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PROYECTO DE TP


Expediente 0884-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO RESPECTO DE LA ACTIVIDAD PESQUERA EN NUESTRO PAIS, EN ESPECIAL SOBRE EL DESCARTE DE LOS RECURSOS PESQUEROS EN AGUAS TERRITORIALES Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 16/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos correspondientes, informe respecto de las siguientes cuestiones vinculadas a la actividad pesquera en nuestro país, en especial sobre descarte de los recursos pesqueros en aguas territoriales y la situación de los mecanismos de vigilancia y control, en los meses de Febrero y Marzo del año en curso. En especial:
1. La cantidad estimada en toneladas de pescado que fue hallada en las playas de Santa Teresita y San Clemente del Tuyo, entre los meses de Febrero y Marzo de 2015.
2. Las medidas conducentes que se han patrocinado o se prevé adoptar para hallar los motivos de tamaña mortandad de peces, las medidas preventivas para impedir que se repita el desafortunado evento en el futuro y las acciones tendientes a remediar el derroche de los recursos señalados.
3. La cantidad estimada en toneladas de pescado botada anualmente por pesqueros con bandera nacional u otros que realicen actividades de pesca en aguas territoriales argentinas.
4. Si el Sistema de Monitoreo Satelital de la Flota Pesquera (MONPESAT) - herramienta fundamental para el seguimiento y control de la flota pesquera- divisó buques pesqueros realizando actividades de pesca en la zona norte del Mar Argentino sin la correspondiente autorización del Gobierno de la República Argentina durante los meses de Febrero y Marzo del corriente año. En caso afirmativo, revele fecha y zona. Cantidad de embarcaciones, procedencia, bandera y titularidad de las mismas.
5. Detalle que acciones se vienen adoptando para reforzar el monitoreo y el control pesquero en toda la extensión de las aguas marítimas argentinas, con el fin de detectar buques de pesca ilegales operando en las mismas.
6. Exponga cual es la planificación tendiente a proteger los recursos ictícolas en el Mar Argentino.
7. Exhiba la documentación respaldatoria de las inspecciones a bordo y sus resultados, por parte de la autoridad jurisdiccional pertinente, de la labor de los buques que realizan la actividad pesquera en las aguas del Mar Argentino.
8. Indique las infracciones denunciadas, durante los años 2013,2014 y 2015, multas aplicadas y multas efectivamente percibidas.
9. Cuáles fueron las medidas adoptadas para agilizar los procedimientos sancionatorios.
10. Describa, el seguimiento realizado por los organismos pertinentes para impedir la problemática abordada en el presente Pedido de Informe. Adjuntando la documentación pertinente a ese efecto.
11. Manifieste si se ha creado un registro de infractores reincidentes respecto a la explotación ictícola, tal cual lo establece la Ley Nº 24.922;
Cualquier otra información que considere relevante respecto del estado y objeto del presente pedido de informes.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Señor presidente, el presente Pedido de Informes se encuentra motivado en información periodística nacional e internacional que se ocupa extensamente de lo que está acaeciendo en la Costas bonaerense, Montevideana y hace unos meses atrás en las playas de Rio de Janeiro.
Cientos de miles de peces muertos, ya sea flotando en el agua o acumulados sobre la arena, se observaron en el Municipio del Partido de la Costa. Fenómeno que asomó hace casi un mes en las playas de la misma zona. Pero el 10 de Marzo de 2015 se advirtió específicamente y a gran escala en la Ciudad de Santa Teresita.
El Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep),
confirmó que un equipo del organismo relevó la situación en el Partido de la Costa. "Es jurisdicción provincial, pero intervenimos para ver si podemos confirmar por qué hay esta mortandad de peces", explicó, el vocero del mencionado organismo. Y anticipó que se harán análisis microbiológicos, relevamiento de especies y estudios ambientales en procura de elementos que contribuyan a encontrar la explicación. Puesto que aún no hay un informe oficial, estimó apresurado hacer conjeturas.
Las especulaciones son diversas, y los científicos todavía no tienen resultados, de las muestras extraídas. En principio, por el volumen empiezan a dejar de lado que todo sea producto del descarte que puedan realizar pescadores que operan en las inmediaciones. Tampoco hay, al momento, indicios de contaminación. Y todo parece orientar a que esta mortandad masiva tiene que ver con condiciones ambientales, en particular, una temperatura del agua por encima de lo normal que determinadas especies no lograrían soportar.
