PROYECTO DE TP
Expediente 0877-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONFLICTO LABORAL ENTRE LA EMPRESA MAFIS SA Y SUS TRABAJADORES.
Fecha: 26/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social para que a través de los órganos que resulten convenientes se sirva
informar:
1. Si tiene conocimiento del conflicto
laboral entre la empresa Mafis S.A. y sus trabajadores, ante una situación que estos
califican como "vaciamiento" dados los despidos masivos y la suspensión de la
mayoría de su personal.
2. Si ha tenido contactos con los
organismos correspondientes de la Provincia de Buenos Aires acerca del desarrollo y
consecuencias del conflicto suscitado que ya lleva más de tres meses y que ha
provocado que los trabajadores permanezcan en las instalaciones de la fábrica en
resguardo de su fuente de trabajo.
3. Si está en conocimiento de posibles
violaciones de los derechos laborales y sindicales por parte de los directivos de la
empresa, entre los cuales se cuenta el haber suspendido masivamente a su personal
al fin del ciclo de descanso anual, contrariando lo dispuesto en el Titulo X de la Ley de
Contrato de Trabajo.
4. Ante esta situación de extrema
gravedad, informe qué mecanismos legales tiene programado poner en marcha en
defensa de los trabajadores y de sus familias afectadas por la intransigencia de los
dueños de la empresa y ante el incumplimiento de estos últimos de los acuerdos
realizados ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia.
5. Si tiene prevista su actuación frente
a los responsables de Mafis S.A. que, luego de poner en marcha un lock out de
carácter ofensivo despidieron a 103 trabajadores, mientras intentaron cubrir este
accionar con la apertura de un preventivo de crisis, archivado mediante una
disposición del Ministerio de Trabajo de la Provincia.
6. Si tiene conocimiento actitudes de
la empresa hacia los trabajadores, tales como promesas de dinero a quienes no
formaran parte del conflicto y la imputación de delitos y "actos vandálicos" a quienes
decidieron permanecer pacíficamente en la planta.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación es el organismo estatal bajo cuya orbita se encuentran,
como su nombre mismo lo indica, la indelegable defensa de los derechos laborales y
la protección de los trabajadores ante posibles abusos empresarios.
Por ello es imprescindible que tome cartas
en el asunto en el conflicto que afecta a la empresa Mafis S.A. y sus trabajadores.
Conflicto cuya intensidad ha aumentado debido a la intransigencia de sus dueños y la
pasividad de la autoridad publica provincial.
El inicio del conflicto laboral se remonta a
marzo de 2007 cuando, después de años sin negociaciones colectivas, los
trabajadores comenzaron a reclamar mejores condiciones laborales, seguridad e
higiene, aumentos en el número de operarios e incremento salarial.
La empresa respondió con despidos y
suspensiones a las podrían caberles las figuras de ilegalidad, arbitrariedad y
discriminación. Ante ello fue realizada una denuncia en el Ministerio de Trabajo de la
Provincia de Buenos Aires dando origen a los expedientes No. 215-2229153 y
29106/07. Luego de varias audiencias ante la autoridad administrativa se arribó a un
acuerdo de reiniciación progresiva de las actividades laborales, homologado por la
mencionada autoridad de aplicación mediante resolución N 6840/07.
La empresa incumplió lo acordado, por lo
cual se comunicó ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires la no
reincorporación de todos los trabajadores suspendidos -77 hasta ese momento,
nuevas desvinculaciones de 22 trabajadores afectados a tareas adecuadas por
razones de salud, la no liquidación de los haberes correspondientes al personal
reincorporado conforme lo pactado, etc.
Luego de constatar la situación el
Subsecretario de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires resolvió el 24 de octubre de
2007 "intimar a la empresa Mafis S.A. para que en el plazo de 48 hs. proceda a la
reincorporación de la totalidad de los trabajadores suspendidos, otorgando tareas -
conforme lo dispuesto en el art. 78 LCT - en tanto se encuentran cumplimentados los
recaudos plasmados en el acuerdo celebrado y homologado mediante resolución SST
No. 6840/07; todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 4 inc. F de la ley
12.415."
