativos proponemos que sea ejercido por la Red Argentina de Presupuestos
Participativos, en la modalidad que sea convenida entre esta y la autoridad de
aplicación.
***
La Red Argentina de Presupuestos
Participativos reconoce su origen en el Primer Encuentro Nacional de Presupuestos
Participativos (ENPP), que tuvo lugar los días 12, 13 y 14 de diciembre de 2008, en la
ciudad de La Plata, ideado y organizado por el Consejo de Presupuesto Participativo de la
Municipalidad de La Plata, con la colaboración de la Secretaría de Relaciones
Parlamentarias de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
El ENPP fue declarado de interés nacional por
la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, de interés por la Cámara de Diputados
de la Nación y de interés municipal por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de La
Plata.
El ENPP reunió a 12 de los 19 municipios que
implementaban en ese momento el Presupuesto Participativo, a saber: Bella Vista
(Corrientes), Campana, General San Martín, La Plata, Morón, Necochea, San Fernando,
San Miguel (Buenos Aires), Comodoro Rivadavia (Chubut), Córdoba, Godoy Cruz
(Mendoza) y Rosario (Santa Fe).
Los otros municipios no pudieron acudir por
distintas razones, aunque todos mantuvieron y siguen manteniendo comunicación fluida
con la RAPP y aceptan y apoyan su constitución. Son ellos: El Huecú (Neuquén), General
Pueyrredón, La Matanza (Buenos Aires), Resistencia (Chaco), Río Grande (Tierra del
Fuego), San Carlos de Bariloche (Río Negro) y Santa Fe.
A ellos se agregan este año dos municipios
que ya decidieron iniciar la implementación del Presupuesto Participativo: Partido de la
Costa (Buenos Aires) y San Salvador (Jujuy).
En el ENPP se tomó la decisión, por
unanimidad, de constituir la Red Argentina de Presupuestos Participativos y se eligió en
asamblea a la ciudad de Córdoba como sede del segundo encuentro, a realizarse en el mes
de diciembre de 2009.
El viernes 20 de febrero de 2009, en el Salón
Auditorio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación (Av. Julio A. Roca 782, 1º
subsuelo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires), se constituyó la Red Argentina de
Presupuestos Participativos (RAPP), cuyo lanzamiento estuvo encabezado por el Secretario
de Relaciones Parlamentarias de la Jefatura de Ministros de la Nación, Oscar González, y la
Secretaria de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior, Kelly Olmos.
Estuvieron presentes representantes de los
municipios de Morón, San Miguel, San Martín, Comodoro Rivadavia, La Plata, Córdoba
(Capital), San Salvador de Jujuy, Rosario, Zárate, San Fernando, Necochea y el Partido de
la Costa.
También estuvieron presentes representantes
de la Universidad Nacional de General Sarmiento, de la Facultad Latinoamericana de
Ciencias Sociales (FLACSO), del Movimiento por la Carta Popular (movimiento social de
San Miguel) y de Colectivo Ciudadano (ONG de Córdoba).
El Consejo Directivo de la RAPP quedó
conformado de la siguiente manera, por elección directa de todos los presentes:
- Pablo Ignacio Caruso, por la Secretaría de
Relaciones Parlamentarias de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación;
- Yasmina Ghio, por la Secretaría de
Asuntos Municipales del Ministerio del Interior de la Nación;
- Carlos A. Sortino, Secretario del Consejo
de Presupuesto Participativo de la Municipalidad de La Plata, (organizador del 1er.
Encuentro Nacional de Presupuestos Participativos);
- Carlos Quinteros, por la Municipalidad de
Córdoba (organizadora del 2do. Encuentro Nacional de Presupuestos Participativos);
- Andrea Pereztiuk, por la Municipalidad de
Necochea;
- María José Parra, por la Municipalidad de
Morón.
En esta reunión constitutiva de la RAPP
también se discutió y se aprobó, por unanimidad, la siguiente
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
Quienes impulsamos y organizamos el
Presupuesto Participativo (PP) nos reunimos en la Red Argentina de Presupuestos
Participativos (RAPP), con el objetivo de constituirla en su herramienta pública de
promoción, sostén, fortalecimiento y expansión, desde los siguientes principios:
1. Concebimos al PP como una forma de
democracia participativa. La democracia participativa se funda en la idea de que los
ciudadanos y las ciudadanas deben participar directamente en las decisiones políticas y no
sólo, como es propio de la democracia representativa, en la elección de los decisores
políticos.
2. Definimos el PP como un proceso de
intervención directa, permanente, voluntaria y universal en el cual la ciudadanía,
conjuntamente con el gobierno, delibera y decide qué políticas públicas se deberán
implementar con el presupuesto estatal.
3. Entendemos al PP como herramienta de
gestión en el marco de una estrategia política orientada a democratizar la relación Estado-
sociedad, construir ciudadanía, redistribuir recursos públicos con criterio de justicia social y
propiciar la organización comunitaria y participativa en pos de que el pueblo sea activo
sujeto de la vida política comunal, provincial y nacional, en contra de la manipulación de la
democracia por parte de corporaciones de cualquier índole.
4. Consideramos que los presupuestos
participativos así concebidos deben incluir como mínimo los siguientes criterios:
- Auto-reglamentado;
- Universal: una mujer o un hombre, un
voto;
- Vinculante;
- Control ciudadano de la ejecución
presupuestaria;
- Rendición de cuentas deliberativo
5. Promovemos como valores de
sustentación de la RAPP
DIVERSIDAD: Respeto por los orígenes y
proyecciones políticas, culturales e ideológicas de los actores involucrados.
EQUIDAD: Apoyo a todos los gobiernos,
comunidades y ciudadanos y ciudadanas que requieran la cooperación de la RAPP,
promoviendo la igualdad de oportunidades, la equidad de género y velando porque las
propuestas de Presupuesto Participativo tiendan a la redistribución progresiva de los
recursos públicos.
SOLIDARIDAD: Promueve la cooperación
entre sus miembros y con otras Redes afines.
DEMOCRACIA: Aceptación del principio
de la deliberación pública como forma de arribar a decisiones colectivas, y de que cada
miembro con derecho a voto tenga sólo un voto.
FEDERALISMO: Fomenta la adhesión de
miembros de todo el territorio nacional garantizando su inclusión equitativa en la
localización y distribución de las actividades.
El Consejo Directivo de la RAPP, luego de
varias reuniones de trabajo, convocó a una asamblea el 6 de junio de 2009, realizada en el
Salón Dorado de la Municipalidad de La Plata.
En esta asamblea se aprobó definitivamente el
Estatuto de la red y se eligió por unanimidad a Carlos A. Sortino, Secretario del Consejo de
Presupuesto Participativo de la capital bonaerense, como su primer Presidente.
Estuvieron presentes en la asamblea los
municipios de La Plata, Morón, Córdoba, Necochea, San Miguel, Campana, San Salvador
de Jujuy, Río Grande, Comodoro Rivadavia, Bella Vista, Partido de la Costa, San Fernando
y Rosario
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BASTEIRO, SERGIO ARIEL | BUENOS AIRES | NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
ASUNTOS MUNICIPALES |
OBRAS PUBLICAS |