Un informe del Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS) sostiene que del relevamiento de playas de este distrito surge que los peces muertos son de la variedad conocida como "saraca" y que tanto en costas del sur de Brasil y de Uruguay se detectaron situaciones similares. El director del OPDS, Hugo Bilbao, informó que los primeros datos orientan hacia una muerte "por asfixia debido a la falta de oxígeno por las altas temperaturas del agua".
"Los movimientos de los barcos los monitoreamos con herramientas Satelitales, y nada indica que haya habido un esfuerzo de pesca en la zona como para generar tanta mortandad de saraca". Señaló el director provincial de Control de Actividades Pesqueras de la Provincia de Bs. As. , Daniel Sosa. En coincidencia con el informe de OPDS, orientada hacia la hipótesis de la temperatura del agua y la escasez de oxígeno.
Los estudios realizados por técnicos del área que atiende las cuestiones pesqueras en la Provincia; confirman que no habría presencia de químicos ni otros elementos tóxicos que pudieran desencadenar estos casos, tanto el actual como el detectado a principios de Febrero. Por su parte, desde el Conicet explicaron que hasta no contar con los resultados de los estudios en marcha no habría que descartar otras hipótesis. Para el organismo, otra posible se relaciona con que los ejemplares muertos no tenían cabeza ni cola. Esto pudo suceder por la misma putrefacción de los cuerpos. O también puede deberse a que fueron retiradas de algunos barcos pesqueros que buscaban otros peces de mayor valor. No obstante, el Secretario de Producción de La Costa, Gustavo Caruso, descartó que el fenómeno se trate de algún tipo de contaminación del agua o un cambio de temperatura y apunto hacia los barcos pesqueros de gran envergadura. "Es recurrente, hace 15 días tuvimos este fenómeno", planteó el funcionario y agregó que "en aquella oportunidad, y presumimos que en esta también, han sido pescadores de gran envergadura que han descartado especie porque no tiene valor comercial".
Es interesante comparar lo informado por el diario El País de Uruguay, el 6 de Marzo de 2015, que titula "Peces muertos en la costa habrían sido arrojados por barcos industriales". A lo largo de toda la rambla de Montevideo y también en parte de la de Canelones se puede ver miles de peces muertos cerca de la orilla. La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos sostiene que podría ser resultado del "descarte" de algún barco industrial. Alfredo Pereira, coordinador del departamento de Biología de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA). Adelantó que no es un problema de contaminación, ya que fue únicamente una, la especie que apareció. Se trata de un pez conocido como "lacha", ( saraca ) que tiene un valor muy bajo. Es por eso que "seguramente este caso responde al descarte de algún barco industrial, ya que es una especie de poco valor comercial. La Intendencia de Montevideo (IMM) emitió sobre las 15:30 horas de este jueves un comunicado en el que asegura que "no se han detectado condiciones en la calidad del agua"
Por lo tanto, ante la falta de información oficial, y si bien el artículo 3 de la Ley Federal de Pesca determina que los recursos ictícolas ubicados dentro de las 12 millas marinas son de dominio de las Provincias, la defensa de los mismos no puede ser una cuestión ajena a la Nación. En esta línea, el artículo 5° inciso b) certifica que el ámbito de aplicación de la misma comprenderá la "coordinación de la protección y la administración de los recursos pesqueros que se encuentren tanto en jurisdicción nacional como provincial".
Por su parte, la precitada Ley Federal, en su artículo 7° inciso C, O y Q, respectivamente marcan, entre las funciones de la autoridad de aplicación, "fiscalizar las Capturas Máximas Permisibles por especie, establecidas por el Consejo Federal Pesquero y emitir las cuotas de captura anual por buques, por especies, por zonas de pesca y por tipo de flota, conforme las otorgue el Consejo Federal Pesquero", "establecer e implementar los sistemas de control necesarios y suficientes de modo de
determinar fehacientemente las capturas en el mar territorial y la Zona Económica Exclusiva y desembarcadas en puertos argentinos habilitados y el cumplimiento y veracidad de las declaraciones juradas de captura", y "ejercer todas las facultades y atribuciones que se le confieren por esta Ley a la Autoridad de Aplicación".