A la intimación efectuada por el Ministerio,
los directivos de Mafis S.A. respondieron profundizando su accionar, dando inicio a un
lock out de carácter ofensivo consistente en la disminución creciente de la producción
y despidiendo a 103 trabajadores, lo que aumentó el nivel de conflictividad. Todo ello
sucedía al mismo tiempo que la empresa reprograma las vacaciones -para otorgarlas
en los meses de noviembre y diciembre- y mientras se frustraba su intento de cubrirse
con la apertura de un procedimiento preventivo de crisis. El 4 de octubre de 2007 el
Ministerio de Trabajo de la Provincia dispone el archivo y el cierre de dicho
procedimiento.
Tengamos en cuenta que la empresa se
encuentra beneficiada desde mayo de 2000 por el Programa de Promoción Industrial
de la Provincia de Buenos Aires por medio del cual queda exenta de pagar algunos
impuestos provinciales como ingresos brutos por 10 años. Además en 2002 fue
eximida de pagar impuestos inmobiliarios por su planta de Olmos de 208.000 metros
cuadrados.
La cadena de actos presumiblemente
violatorios de los derechos laborales y sindicales continuó con la suspensión masiva
de los trabajadores al fin del ciclo de descanso anual (contrariando lo dispuesto por la
LCT) lo que redundo en la paralización total de actividades y el abandono de las
instalaciones por parte del personal jerárquico y administrativo.
En el marco del intento, por parte de los
directivos de Mafis S.A., de desvirtuar el carácter laboral del conflicto utilizaron el
poder de coacción penal a los efectos de intimidar a los trabajadores. La que llega al
extremo al imputarles la comisión de delitos, tal como se desprende de la denuncia
realizada por el Sr. Ricardo David González, Gerente de Recursos Humanos de la
empresa.
De acuerdo por lo afirmado por los
trabajadores "No existe toma, usurpación, ni ocupación de la planta, no hay actos de
violencia, ni vandálicos, menos aun peligros potenciales, puesto que la maquinaria e
instalaciones son las de uso diario en la producción y se encuentran sin operar".
Esta medida encubre un pedido de
ilegalidad de la permanencia, y impulsa solapadamente la represión de los
trabajadores, mecanismo acompañado por campañas de prensa, solicitadas y
comunicados de los dueños de la empresa.
Los trabajadores de Mafis S.A.
permanecen hoy de modo pacifico en las instalaciones de la fabrica con la única
finalidad de resguardar sus fuentes de trabajo, todo ello en ejercicio de sus derechos
constitucionales laborales en calidad de trabajadores dependientes.
La inacción del Ministerio de Trabajo de la
Provincia, luego de más de 115 días de iniciado el conflicto obliga a actuar con
premura y eficacia. El Gobierno de la Provincia dilata los compromisos acerca de
pronunciarse acerca de las suspensiones. Si las declara ilegales los trabajadores
tendrían más instrumentos jurídicos tendientes a facilitar que les sean abonados los
haberes correspondientes.
Por último, es necesario señalar que esta
empresa, llamada en los 70 Petroquímica Sudamericana, sufrió las consecuencias de
la dictadura: la complicidad de su dueño, que públicamente alabo a Videla, con
Etchecolatz y Camps, llevo a que 15 trabajadores integren hoy la lista de
desaparecidos. Luego se denominó Hilandería Olmos y hoy se denomina Mafis S.A.
(Manufactura de Fibras Sintéticas S.A.) y produce fibra sintética con más de 500
operarios. Esta empresa provee el 80% de la materia prima de la industria textil
nacional y exporta a varios países con una facturación de 400 millones de pesos por
año. Estos números hablan por si solos: no pueden esconder que el principal motivo
del lock out patronal es desarticular las reivindicaciones de sus trabajadores.
La gravedad de la situación que deben
afrontar los trabajadores y sus familias exige una respuesta inmediata. Por ello y por lo
expuesto anteriormente solicito a mis pares aprueben el presente proyecto de
Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI AUTONOMO 8 + |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |