PROYECTO DE TP
Expediente 0824-D-2008
Sumario: CREACION DE LA COMISION ESPECIAL INVESTIGADORA PARA EL ANALISIS, EVALUACION E INVESTIGACION DE HECHOS REFERENTES A IRREGULARIDADES Y POSIBLES ILICITOS COMETIDOS EN EL AMBITO DEL SECTOR PRIVADO O PUBLICO Y LA RELACION DE COMPLICIDAD Y/O FALTA DE CONTROL POR ORGANISMOS COMPETENTES DEL ESTADO EN LO RELATIVO AL TRATAMIENTO DE LA MATRIZ ENERGETICA, EN ESPECIAL A LA VENTA DE YPF SA, EN EL AMBITO DE LA H. CAMARA.
Fecha: 17/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1°) Crear en el ámbito de la Cámara de
Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora que tendrá como
objeto el análisis, evaluación e investigación de hechos referentes a
irregularidades y posibles ilícitos cometidos en el ámbito del sector privado o
público y la relación de complicidad y/o falta de control por parte de los diferentes
organismos competentes del Estado en lo relativo al tratamiento de la matriz
energética, especialmente respecto de la venta de parte de YPF S.A.
recientemente ocurrida.
En especial la comisión deberá
avocarse a:
a) Investigar todas las presuntas
maniobras u operaciones que puedan estar vinculadas con cualquier delito,
principalmente aquellos tendientes a ocultar otros ilícitos.
b) Analizar si hubo violaciones u
omisiones de un actuar diligente en cuanto a los mecanismos de control de
reservas de hidrocarburos y en cuanto al proceso de la venta de parte de la
empresa YPF S.A., y cómo esto repercute en la economía del país. También se
deberán estudiar, analizar y evaluar los distintos procedimientos y mecanismos
que permitieron eludir tales controles.
c) Proponer modificaciones a los
mecanismos de control utilizados por los distintos entes que ejercen o deben
ejercer funciones de control sobre las reservas de hidrocarburos, y sobre el
proceso de venta de YPF S.A., si estos fueran considerados ineficientes o poco
efectivos.
d) Examinar el origen del dinero para la
adquisición del porcentaje de la petrolera.
e) Proponer modificaciones a la
legislación que propendan a combatir más eficazmente cualquier tipo de posibles
irregularidades en las materias en cuestión.
La enumeración precedente no es
taxativa, pudiendo la Comisión ampliar la investigación a otros casos judiciales o
extrajudiciales, que tengan relación con la estructura de complicidad entre grupos
del sector privado y órganos de control del Estado, en que se habrían producido
violaciones a normas legales vigentes.
2°) La Comisión estará conformada por
15 señoras/es diputadas/os, designadas/os a propuesta de los diferentes
bloques.
3°) La Comisión elegirá a su
presidente, vicepresidente y secretaria/o por mayoría de votos y dictará su propio
reglamento interno debiendo garantizarse la plena vigencia de todas las garantías
y derechos constitucionales.
El Reglamento interno será aprobado
por el voto afirmativo de las dos terceras partes los miembros de la Comisión.
4°) El quórum para sesionar será el
establecido en el artículo 108 del Reglamento de la Cámara de Diputados. La
Comisión tomará las decisiones por mayoría absoluta de sus miembros, salvo
aquellas para las que la presente resolución establece expresamente una mayoría
calificada.
5°) La Comisión investigadora tendrá
su sede en el Congreso de la Nación, pero podrá actuar y constituirse en cualquier
lugar de la República Argentina o de otros países.
