PROYECTO DE TP
Expediente 0857-D-2007
Sumario: ASIGNACIONES FAMILIARES, LEY 24714: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 6 (PRESTACIONES), 8 (ASIGNACION POR PARIENTE A CARGO CON DISCAPACIDAD) Y DEL INCISO B) DEL ARTICULO 18 (MONTOS DE LA ASIGNACION POR PARIENTE A CARGO CON DISCAPACIDAD).
Fecha: 20/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Modificase el Artículo 6º
de la Ley 24.714, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 6°-Se
establecen las siguientes prestaciones:
a) Asignación por hijo.
b) Asignación por hijo,
cónyuge, padre y/o hermano a cargo con discapacidad.
c) Asignación prenatal.
d) Asignación por
ayuda escolar anual para la educación inicial, general básica y polimodal.
e) Asignación por
maternidad.
f) Asignación por
nacimiento.
g) Asignación por
adopción.
h) Asignación por
matrimonio.
Artículo 2º: Modificase el Artículo 8º
de la Ley 24.714, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 8°-La
asignación por hijo, cónyuge, padre y/o hermano a cargo con discapacidad
consistirá en el pago de una suma mensual que se abonara al trabajador por
cónyuge discapacitado y por cada hijo, padre y/o hermano que se encuentren a su
cargo en esa condición, sin limite de edad, a partir del mes en que se acredite tal
condición ante el empleador. A los efectos de esta ley se entiende por
discapacidad la definida en la Ley N° 22.431, artículo 2°.
Artículo 3º: Modificase el inciso b) del
Artículo 18º de la Ley 24.714, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
ARTICULO 18º:
...
b) Asignación por hijo,
cónyuge, padre y/o hermano a cargo con discapacidad: la suma de PESOS
DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 288) para los trabajadores que perciban
remuneraciones inferiores a PESOS MIL SETECIENTOS CON UN CENTAVO ($
1.700,01); la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISEIS ($ 216) para los que
perciban remuneraciones desde PESOS MIL SETECIENTOS CON UN CENTAVO
($ 1.700,01) e inferiores a PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CON UN CENTAVO
($ 2.200,01); y la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO ($ 144) para
los que perciban remuneraciones desde PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CON
UN CENTAVO ($ 2.200,01).
Artículo 4º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente Proyecto tiene por objeto
evitar una suerte de discriminación para con aquellos trabajadores que tienen a su
cónyuge con discapacidad o a algunos de sus padres y/o hermano a su
cargo.
Como bien sabemos, en
estos tiempos difíciles que nos toca atravesar, la manutención de la familia es para
el trabajador una situación cada vez más dura. Ya sabemos, señor Presidente,
que los precios suben cada vez más, a pesar de que ciertos índices manipulados
no reflejen esta realidad. Además, los salarios continúan rezagados en relación al
costo de vida.
Las asignaciones familiares
constituyen una importantísima ayuda para los trabajadores, por lo que resulta de
singular importancia actualizar periódicamente no solo los montos, sino también
las asignaciones propiamente dichas, a fin de garantizar al trabajador una justa
asistencia.
Por ello, a la asignación por
hijo discapacitado proponemos agregar también la del cónyuge discapacitado y
también sumar a los padres y hermanos a cargo que sufran de este padecimiento.
Este modificación ayudará a
miles de argentinos y argentinas, que necesitan de la asistencia del Estado para
afrontar las dificultades diarias que la discapacidad ocasiona.
Por todo lo expuesto, solicito
a mis pares la aprobación del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TORRONTEGUI, MARIA ANGELICA | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0473-D-09 |