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PROYECTO DE TP


Expediente 0896-D-2008
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA: MODIFICACIONES SOBRE LA CANTIDAD DE INTEGRANTES DE LA COMISION DE LEGISLACION DEL TRABAJO.
Fecha: 26/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Disponer la integración de la Comisión de Legislación del Trabajo de este cuerpo con treinta y cinco miembros.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El desarrollo de un nuevo escenario mundial, económico, político y cultural requiere de los principales actores sociales, sindicatos y empleadores, que son los que tienen la potestad de regular las condiciones colectivas de trabajo, invistiéndolos de una facultad de la cual carecen otros sectores de la Argentina , para ello el poder legislativo, el estado empleador y los trabajadores organizados de los sectores públicos y privados deben enfrentar esta etapa evolutiva de la reforma del estado mediante la participación activa de las organizaciones gremiales.
En Argentina existe un largo camino de tradición sindical, habiendo en los últimos años encontrado caminos tales como la gestación del primer convenio colectivo de trabajo para la administración central, profundizando la democratización de las relaciones entre el estado y la sociedad.
Las relaciones industriales vigentes, la mundialización de la economía, el surgimiento de determinados sectores de producción y la reducción o desaparición de otros, obligan a modificar estructuras para responder con adaptabilidad y con mejores resultados, a los requerimientos de una realidad altamente cambiante.
Por todo ello deseamos participar activamente con las expresiones de la señora presidenta de la Nación doctora Cristina Fernández de Kirchner, en su Mensaje ante la Honorable Asamblea Legislativa cuando se refiere a la construcción del acuerdo del bicentenario, en donde todos los argentinos, independientemente del lugar o del sector político en el que milite o al cual pertenezca, debe originar un compromiso de poder decidir entre todos, el acuerdo de los argentinos en torno al modelo de país y los instrumentos a adoptar y se ve especialmente reflejado en nuestro sector del Trabajo cuando expresa la generación de 3.700.000 puestos de trabajo, que nos han llevado de los 13.000.000 del año 2002 a estos 16.500.000 de hoy y establece una meta a la cual queremos aportar, cuando la materializa en los 19.500.000 de puestos de trabajo en la República Argentina.
Esta Honorable Cámara que dignamente preside cuenta con Diputados como Ernesto Segundo López, del Bloque Frente para la Victoria, P.J, provincia de San Juan, Ariel Pasini, Bloque Frente para la Victoria, P.J, provincia de Buenos Aires, y María América González del ARI Autónomo mas ocho, con vasta experiencia gremial y en el ámbito laboral, que sin lugar a dudas, coadyuvarían con su esfuerzo y trabajo a apoyar y consolidar la labor legislativa de la Comisión de Legislación del Trabajo, en los ámbitos de aplicación específicos, ya sea interrelacionándose con los sujetos de la negociación,
significando con ello aumentar los derechos y garantías de los ciudadanos y asistir a recuperar el valor social del empleo publico y privado, contribuyendo a la generación de los capítulos referidos a la infraestructura económica y social, en concordancia con lo expresado por la Sra. Presidenta en el Mensaje supra citado.
El limite actual de la integración de diputados miembros que componen la Comisión de Legislación del Trabajo, nos restringe la posibilidad de ampliar con excelencia el objeto de sus contenidos.
Por lo expresado solicitamos de nuestros pares la aprobación de la presente resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOPEZ, ERNESTO SEGUNDO SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI AUTONOMO 8 +
PASINI, ARIEL OSVALDO ELOY BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0825/2008 CON MODIFICACIONES; CON 1 DISIDENCIA PARCIAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA EL EXPEDIENTE 0896-D-08 15/09/2008