PROYECTO DE TP
Expediente 0858-D-2014
Sumario: ETIQUETADO EN SISTEMA BRAILLE EN ENVASES DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
Fecha: 18/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10
El Senado y Cámara de Diputados...
ALIMENTOS Y BEBIDAS DEBER DE
ETIQUETADO BRAILLE.
Artículo 1º: Los alimentos y bebidas
envasadas que se expendan o comercialicen en el Territorio Nacional, contendrán
su caja, envase o embalaje una etiqueta identificadora en sistema Braille.
Artículo 2º: El rotulado en sistema
Braille, estipulado en el artículo anterior deberá contener como mínimo, la marca
del producto, su fecha de vencimiento. El peso neto o número de unidades de su
contenido.
Artículo 3º: Estarán exentos de la
rotulación en Braille los productos que se vendan al peso o fraccionados por
cadenas comerciales.
Artículo 4º: El Poder Ejecutivo
designará la Autoridad de Aplicación.
Artículo 5º: La autoridad de
aplicación, orientará la instrumentación progresiva del régimen determinado por
esta norma. Dicho plazo no podrá exceder de los ciento ochenta (180) días desde
la promulgación de la Ley.
Artículo 6º: La presente ley entrará en
vigencia a los 90 días de su publicación.
Artículo 7º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Señor
Presidente, el objetivo de este proyecto es dotar a los ciegos y disminuidos
visuales de una herramienta más para acceder a la total integración y libertad
ambulatoria, garantizando así la igualdad de oportunidades, sobre todo en el
desenvolvimiento de su vida diaria.
El ir de
compras, para un ciego, es casi una odisea, y hasta con resultados mortales, ya
que podrían confundir un limpiador con una botella de leche.
Asimismo,
más allá de la ayuda que supone este etiquetado para un invidente a la hora de
comprar, el sentido fundamental de la inclusión del lenguaje Braille en estos
soportes es la necesidad de este colectivo de poder identificar los productos
correctamente en el hogar.
Para quien
goza del sentido de la vista, no percibe que un invidente no puede distinguir entre
una lata de atún y otra de mejillones, por ejemplo, sin un etiquetado que se lo
haga notar. Sería una inversión muy pequeña para incluir este sistema de
lectura en su etiquetado, y las compañías podrían acceder a un nuevo nicho de
mercado que demanda productos.
En todos los
envases de plástico sólo se necesita incluir el relieve en el molde que los fabrica;
mientras que para el envase en cartón, con un solo troquel se pueden imprimir
cientos de miles de envases.
Nuestra
Constitución Nacional, prescribe en su artículo 75, inciso 23, que: "Legislar y
promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de
oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos
por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos
humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las
personas con discapacidad.
La Ley de
Defensa del Consumidor Nº 24.240, en su artículo 4º instituye que: "Quienes
produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten
servicios, deben suministrar a los
consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada,
eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos".
De igual
tenor, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
establece en su Artículo 21, que: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas
pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la
libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar
información e ideas en igualdad de condiciones con las demás y mediante
cualquier forma de comunicación que elijan con arreglo a la definición del artículo
2 de la presente Convención, entre ellas: a) Facilitar a las personas con
discapacidad información dirigida al público en general, de manera oportuna y sin
costo adicional, en formato accesible y con las tecnologías adecuadas a los
diferentes tipos de discapacidad;...
Entonces es nuestro deber como Legisladores, establecer condiciones que
posibilite a las personas con capacidades diferentes, desenvolverse con la mayor
autonomía e independencia posible. Y sin vacilación, entiendo que este
compromiso se alcanza arbitrando mecanismos idóneos que permitan un
desenvolvimiento mayor de las mismas.
Es
por ello que solicito a mis pares que acompañen en el presente, con su voto
afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
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EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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