PROYECTO DE TP
Expediente 0896-D-2008
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA: MODIFICACIONES SOBRE LA CANTIDAD DE INTEGRANTES DE LA COMISION DE LEGISLACION DEL TRABAJO.
Fecha: 26/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Disponer la integración de la
Comisión de Legislación del Trabajo de este cuerpo con treinta y cinco
miembros.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El desarrollo de un nuevo escenario
mundial, económico, político y cultural requiere de los principales actores
sociales, sindicatos y empleadores, que son los que tienen la potestad de
regular las condiciones colectivas de trabajo, invistiéndolos de una facultad de la
cual carecen otros sectores de la Argentina , para ello el poder legislativo, el
estado empleador y los trabajadores organizados de los sectores públicos y
privados deben enfrentar esta etapa evolutiva de la reforma del estado
mediante la participación activa de las organizaciones gremiales.
En Argentina existe un largo
camino de tradición sindical, habiendo en los últimos años encontrado caminos
tales como la gestación del primer convenio colectivo de trabajo para la
administración central, profundizando la democratización de las relaciones entre
el estado y la sociedad.
Las relaciones industriales vigentes,
la mundialización de la economía, el surgimiento de determinados sectores de
producción y la reducción o desaparición de otros, obligan a modificar
estructuras para responder con adaptabilidad y con mejores resultados, a los
requerimientos de una realidad altamente cambiante.
Por todo ello deseamos participar
activamente con las expresiones de la señora presidenta de la Nación doctora
Cristina Fernández de Kirchner, en su Mensaje ante la Honorable Asamblea Legislativa
cuando se refiere a la construcción del acuerdo del bicentenario, en donde todos
los argentinos, independientemente del lugar o del sector político en el que milite o al
cual pertenezca, debe originar un compromiso de poder decidir entre todos, el acuerdo
de los argentinos en torno al modelo de país y los instrumentos a adoptar y se ve
especialmente reflejado en nuestro sector del Trabajo cuando expresa la generación de
3.700.000 puestos de trabajo, que nos han llevado de los 13.000.000 del año 2002 a
estos 16.500.000 de hoy y establece una meta a la cual queremos aportar, cuando la
materializa en los 19.500.000 de puestos de trabajo en la República Argentina.
Esta Honorable Cámara que dignamente
preside cuenta con Diputados como Ernesto Segundo López, del Bloque Frente para la
Victoria, P.J, provincia de San Juan, Ariel Pasini, Bloque Frente para la Victoria, P.J,
provincia de Buenos Aires, y María América González del ARI Autónomo mas ocho,
con vasta experiencia gremial y en el ámbito laboral, que sin lugar a dudas,
coadyuvarían con su esfuerzo y trabajo a apoyar y consolidar la labor legislativa de la
Comisión de Legislación del Trabajo, en los ámbitos de aplicación específicos, ya
sea interrelacionándose con los sujetos de la negociación,
significando con ello aumentar los
derechos y garantías de los ciudadanos y asistir a recuperar el valor social del
empleo publico y privado, contribuyendo a la generación de los capítulos referidos
a la infraestructura económica y social, en concordancia con lo expresado por la Sra.
Presidenta en el Mensaje supra citado.
El limite actual de la integración de
diputados miembros que componen la Comisión de Legislación del Trabajo, nos
restringe la posibilidad de ampliar con excelencia el objeto de sus contenidos.
Por lo expresado solicitamos de
nuestros pares la aprobación de la presente resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LOPEZ, ERNESTO SEGUNDO | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
PASINI, ARIEL OSVALDO ELOY | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0825/2008 | CON MODIFICACIONES; CON 1 DISIDENCIA PARCIAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA EL EXPEDIENTE 0896-D-08 | 15/09/2008 |