Entre las funciones del mencionado Consejo Federal Pesquero, el artículo 17°, determina que "la pesca, en todos los espacios marítimos bajo jurisdicción argentina, estará sujeta a las restricciones que establezca el Consejo Federal Pesquero con fundamento en la conservación de los recursos, con el objeto de evitar excesos de explotación y prevenir efector dañosos sobre el entorno y la unidad del sistema ecológico". Siendo que el mar territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía, de igual forma que en las aguas internas de su territorio. Y según la Convención del Mar de 1982, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura. Quien determinó una zona económica exclusiva, de una extensión máxima de 200 millas (unos 370 kilómetros), medidas desde las líneas de base según las cuales se mide la anchura del mar territorial donde el Estado ejerce competencias. No puede nuestro país dejar librado al azar la explotación de sus recursos marítimos que podrían convertirse en el futuro en exportaciones para el ingreso de divisas al país y carecer de herramientas suficientes para enfrentar el desafío de reprimir el saqueo.
La misión de los organismos federales pertinentes, es velar por la conservación de los recursos ictícolas incluso en aquellas zonas que se encuentran en áreas marítimas bajo jurisdicción provincial, evitando su sobreexplotación y de esta manera un daño irreparable a la sustentabilidad de estos recursos.
Así lo establece la ley 24.922: "La Nación Argentina fomentará el ejercicio de la pesca marítima en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos. Promoverá la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca y promocionará la sustentabilidad de la actividad pesquera, fomentando la conservación a largo plazo de los recursos, favoreciendo el desarrollo de procesos industriales ambientalmente apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor empleo de mano de obra argentina."
Frente a lo señalado, debo agregar que la actividad pesquera se encuentra en un momento lamentable en el ámbito de control y seguimiento. Tras el telón del opulento marco legal aludido, vive una informalidad e inobservancia pavorosa de las normas. No se cumplen los regímenes disciplinarios vigentes, ni las resoluciones que reglamentan sobre los excesos de captura y su castigo. No se respeta el uso de dispositivos de selectividad. Los infractores toman las sanciones como un costo más en el balance financiero de la actividad pesquera y reinciden alegremente mientras la ecuación deje jugosos dividendos. Concurren en inconsistencias sobre el control de las capturas declaradas. No se cuenta con el acceso de la información para todas las autoridades de control a fin prevenir de manera efectiva y desalentar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. Para rematar el oscuro cuadro de situación, el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero no cuenta con los medios para aportar a la administración, las investigaciones necesarias para conocer la situación en tiempo y forma.
La progresiva enajenación de la pesca en el mar argentino y el avance sostenido de buques extranjeros con la simpatía de funcionarios argentinos llegó a su esplendor con la Resolución 10/13 dictada por el Consejo Federal Pesquero, que consintió la entrada de buques chinos a la Zona Económica Exclusiva Argentina para la captura del calamar; bajo el subterfugio de la existencia de sobreabundancia de esta especie.
Los fundamentos retóricos, para la apertura de nuestro mar a la pesca extranjera, según Resolución citada, fueron que la flota interna disponible, no alcanza para pescar todo el calamar aprovechable. Argumento inconsistente y no sustentable que agrava el equilibrio de los recursos ictícolas y marítimos de la República Argentina.
El Estado nacional debe garantizar que no existan excesos en la explotación del recurso pesquero y asegurar su explotación sustentable para generaciones futuras que ponen en serio riesgo una actividad tan importante y sensible a la economía. Por lo que deviene ineludible adoptar de manera urgente las medidas indispensables para garantizar la conservación y adecuada explotación de nuestra riqueza ictícola.
La situación del recurso pesquero amerita un mayor control y un seguimiento de la actividad para su conservación a largo plazo, siendo imperativo disponer de mecanismos expeditivos para la protección efectiva de los recursos pesqueros frente a
los buques que reporten en forma irregular o que carezcan de señal satelital de posicionamiento. Estas y otras violaciones deben normalizarse de forma urgente, ya que sin una investigación profunda y precisa, la actividad pesquera puede estar afectando seria e irreversiblemente al recurso. Puesto que la biomasa reproductiva de algunas especies se encuentra en una disminución considerable. Por todas las razones expuestas anteriormente requiero el voto afirmativo para el presente proyecto.
En razón a la defensa de nuestra soberanía y nuestros recursos naturales, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
EHCOSOR, MARIA AZUCENA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)