6°) A los efectos de poder desarrollar
su tarea de investigación, la Comisión tendrá las siguientes facultades y
atribuciones:
a) Recibir denuncias y pruebas sobre
los hechos que son objeto de la investigación.
b) Requerir y recibir declaraciones
testimoniales. Efectuar careos cuando se lo considere necesario.
c) Realizar inspecciones oculares,
debiendo dejarse constancia de sus resultados.
d) Solicitar informes escritos u orales, o
el envío de documentación, sobre los hechos que sean objeto de investigación a
los demás poderes del Estado, a cualquier miembro de la administración pública
nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o municipal, o de
entes centralizados, descentralizados, autónomos y/o autárquicos. Asimismo a
toda persona jurídica de existencia física y/o ideal. La Comisión podrá establecer
un plazo perentorio para la contestación de los informes.
e) Denunciar ante la justicia cualquier
intento de ocultamiento, sustracción o destrucción de elementos probatorios
relacionados con el curso de la investigación.
f) Ordenar la realización de pericias
técnicas.
g) Conocer el estado de las causas
judiciales relacionadas con los hechos investigados, y requerir la remisión de
expedientes judiciales o administrativos o en su defecto copia certificada de los
mismos. En el caso que los instrumentos o documentación remitida
correspondieran a un expediente judicial en secreto de sumario, se tomarán los
recaudos necesarios para la garantía del mismo.
h) Requerir al juez competente el
allanamiento de lugares y domicilios con la finalidad de incautar documentación u
otra clase de prueba vinculada a la investigación.
i) Requerir al juez competente la
intervención de comunicaciones telefónicas o el secuestro o retención de
documentación que pudiera tener relevancia para la investigación.
7°) A toda la documentación recibida
por la Comisión, se le otorgará el tratamiento acorde a la clasificación de
seguridad con que viniera la misma. Considerándose "documentación" además de
los escritos producidos o recibidos por la Comisión, todo impreso, fotografía,
película cinematográfica o de video, discos o cintas de computación, grabaciones
o discos fonográficos y, en definitiva, todo derivado del empleo de un medio físico
de grabación.
8°) Los requerimientos al juez de
allanamientos, secuestros o intervenciones telefónicas deberán ser decididos
mediante el voto afirmativo de la mayoría de los miembros de la Comisión
investigadora y fundados en pruebas de la existencia de un hecho vinculado
directamente con el fin de la investigación.
9°) La Cámara de Diputados proveerá
la infraestructura, la apoyatura técnica y el personal necesario para el desarrollo
de las funciones de esta comisión especial de investigación.
10°) La Comisión deberá elevar un
informe a la Cámara de Diputados de la Nación detallando los hechos
investigados dentro de los 180 días contados a partir de su constitución, pudiendo
emitirse informes parciales sobre los avances de las investigaciones. El plazo de
duración de la Comisión investigadora podrá prorrogarse por resolución de la
Cámara.
El informe final precisará las
responsabilidades que pudieran emerger de la investigación procediendo en caso
de advertirse la posible comisión de delitos de acuerdo a lo establecido en el
siguiente artículo. Asimismo deberá sugerir las modificaciones normativas que
estime conveniente como consecuencia de la investigación llevada a cabo.
El informe será dado a publicidad por
los medios que la Comisión estime pertinente.
Sin perjuicio de lo establecido
precedentemente la Comisión procederá a informar a la Cámara en el transcurso
de su desempeño, sobre todo aspecto que considere necesario.
11°) Si como consecuencia de la
investigación se advirtiera la comisión de actos que pudieran considerarse delitos,
la comisión deberá formular la denuncia ante la justicia ordinaria, aportando los
elementos de prueba recopilados.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como es sabido, la energía es un
elemento de importancia vital para el crecimiento de la economía de un país y su
defensa debe ser siempre abordada atendiendo al carácter utilitario del recurso
como un bien social consagrado a la satisfacción normal y regular de necesidades
colectivas.
La Argentina se caracteriza por la
manipulación de su matriz energética, la ausencia de un plan específico y la
entrega de sus recursos sin controles del Estado, el que a través de los años
desdibujó su accionar en beneficio del empresariado, que en este sector se
encuentra mayormente concentrado en la firma REPSOL YPF.
Más allá de la leyenda popular, en lo
que hace a los hidrocarburos, la Argentina es un país con poco petróleo. Lejos de
la producción diaria por pozo que generan, por ejemplo, las naciones de Medio
Oriente (500 m3), nuestro país se ubica en el orden de los 9,4 m3 , situación que
transforma al recurso en escaso y estratégico.
Sin embargo, la Argentina ha tenido en
su historia reciente una política energética cortoplacista, orientada por la
necesidad de incorporar recursos al Tesoro Nacional como forma de conjurar los
problemas fiscales que aquejaban al Sector Público, dilapidando recursos
naturales no renovables.
Así fue que se produjo, entre otros, el
desmembramiento de la vieja empresa Gas del Estado, el desarme del sistema
eléctrico nacional, la venta de las áreas secundarias y centrales pertenecientes a
Y.P.F y la posterior privatización de los activos y acciones de la entonces petrolera
estatal.
Hasta 1990 el Estado Argentino
monopolizaba la fijación de precios de los hidrocarburos en todas sus etapas. Hoy
esto está en poder de una concentración económica. Una sola compañía, Repsol
YPF, participa en la oferta de naftas en más de un 50% y en lo que hace al gasoil
supera el 60% del mercado.
Detrás del anuncio de Repsol YPF
sobre el avance en las negociaciones para la venta del 25% de las acciones de la
filial local, aparece una modalidad en donde el Estado abandona su rol tradicional
de garante de igualdad de oportunidades, como de generador del crecimiento y
del desarrollo del país, para pasar a ser garantía de un proceso de concentración
donde se benefician determinadas empresas cuyos titulares se encuentran
relacionados con las máximas autoridades del gobierno.
En ese contexto, se inscriben
cuestiones tales como:
- La inacción y silencio del Estado, con
participación en el Directorio de YPF, respecto de la operación de venta de la
petrolera cuya negociación se sustentó en un "pacto de confidencialidad" que
interfiere e impide el conocimiento de la o las empresas interesadas. Así, desde
el gobierno se avaló esta forma de operatoria en un campo tan sensible como el
energético, poniendo en juego los propios intereses del Estado argentino,
facilitando el ocultamiento de la procedencia y antecedentes de aquellos capitales
que hubieran querido integrar la Compañía, así como los planes de financiación e
inversiones que proponían los interesados en la operación.
- Se pone en juego el desarrollo
económico de nuestro país teniendo en cuenta que Repsol YPF es en la
actualidad la más importante empresa del sector en reservas probadas de petróleo
y gas natural de Argentina, así como también, su principal productor y exportador,
constituyéndose en un factor importante en la economía de nuestro país, capaz de
regular y establecer los precios y condiciones del mercado.
- La forma en que se realizó la
operatoria de venta es sumamente llamativa y demuestra la flexibilidad de la
vendedora en las condiciones de la operación, altamente beneficiosas para el
comprador, Ezkenazi. Tenemos que la entrada de su grupo empresario
"Petersen", se hará en dos tramos. En el primero, Repsol se desprenderá del
14,9% ,éste es el límite que fija el estatuto de la empresa para no obligar a lanzar
una Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA), evitando así someterse al
cumplimiento de un régimen legal estricto, con importantes controles por parte de
la Comisión Nacional de Valores (CNV) .
- El grupo Ezkenazi,
pagará 2.235 millones de dólares por ese porcentaje y tiene opción para adquirir
el 10,1% restante en un plazo máximo de cuatro años y al mismo precio por
acción. El valor tasado para YPF es de unos 15.000 millones de dólares. Los
Eskenazi pagarán el 55% del primer tramo con financiación propia y de un grupo
de bancos entre los que figuran Crédit Suisse, Goldman Sachs, BNP-Paribas e
Itaú. Para el restante 45%, recibirá un préstamo de la propia Repsol que tiene
como garantía las acciones de YPF.
