PROYECTO DE TP
Expediente 0882-D-2008
Sumario: SISTEMA DE COMPENSACION A PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS SOBRE LOS DERECHOS A LA EXPORTACION DE GRANOS: VALORES, ESCALA.
Fecha: 26/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
El Senado y Cámara de Diputados...
SISTEMA DE COMPENSACIÓN A
PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS
Artículo 1º Se establece un Sistema
de Compensación a cada productor Inscripto en el Registro de Operadores de Gra-
nos.
Artículo 2º Fijase como Compensa-
ción, por tonelada comercializada a la diferencia resultante entre el Valor FOB Ofi-
cial (publicado diariamente por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos - SAGPyA) considerado Base para la aplicación de los Derechos a la Ex-
portación y el Valor Neto luego de la aplicación de los Derechos a la Exportación,
correspondiente al día de comercialización.
Artículo 3º La Compensación, operará
solo para cada productor Inscripto en el Registro de Operadores de Granos, para
los siguientes productos primarios y hasta las cantidades comercializadas que se
establecen a continuación, por año calendario.
Hasta 1.000 Toneladas de Trigo. Có-
digo arancelario: 10011090 o 10019090.
Hasta 2.400 Toneladas de Maíz. Códi-
go arancelario: 10059010 o 10059090. (1)
Hasta 1.000 Toneladas de Habas de
Soja. Código arancelario: 12010090.
Hasta 700 Toneladas de Semilla de
Girasol. Código arancelario: 12060090. (2) y (3)
Hasta 1.800 Toneladas de Sorgo gra-
nífero. Código arancelario: 10070090.
(1) Excepto maíz pisingallo.
(2) Excepto semilla de girasol tipo
confitería.
(3) Excepto semilla de girasol descas-
carada.
Artículo 4º - Dicha Compensación se
hará efectiva mediante deposito en la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.), declarada
por cada Productor Inscripto en el Registro de Operadores de Granos, dentro de
los 45 (cuarenta y cinco) días de realizada la operación.
Artículo 5º - A los fines de lo esta-
blecido y para el control de la presente resolución, los Adquirentes, Mandatarios
y/o Consignatarios; informaran quincenalmente a la Administración Federal de In-
gresos Públicos (AFIP), las operaciones de Venta o Canje, realizadas con cada
Productor Inscripto en el Registro de Operadores de Granos.
Artículo 6º - La presente Ley comen-
zará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7º - Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Creemos esencial señalar, ante todo,
que lo que está en discusión en la cuestión de los Derechos de Exportación, no es
sólo un asunto económico, sino que también, y fundamentalmente, es una cues-
tión netamente demográfica y, por ende, social.
El actual modelo productivo ha ero-
sionado, y lo continúa haciendo, al tejido social del medio rural. La deserción de
aquellos actores sociales, que de ser pequeños productores pasaron a ser peque-
ños rentistas, y la práctica habitual de grandes concentraciones de tercerización de
tareas a través de contratistas, ha profundizado el proceso de desplazamiento de
pequeños y medianos productores al punto de encontrarnos con un sistema pro-
ductivo de "agricultura sin agricultores", que trae también como consecuencia la
disolución del tejido social rural, con graves consecuencias de despoblamiento y
crisis de pueblos y comunas del interior.
Según los datos del Censo Nacional
Agropecuario (CNA) del 2002 desaparecieron 103.405 productores en el país: de
421.221 productores que había en 1988, en el 2002 según el CNA había 317.816
productores, el 24,5 % menos. Solamente en la región pampeana de 196.254 pro-
ductores que había en 1988, en el 2002 según el CNA pasaron a haber 136.345
productores, un 30,5 % menos. Tomó cuarenta años para que, con algunas leyes
y el Consejo Agrario Nacional -luego eliminado por decreto- se propiciaran las
condiciones para transformar a 95.000 arrendatarios en nuevos chacareros dueños
de su tierra. Pero sólo catorce años bastaron para que desaparecieran más de
100.000 productores. Habrá que ver cuáles son los datos que arroja el último
CNA.
