PROYECTO DE TP
Expediente 0850-D-2006
Sumario: REGLAMENTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION: MODIFICACION SOBRE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES.
Fecha: 21/03/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Artículo 1º: Modificase el artículo 105 del Reglamento de la Cámara de Diputados que quedará redactado de la siguiente manera "La designación de los diputados que integrarán las comisiones permanentes o especiales se hará de manera tal que el bloque que cuente con la mayoría parlamentaria se encuentre representado, cómo máximo, con la mitad más uno sobre la base del total de diputados integrantes de la comisión. El cupo restante será ocupado por los diputados de los demás bloques peticionantes atendiendo a la proporcionalidad parlamentaria con la que cuentan hasta cubrir el total de miembros necesarios para el funcionamiento de la comisión.
En caso que, por las razones que fueran, el principio de proporcionalidad no pueda ser satisfecho, se decidirá en Labor Parlamentaria la composición final de la comisión en cuestión.
Los vicepresidentes de la Cámara pueden ser miembros de las comisiones permanentes o especiales.
Los diputados que no sean miembros de una Comisión Permanente o especial, pueden asistir a sus reuniones y formar parte en las deliberaciones, pero no en las decisiones ni en la suscripción de los despachos correspondientes. Los autores de los proyectos deben ser especialmente citados".
Artículo 2º: Modificase el artículo 106 del Reglamento de la Cámara de Diputados que quedará redactado de la siguiente manera "Las comisiones se instalarán inmediatamente después de nombradas, y elegirán a pluralidad de votos un presidente, un vicepresidente 1º, un vicepresidente 2º y tres secretarios, con excepción de la comisiones de: Asuntos Constitucionales, Legislación General, Relaciones Exteriores y Culto, Presupuesto y Hacienda, Educación, Cultura Obras Públicas y Agricultura y Ganadería, que elegirá un presidente, un vicepresidente 1º, un vicepresidente 2º y cuatro secretarios.
Los mencionados cargos deberán ser ocupados por legisladores provenientes de diferentes partidos políticos. La votación por ello se realizará de manera progresiva, de manera que a medida que se conozca el ocupante del cargo, el partido al que pertenece sea descartado de la votación siguiente.
Una vez instaladas sólo podrán dictamina sobre los asuntos sometidos a estudio hasta el 20 de noviembre de cada año, salvo resolución de la Cámara tomada por las dos terceras partes de los votos emitidos. Para el caso de las sesiones extraordinarias o de prorroga esta limitación se fijará en diez (10) días antes de la fecha prevista para la culminación de las mismas.
Las comisiones permanentes y especiales podrán funcionar durante el receso para lo cual están facultadas a requerir los informes que consideren necesarios, podrán ejercer, durante el receso, las facultades de que se hallaren investidas por la Cámara.
La Cámara, por intermedio del Presidente, hará los requerimientos que juzgue necesarios a las comisiones que se hallen en retardo; y no siendo esto bastante, podrá emplazarlas por día determinado.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene como móvil la intención de reflejar la compleja realidad política del país, al funcionamiento de esta Cámara.
Creemos que esa complejidad se hace observable desde diferentes puntos de vista, pero uno de ellos, innegable, es la existencia de diversas posiciones políticas que en las elecciones han sido representados por partidos políticos antes inexistentes. En efecto, desde el 2001 a esta parte se ha producido el surgimiento de una importante cantidad de partidos políticos, como escisiones de los ya existentes o simplemente como expresiones nuevas que deben ser entendidas como manifestaciones claras de los reclamos que la ciudadanía dirige hacia quienes los deben representar.
En este sentido, entendemos que el reglamento que rige el funcionamiento de las comisiones que los diferentes legisladores deben ocupar, tiene el deber de reflejar en sus disposiciones esta pluralidad. Sobre todo si se atiende a la importancia del trabajo que se realiza en el seno de ellas en las que, se realizan los primeros debates de las normas que luego, y en una segunda instancia se debaten en el parlamento.
La pluralidad por la que abogamos, implica la representación de las minorías como elemento obligado en la composición de las comisiones, y por ello apelamos a una reforma del reglamento para así poder asegurarlo.
De esta manera, además se estaría dando contenido real al artículo 22 de la Constitución Nacional, en donde se establece que el pueblo delibera y gobierna a través de sus representantes. Y decimos contenido real porque si estos representantes no se hayan distribuidos proporcionalmente en las comisiones en donde se discuten en primera instancia los proyectos, entonces, incurrimos en la posibilidad de dejar descansar el principio democrático sólo en el acto de sufragar, y olvidar que el mismo implica además y a partir de allí, asegurar en los debates la presencia y expresión de las diferentes posiciones políticas que mediante el proceso electivo tomaron expresión en cargos legislativos.
Es por ello que proponemos que el reglamento sea reformado a los fines de lograr que la composición de las comisiones sea coherente con la realidad política del país, y por ello, que las diferentes comisiones queden integradas por la mayor cantidad de posiciones diferentes. Sólo de esta manera la Honorable Cámara podrá contar con la certeza de que el proceso democrático cuyo acto más explícito es el sufragio por parte de los ciudadanos con derecho a voto, será asegurado luego de este, a partir de normas de funcionamiento que velen por la representatividad de las posiciones en las que se expresó el pueblo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GODOY, JUAN CARLOS LUCIO | ENTRE RIOS | CONCERTACION ENTRERRIANA |
MARTINEZ GARBINO, EMILIO RAUL | ENTRE RIOS | CONCERTACION ENTRERRIANA |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | ARI |
BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
13/06/2006 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |