PROYECTO DE TP
Expediente 0910-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL PLAN DE RADARIZACION.
Fecha: 26/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a
través del Ministerio de Defensa se sirva informar lo siguiente con relación al plan de
Radarización:
1. Detalle de todas las acciones llevadas a
cabo desde la fecha de la firma del decreto presidencial 1407/2004 para implementar y
poner en marcha el Sistema Nacional de Vigilancia y Control Aeroespacial.
2. Si el Poder Ejecutivo ha hecho una nueva
evaluación técnica de la propuesta que pone en marcha el Sistema Nacional de Vigilancia y
Control Aeroespacial, en relación a la tecnología disponible, la diversidad orográfica de
nuestro país y las necesidades de la defensa y el control del espacio aéreo.
3. Si está previsto en el Sistema Nacional de
Vigilancia y Control Aeroespacial un sistema de enlace de comunicación satelital que permita
intercomunicación entre todos los radares móviles, los escuadrones aeromóviles a desplegar
en el terreno, las bases aéreas dotadas con aviones cazabombarderos e interceptores
4. Estado en el que se encuentra la
construcción e instalación de 11 radares secundarios (2D) y costo final por unidad que se
pagó al INVAP S.E.
5. Estado en que se encuentra la licitación
internacional para la adquisición de radares 3D. Que valuación hace el Poder Ejecutivo de las
distintas propuestas tecnológicas de las empresas
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sea por peleas comerciales, crisis económica,
desinversión o falta de interés político, desde hace más de diez años siempre ha habido
algún impedimento para avanzar en la radarización del país. Y aunque se la reconozca como
una necesidad, la Argentina tiene uno de los niveles de radarización más bajos de la
región.
El control del sistema de radares cubre hoy
apenas el 11% del espacio aéreo del territorio nacional, limitándose a radares para control
de tránsito aéreo instalados en los aeropuertos de Ezeiza (1973 y actualizado en los 87, 95,
98, 05, y 06), Córdoba (1987), Mendoza (1993), Mar del Plata (1997), y un radar secundario
en Paraná (1996). Desde hace 10 años el Estado nacional no ha incorporado ningún radar
para ir completando la red de control de tránsito aéreo.
La comparación con los vecinos deja al
descubierto el atraso en la materia: Brasil tiene bajo control casi la totalidad de su espacio
aéreo, Chile el 60% y Perú, el 25%. Sólo Uruguay queda por debajo, con 5%.
Si hacemos un somero repaso de las
disposiciones legales dictadas en la materia podemos entrever que a pesar de la necesidad
todos los gobiernos desde 1996 a la fecha han incumplido con el objetivo de mejorar la
radarización en la Argentina:
Durante el segundo mandato de Carlos Menem,
el 14 de febrero de 1996, mediante el Decreto Nº 145, se aprobó el Plan Nacional de
Radarización y se autorizó a ejecutar la Primera Etapa del mismo, cuya financiación fue
autorizada por el Congreso Nacional en virtud de lo establecido en los Artículos 56 y 60 de la
Ley Nº 24.156.
Por otra parte, mediante la Ley Nº 24.813 del
23 de Abril de 1997, se autorizó la contratación de obras y adquisiciones de bienes y
servicios correspondientes al Plan Nacional de Radarización hasta un monto de $
185.300.000, (equivalente a dólares en aquel momento).
El 24 de octubre de 2000, el gobierno de la
ALIANZA, por medio de la Resolución Nº 1084 del Ministro de Defensa, alegando razones de
mejor conveniencia a los intereses de la Administración, se dejó sin efecto la Licitación
Pública Nacional e Internacional 12/97, denominada "PLAN NACIONAL DE RADARIZACION -
PRIMERA ETAPA".
Ya en la Administración de Néstor Kirchner, el
14 de Octubre de 2004, se derogó el Decreto Nº 145/96, mediante el Decreto 1407/2004
que aprobó el SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA Y CONTROL AEROESPACIAL - 2004. El
cual detallaba el propósito, concepto operativo, diseño, clasificación de seguridad y medios
que componen la totalidad del Sistema. Entre los fundamentos del nuevo Decreto merece
destacarse el párrafo que señala: "dado el incremento que ha tenido la actividad de vuelos
ilícitos a nivel mundial y más específicamente a nivel regional, relacionados con el
contrabando y el uso del medio aéreo como elemento terrorista, se hace imprescindible
poder contar con radares y sistemas que realicen un control efectivo del aeroespacio, de
manera de proteger el tránsito aéreo en el ámbito nacional, el desarrollo nacional y la
seguridad de sus fronteras".
Ante una crisis por la salida de operación de
unos de los radares de Ezeiza, el 30 de Enero de 2007, la actual Ministro de Defensa, dicta la
Resolución N° 54/2007, que dispuso ampliar hasta el 20 de marzo del 2007 el plazo de la
presentación de las ofertas en la licitación internacional para la adquisición de cuatro radares
móviles de tres dimensiones (3D).
Por ultimo, el 15 de Marzo de 2007, mediante el
Decreto 239/2007, se crea en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Administración Nacional de Aviación
Civil (ANAC), quien será la Autoridad Aeronáutica Nacional y ejercerá como organismo
descentralizado, las funciones y competencias establecidas en el Código Aeronáutico (Ley Nº
17.285), en la Ley Nº 19.030 de Política Aérea; en los Tratados y Acuerdos Internacionales,
leyes, decretos y disposiciones que regulan la aeronáutica civil en la República
Argentina.
El uso y explotación del aeroespacio es un bien
público nacional, y su vigilancia es una actividad esencial del ejercicio de las funciones de
gobierno y una obligación indelegable del estado Nacional.
Por todo ello, es que pongo este proyecto a
disposición de mis pares solicitando su apoyo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | ARI AUTONOMO 8 + |
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
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