No obstante, podemos
tomar por caso sintomático el ejemplo de Entre Ríos. En esa provincia el área de
soja creció un 2.200 % en tres lustros, de 1991 a 2006 y pasó, en ese lapso, de
ocupar el 6,9 % de la superficie cultivada, al 67,7 %. Entre los censos agropecua-
rios de 1988 y 2002 se perdieron en Entre Ríos 5.555 explotaciones, casi todas
ellas pequeñas y medianas. "Pero el cambio de la trama social, con más hacina-
miento en los barrios y menos seres humanos distribuidos con armonía en la su-
perficie, en desmedro del aconsejable equilibrio social y de las posibilidades de
crecimiento equitativo, no ha merecido planes acordes a la gravedad del proble-
ma", apunta en uno de sus numerosos trabajos sobre el tema el periodista entre-
rriano Tirso Fiorotto.
Por otra parte, según datos de la Ofi-
cina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA), sobre 80.000 producto-
res sojeros que hay en el País, 10.000 productores producen el 71,09 % de las 40
millones de toneladas que se cosecha de esta oleaginosa. Del total exportado en el
2006, 46.569 millones de dólares, la mitad fue hecha por solo 20 compañías, lo
cual no hace más que exacerbar la notable diferencia entre los pequeños y media-
nos productores y los grandes.
LOS MOTIVOS DEL PRODUCTOR
AGRARIO
Parece oportuno recordar que la im-
plementación de aranceles de derechos de exportación de trigo, maíz, soja, girasol
y sorgo; originalmente fueron aplicados como salida de la crisis económica que el
país atravesaba años atrás, contempladas como un mecanismo temporario y que,
lamentablemente, con el transcurrir del tiempo se han constituido en un elemento
fundamental en el esquema recaudatorio de la Nación.
La situación del Sector Agrario, a raíz
de la aplicación del nuevo esquema móvil de Derechos a la Exportación, ha adqui-
rido una conflictividad inusitada en el sector y entendemos que, ante este contex-
to, es necesario tomar medidas que apunten a la protección de los pequeños y
medianos productores que, a lo largo de la historia de nuestro país, han cimentado
nuestra estructura económica.
A través de la Resolución Nº
125/2008 del Ministerio de Economía e Infraestructura se modificaron los derechos
de exportación de determinadas mercaderías comprendidas en la Nomenclatura
Común del MERCOSUR (CM.). En el actual contexto económico la aplicación de
dicha Resolución, significa entre otros aspectos, un fuerte deterioro en los ingresos
de los pequeños y medianos productores agropecuarios, los que a su vez, en for-
ma creciente, demandan la aplicación de mecanismos que les permitan mantener
una actividad productiva sustentable y su lugar en el campo.
Creemos necesaria la disposición de
mecanismos que atenúen el efecto del nuevo esquema de Derechos de Exporta-
ción móviles sobre los pequeños y medianos productores agropecuarios, sin que
esto signifique un aumento de los precios internos, especialmente en lo relativo a
productos esenciales de la canasta familiar. Justamente la propuesta de la presen-
te Ley plantea la implementación de un sistema que beneficia a los pequeños y
medianos productores, independientemente de la zona del país en la que produz-
can, posibilitándole márgenes aceptables, que les permitan la permanencia en el
sector y la reinversión.
Planteamos la importancia del sistema
propuesto para los pequeños y medianos productores ya que, para aquel produc-
tor que en el año calendario comercializa, por ejemplo, diez mil toneladas de soja,
la compensación de las primeras mil no modifica sustancialmente su economía, no
obstante para aquel que comercializa menos de mil toneladas, la compensación
señalada implica nada menos que la posibilidad de continuar en el sector, ya que
contará con recursos para afrontar los valores de los arrendamientos e insumos
cada vez más altos.
Es necesario diferenciar, con relación
a los productores, dos sectores claramente distintos. Por un lado, una gran canti-
dad de pequeños y medianos productores que si bien han sido beneficiarios de la
coyuntura internacional, experimentan crecientes problemas de rentabilidad de sus
explotaciones, que justifican la protesta en la que están involucrados. Estos pro-
ductores han visto incrementarse en el último año sus costos de producción medi-
dos en dólares en aproximadamente un 45%. Se les dificulta el acceso al crédito y
sólo lo obtienen a tasas exorbitantes, y la infraestructura que se les brinda para su
producción es escasa y se encuentra en un deteriorado estado general.
A estos pequeños y medianos produc-
tores se los debe incentivar para que inviertan e innoven tecnológicamente de
forma tal que puedan aumentar considerablemente su productividad y generar así
mayor riqueza que en este caso, sin duda, por su cantidad y su inserción en el te-
jido social y productivo argentino, derramará sobre toda la economía.
