PROYECTO DE TP
Expediente 0909-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES Y EL TRATAMIENTO DE LOS ADICTOS DENTRO DE LOS SERVICIOS PENITENCIARIOS FEDERALES.
Fecha: 16/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, que a través de
las autoridades competentes informe todas las cuestiones relacionadas con el consumo de
estupefacientes dentro de los servicios penitenciarios federales y a su vez el tratamiento de
los adictos dentro de los mismos:
¿Se ha realizado un relevamiento para
conocer cómo es que se logra ingresar distintas drogas a las unidades carcelarias? En
caso negativo explique detalladamente los motivos.
Determine; - ¿Cuál es el control que realiza el
personal del servicio penitenciario hacia los familiares de los reclusos en sus visitas?
¿Cuáles son dichos controles?
¿Qué métodos tecnológicos o recursos
humanos son utilizados por parte del servicio penitenciario para requisar a los reclusos o
sus familiares antes del ingreso a cada unidad penitenciaria?
¿Se ha realizado un relevamiento para saber
cuántos reclusos son adictos a los estupefacientes dentro de las unidades carcelarias? En
caso afirmativo discriminen; por provincia, por sexo, por edad y por delito. En caso
negativo, explique los motivos
¿Se ha realizado un relevamiento para
determinar qué tipo de estupefacientes se consumen? En caso afirmativo, indique
resultados. En caso negativo, explique los motivos.
¿Se ha realizado un relevamiento para saber
la cantidad de adictos por unidad carcelaria dentro de todo el país? En caso afirmativo,
explique cuál es el tratamiento que se realiza con ellos.
Se ha realizado un relevamiento para saber
cuáles son las unidades penitenciarias más afectadas? Discrimine por provincia, edad y
sexo. En caso afirmativo, indique cuales. En caso negativo, explique los motivos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El flagelo de la droga se encuentra instalado
en los Servicios Penitenciarios de nuestro país .El dato surge después de las falencias
detectadas en una visita a la cárcel encabezada por varios estamentos judiciales, quienes a
fines de sanear la situación, elevaron un informe hacia el Ministerio de Gobierno,
manifestando tales deficiencias.
Las causas que ingresaron al Tribunal Federal
por tenencia de Drogas, según datos aportados por el representante del ministerio público,
"son más de 100", aunque algunas de ellas prescribieron y otras se archivaron, porque
tienen más de dos años".
Aunque la mayoría de las causas por
comercialización han sido elevadas a juicio y aún hay otras que se están tramitando, una
de las principales causas en el archivo de las mismas se debe a la lentitud con la que se
procede en muchos de estos casos.
Una de las particularidades de las causas es
que la mayoría de las imputaciones recaen sobre internos que fueron procesados por la
Justicia común, y no aquellos sobre quienes pesan condenas emitidas desde el Tribunal
Federal.
Sumado a la problemática que no trae
narcotráfico, más la presencia de estupefacientes dentro del sistema carcelario, se suma
un reciente fallo de la Sala II de la Cámara de CasaciónPenal , que no deja de sorprender
y nos muestra una realidad preocupante que padece nuestro país.
Dicha Sala que tiene un largo historial de
anulaciones de condena de narcotráfico,volvió a pronunciarse sobre un tema relacionado al
uso de drogas ilegales. En esta oportunidad, entendió que la tenencia de estupefacientes
para consumo personal por parte de un preso dentro de una cárcel no es delito.
El fallo corresponde a la reafirmación de una
sentencia de una instancia anterior que sobreseyó a tres reclusos que fueron sorprendidos
con marihuana.
El tribunal equiparó así un criterio sustentado
por la Corte Suprema.
El fallo, suscripto por los jueces Alejandro
Slokar y Angela Ledesma, sostuvo que "la circunstancia de que la tenencia de
estupefacientes para consumo personal esté dirigida a una persona detenida en un
establecimiento penitenciario, no implica por sí solo que se haya producido un daño a
bienes o derechos de terceros".
"La titularidad de derechos no se detiene
frente a los muros de los establecimientos carcelarios", indicaron los dos jueces en su voto
mayoritario.
El tribunal rionegrino que había fallado en
primer término había considerado que "las personas privadas de la libertad, si bien al
encontrarse alojadas en una unidad penitenciaria se les restringen determinados derechos,
no conlleva la cancelación de todos y cada uno de ellos".
Slokar y Ledesma reafirmaron que por "la
cantidad de droga que tenía en su poder el imputado y el lugar donde la tenía
guardada, es inequívoco que la sustancia estaba destinada a satisfacer su propio y
exclusivo consumo". Y agregaron que "de modo que aun cuando el hecho se haya
realizado en el ámbito de una unidad penitenciaria en la que se encuentra detenido, no se
advierte que sólo por eso se pueda sostener que ha provocado el peligro concreto o el
daño a derechos o bienes de terceros que habilitaría eventualmente un reproche penal",
añadieron.
Elena Catucci, tercera integrante de la sala,
discrepó con esa postura. A su entender, "la conducta que se investiga ha trascendido el
ámbito privado protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional". Postura a la que
indudablemente me adhiero.
Por todas estas razones, invito a los señores
diputados a acompañar el presente proyecto.
Fuente: www.Infobae.com
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | COMPROMISO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |