PROYECTO DE TP
Expediente 0892-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LAS ACTIVIDADES DE CONTROL AMBIENTAL DE PUERTOS.
Fecha: 14/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que,
a través de los organismos que correspondan, dentro de un plazo de treinta (30)
días de recibida la presente, remita la documentación e información que a
continuación se detalla:
- En relación a la aplicación de
algunos aspectos de la ley de Puertos 24.093:
1°: Remita el Manual de Normas y
Procedimientos para las actividades de control ambiental en los puertos.
2°: De no existir explique los
motivos.
3°: ¿Por qué no existe en la
Subsecretaria de Puertos y Vías Navegables (SSPyVN) un área con competencia
ambiental pese a las obligaciones de gestión y de dictado normativo en la materia
de dicho organismo?
4°: ¿Por qué la Dirección Nacional
de Vías Navegable (DNVN) no ha elaborado normativa ambiental, pese a ser una
de las acciones instituidas a la misma por Resolución MINPLAN 58/2004?
5°: ¿En que puertos se implementó
la evaluación de impacto ambiental y los mecanismos de participación ciudadana
previstos en los artículos 11, 20 y 21 de la ley 25675?
6°: Si no ha sido en todos,
explique los motivos de la falta de aplicación de la norma.
7°: Envíe el listado de los puertos que
funcionan sin habilitación.
8°: Explique los motivos por lo que
existen puertos funcionando sin habilitación.
9° ¿En qué plazo se normalizará la
situación?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El transporte marítimo
y fluvial es de importancia fundamental para la economía de todo el planeta dado
que el 90 % del comercio mundial se transporta por mar y es, desde el punto de
vista de la Organización Marítima Internacional -OMI-, "el modo más eficaz en
función de los costos de mover alrededor del mundo mercancías y materias primas
en grandes cantidades". Desde esta perspectiva, los puertos juegan un papel
relevante como facilitadores del comercio, a la vez que contribuye a incrementar la
productividad y la competitividad de los países el desarrollo portuario es una
variable con incidencia en la cadena logística del transporte.
Nuestro país desde el inicio de su
historia ha tenido en los puertos ejes fundamentales de su desarrollo. Desde
Buenos Aires pensada como puerto de salida de la plata del Potosí, pasando por
los puertos del litoral que dieron vida a economías y poblaciones ribereñas desde
fines del siglo XVIII hasta la actualidad donde nuevos ejes de desarrollo se crean a
través de los puertos como el caso de Zarate-Campana.
La producción y exportación de
materias primas en los últimos años ha dado lugar a la necesidad de incrementar
la inversión en dichas terminales, pero según un informe de la CEPAL aún falta
mucho en materia de inversión portuaria en la región en los próximos años para
recibir los buques de mayor calado.
De igual manera, la importación
creciente de gas licuado necesita de adecuaciones importantes en los puertos
donde es recibido dado lo riesgosos de su operatoria.
Somos los primeros interesados en
que dichas inversiones se realicen, pero aspiramos a la vez que se haga como
corresponde, teniendo en cuenta las limitaciones y potencialidades de cada
ecorregión donde los puertos están insertados, aplicando normas de control
ambiental necesarias para evitar la creación de problemas cuando se busca un
beneficio.
Pero además deben realizarse en un
marco administrativo ordenado, cosa que hoy no puede garantizarse.
Cuando en la década del 90 el estado
nacional decidió desprenderse de prácticamente todos sus activos, los puertos no
escaparon de esa decisión, y como tantas otras cosas se pasaron al ámbito
provincial sin que se tomaran los recaudos necesarios para garantizar una
transferencia ordenada.
Tanto es así que hoy, según el
informe de la Auditoría General de la Nación 263-2012, el 70% de los puertos del
país se encuentran sin habilitar.
Y hay en esto una gran
responsabilidad del gobierno nacional ya que la Subsecretaria de Puertos y Vías
Navegables es la autoridad portuaria nacional y autoridad de aplicación de la Ley
de Puertos 24.093, que regula todos los aspectos vinculados a la habilitación,
administración y operación de los puertos estatales y particulares.
Tiene por tanto la responsabilidad
primaria de entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas
sobre concesión de puertos, servicios portuarios y mantenimiento de las vías
navegables.
Dadas estas circunstancias nos resulta
inconcebible que la gran mayoría de los puertos argentinos funcionen sin la
correspondiente habilitación. Porque se ha llegado a esta situación? Quien es el
responsable, y que piensa hacer para remediarla? Quién se hará cargo si ocurre un
accidente en un puerto sin habilitación? son preguntas que exigen una respuesta
inmediata.
A la vez, como ya lo manifestamos
antes, nos preocupa la situación de los puertos y las actividades de las vías
navegables con relación a su impacto sobre el ambiente, ya que son fuente de
contaminación y deterioro de sistemas frágiles como los bordes y lechos de ríos
junto a sus poblaciones de flora y fauna silvestre, sobretodo en el momento que se
realizan las obras para canales de navegación.
El control sobre los aspectos
ambientales también recae en el gobierno nacional, como vemos en la disposición
4/97 de la SSPVN que determina: Respecto al articulo 6 inciso f) de la ley 24.093,
conforme a la cual debe considerarse para la habilitación de puertos y terminales
la "incidencia en el medio ambiente, niveles máximos de efluentes gaseosos,
sólidos y líquidos del puerto terminal", dicha disposición establece para los puertos
en funcionamiento (art. 9 de la ley 24.093) la Declaración ambiental, para su
habilitación definitiva.
A eso se agrega la Resolución
MINPLAN 58/2004 (estructura administrativa - aperturas inferiores) donde se
establecen las acciones de las áreas, o diversas ordenanzas de la Prefectura Naval
sobre control de contaminación y específicamente el Plan para la Prevención de la
Contaminación por derrame de hidrocarburos., más lo derivado de normas como la
Ley General del Ambiente 25.675.
Sin embargo observamos un nulo
desarrollo de las áreas y normas que la autoridad de aplicación debe observar. No
haber creado aun un área que centralice la cuestión ambiental dentro de la SSPVN,
la ausencia de normas específicas que ya deberían haber dictado, o la falta de
aplicación de la ley general del ambiente, demuestran un desinterés preocupante
que no puede prologarse en el tiempo, ya que su inacción repercute sobre la
calidad de vida de millones de personas que viven cerca de zonas portuarias a la
vez que sus sistemas naturales se van degradando sin remedio.
Por estas consideraciones, solicitamos
a los Sres. Diputados la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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