IGUAL MEDIDA PARA REALIDADES
DIFERENTES
Con otra realidad y diferente situa-
ción, se encuentran los grandes productores, pooles de siembra y fideicomisos
financieros que administran miles de hectáreas y que no sufren los problemas an-
tes mencionados, con una rentabilidad ampliamente superior a la de los pequeños
y medianos productores. La consecuencia de estas diferencias es la creciente con-
centración en el uso y tenencia de la tierra y la producción agraria que se verifica
en nuestro país.
Como lo señala co-
rrectamente el historiador del agro, Eduardo Azcuy Ameghino, "las Derechos de
Exportación son iguales para personas diferentes. Están pensadas como si el cam-
po fuera algo homogéneo y como si fuera lo mismo cualquier productor". En cam-
bio, advierte el mencionado profesional, un productor con 100.000 hectáreas, con
rinde bajo, 3 toneladas por hectárea, produce 300.000 toneladas de granos. Con
100, produce 300 toneladas. El primero tiene otro costo de producción. No compra
el gasoil en el surtidor, sino mayorista. El fertilizante con un descuento del 18%
sobre el precio minorista. La mano de obra, llama a licitación de contratistas, que
pugnan por hacerle la cosecha más barata. Y vende mejor, por poder de mercado.
Tiene bastante más rentabilidad. Los que presentan estas características son el
10% de los productores agropecuarios". El resto son los chacareros pequeños y
medianos, sobrevivientes de los miles que desaparecieron entre 1988 y el
2002.
Para solucionar este problema es ne-
cesario reconocer estas asimetrías y establecer un esquema de Derechos de Expor-
tación que sea diferencial, es decir que con un criterio progresivo, establezca un
criterio fundado en el tamaño de la explotación agrícola y la producción obtenida.
LA CONCENTRACIÓN DEL USO Y
TENENCIA DE LA TIERRA
En los últimos años ha crecido paula-
tinamente la concentración uso y tenencia de la tierra mediante arrendamientos y
otras formas de tenencia indirecta, utilizadas por fondos de inversión, fideicomisos,
sociedades anónimas, pooles de siembra, etc., generalmente con recursos prove-
nientes de inversores financieros oportunistas, ajenos a la producción agraria.
El escritor Plácido Gre-
la, ya en 1975, apuntaba: "Naciones Unidas, cuyos miembros por unanimidad
afirmaron que el arrendamiento en sí no es un régimen poco satisfactorio, cuando
los cánones no son excesivos y la ley garantiza la seguridad de los arrendatarios.
Pero las Naciones Unidas advierten que estas condiciones no prevalecen en países
insuficientemente desarrollados, donde los sistemas de arrendamientos se caracte-
rizan, como en el caso de nuestro país, por los cánones exorbitantes y la falta de
seguridad de los arrendatarios."
Aquel escenario propició una despia-
dada e inequitativa competencia por el acceso a la explotación de la tierra, provo-
cando el desplazamiento de los agricultores familiares y, en general, de los produc-
tores agropecuarios estables y profesionales, a manos de estos grandes empren-
dimientos. Con el trancurrir de los años la situación no se ha modificado y, actual-
mente, se ve agudizada por el elevado precio de los comodities.
A esto se le suma otro factor. El agri-
cultor propietario se esmera por preservar la fertilidad de su tierra, rotando culti-
vos y cumpliendo prácticas conservacionistas que contribuyen a que el recurso no
se agote. En cambio, no tienen este interés quienes especulan con la inversión,
como los grandes pooles de siembra, que ven en el campo un negocio rentable,
desmontando y sembrando cultivos no aptos, de ser necesario en forma abusiva,
para después partir cuando el negocio deja de ser conveniente, una vez que el
recurso irreversiblemente se ha agotado y los rindes de la cosecha ya no son los
mismos o los precios internacionales bajan dejando de ser económicamente atrac-
tivos.
Es por ello que el presente proyecto
de ley apunta a beneficiar la permanencia de la familia rural, tanto productores
como trabajadores en su lugar y hábitat, bregando por la defensa de aquellos que
no sólo tradicionalmente constituyeron la base de nuestra estructura productiva,
sino que además, pese a su situación desventajosa en las condiciones económicas
triunfantes en el reciente período neoliberal, siguen constituyendo su columna ver-
tebral, continúan manteniendo una alta eficiencia técnica y productiva, y, a dife-
rencia de los grupos concentrados e inversores oportunistas, garantizan la conti-
nuidad de la producción nacional con su irrenunciable apego a la actividad agraria
y al ambiente rural.
CÁLCULO DE PRUEBA DEL SISTEMA
DE COMPENSACIÓN
Debe señalarse además que el siste-
ma planteado en este proyecto de ley beneficia un modelo de país dinamizador de
la economía apoyado en la Pequeña y Mediana Empresa, sustento del Cooperati-
vismo y de Pequeños y Medianos Acopios, distribuidos a lo ancho y largo de nues-
tro país, evitando la concentración monopólica de la tierra y la producción.
Para la determinación de las tonela-
das sujetas al beneficio, se ha tenido en cuenta la información suministrada por la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA, de los últimos
diez años, de cada cultivo, y teniendo en cuenta las diferentes regiones del país en
lo que respecta a la aptitud agrícola de los suelos.
OTROS ALCANCES DE LA INICIATIVA
En cuanto a lo netamente económico,
el procedimiento propuesto incentiva la producción directa de las tierras, pasando
a un segundo plano la actividad de rentista a la que se ha visto forzado en los úl-
timos tiempos.
También beneficia a los Estados Pro-
vinciales, ya que dicha masa de recursos, en la amplia mayoría de los casos, los
pequeños y medianos productores lo gastarían o invertirían en las provincias o
municipios en los que desarrollan su actividad generando los consecuentes ingre-
sos por Impuestos y Tasas.
Además significaría mayores ingresos
para las provincias, dado que sobre esta Compensación, los pequeños y medianos
productores deberían ingresar entre un 30% y 35% en concepto de Impuesto a las
Ganancias, que es un impuesto coparticipable, a diferencia de los Derechos de Ex-
portación, requiriendo así menos del aporte del Estado Nacional para la realización
de obras.
A su vez, el esquema planteado en el
presente proyecto de ley, contribuye a la planificación nacional, ya que el Estado
Nacional contaría con datos precisos sobre la distribución de la producción nacio-
nal, lo cual es fundamental para la elaboración estratégica de planes a corto y me-
diano plazo.
Asimismo, contribuye al ingreso plani-
ficado de divisas al Estado Nacional ya que una gran parte de la producción se li-
quidaría en el año calendario a los fines de hacer uso del Compensación.
Finalmente, dado los requisitos y ca-
racterísticas de la implementación del sistema, este sistema contribuye a la erradi-
cación de la compra y venta ilegal de productos agrícolas.
Sobre la base de lo anteriormente
planteado, el presente Proyecto de Ley obedece claramente a los objetivos centra-
les de:
- Frenar rápidamente el éxodo de
pequeños y medianos productores que se transforman en pequeños y medianos
rentistas.
- Establecer condiciones de estabili-
dad en la producción.
- Facilitar, a mediano plazo, la reins-
talación de pequeños y medianos rentistas al sistema productivo.
- Contrarrestar la concentración del
uso y tenencia de la tierra.
- Promover el concepto impositivo de
"quien más tiene más paga".
COYUNTURA Y CAMBIO
ESTRUCTURAL
El país se encuentra atravesando una
coyuntura externa altamente favorable en cuanto al valor de sus exportaciones
que ha sido inédita en por lo menos 50 años y existen opiniones dispares acerca
de si se trata de un cambio estructural, debido fundamentalmente al creciente pe-
so como demandantes de las economías de China e India, o si solo se trata de
una coyuntura exacerbada en los últimos tiempos por una burbuja para este tipo
de commodities, producto de la crisis en los EEUU donde parte del flujo financiero
internacional por pánico a la caída de otros instrumentos financieros, se refugia en
este tipo de activos reales. Evidentemente si se trata de esta segunda opción, tar-
de o temprano se ajustarán los precios a la baja con el consiguiente perjuicio para
la economía argentina.
Por otra parte, si estamos ante un
cambio estructural, la Argentina sólo podrá aprovecharlo en el largo plazo si crea
las condiciones necesarias para un aumento sustancial de su capacidad productiva
y de la productividad de todos sus factores.
Cualquiera sea la lectura correcta,
creemos que es necesario comenzar a trazar políticas que nos permitan ver más
allá de la coyuntura y apunten a resolver una discusión que en nuestro país ya tie-
ne, al menos, un siglo. A saber: quiénes son los propietarios de nuestras tierras y
quiénes las trabajan.
Ante todos los intereses afectados
consideramos de vital importancia la aprobación de esta Ley a fin de resguardar
importantes y esenciales sectores de nuestra sociedad y economía.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
GEREZ, ELDA RAMONA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MARTIN, MARIA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 07/05/2008 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 03/12/2008 |