- El Estado Nacional ha nombrado a
Roberto Baratta como miembro del directorio de YPF el 26 de abril de 2006 y
continua aún en funciones en el gobierno de la Presidenta Cristina Fernández de
Kirchner. Entre los antecedentes más destacados de Baratta se encuentra ser un
hombre de extrema confianza del Ministro Julio De Vido quien ya -con
anterioridad- lo había designado Subsecretario de Coordinación y Gestión de
Planificación Federal. En mayo de 2007 el Diputado Nacional Fernando Sánchez
mediante Carta Documento le solicitó a Baratta que comunicara los alcances de
las negociaciones por la venta de YPF y sus condiciones. Dicho funcionario, no
ha respondido a lo solicitado en la misiva desconociendo la competencia del
Congreso de la Nación en el ejercicio del control republicano.
- El gobierno nacional, en consonancia
con Repsol, no hace públicas las condiciones en que se negocia la venta de la
compañía y su plan de negocios.
- Desde la presidencia, se profundizó la
ausencia del Estado en el control de las reservas, hoy en cabeza de las propias
empresas que son las que informan cuanto extraen por medio de simples
declaraciones juradas
- La matriz anteriormente indicada, se
extiende a las importaciones y exportaciones de los hidrocarburos, donde tanto la
AFIP como la Aduana han debilitado los controles en detrimento de su Poder de
Policía.
- Desde el gobierno nacional todavía
no se han tomado medidas respecto del control y la sanción a Repsol en atención
a su comportamiento en nuestro país, a diferencia de la investigación y denuncias
penales que sí está realizando la Administración Morales en Bolivia, y no sólo por
el fraude en la contabilización de reservas probadas (del 52,5% en Bolivia), sino
también por el contrabando de hidrocarburos y derivados, evasión fiscal y
manipulación de datos.
- A esta situación se le deben sumar
los importantes beneficios obtenidos por las petroleras al no tener que liquidar en
el mercado interno el 70% de los dividendos conseguidos por exportación.
- En cuanto a los antecedentes del
comprador, Eskenazi, se trata de un industrial argentino cuya carrera empresarial
se remite a un puesto ejecutivo en el grupo Bunge y Born. En 1980, ingresó como
directivo en el grupo Petersen, Thiele y Cruz (empresa familiar), una de las
empresas constructoras más consolidadas y con mayor trayectoria en el país. En
1981 Eskenazi se convierte en el accionista mayoritario del Grupo. Como parte de
la expansión funda Petersen Inversora SA (PISA), con la que participa en
cuestionados proyectos de obra pública, tales como la central hidroeléctrica
Yacyretá y la planta nuclear Atucha II.
- El grupo del ahora accionista
argentino de YPF S.A., controla el mayor conjunto de bancos regionales de
Argentina, entre los que se destacan: Banco San Juan, Nuevo Banco de Entre
Ríos, Nuevo Banco Santa Fe y el Banco de Santa Cruz.
- La relación con el ex presidente
Kirchner se remonta a 1996 cuando comenzaba las negociaciones para adquirir el
Banco de Santa Cruz, en épocas en que Lázaro Báez participaba del proceso
privativador. En el Banco de Santa Cruz, Enrique Eskenazi es socio de la
provincia del ex presidente Néstor Kirchner. Fue a través de esta entidad, que se
depositaron los u$s 594,13 millones que esta provincia colocó en el exterior antes
de la crisis de 2001, operación desarrollada con el financista Aldo Ducler de
Mercado Abierto. Coincidentemente, es el Crédit Suisse, -donde se depositaron
parte de dichos fondos- quien, entre otros, financia la compra de las acciones a
REPSOL.
- Repsol se desprendería del 25% de
YPF S.A., en una maniobra del consorcio español para retirarse de una región
como América del Sur que le ha generado crecientes problemas. En realidad, lo
que desde el gobierno argentino se presenta como un paso hacia la
nacionalización del petróleo, no es otra cosa que una ayuda a la salida de Repsol-
YPF de un escenario altamente desfavorable, que viene desde hace años con un
proceso de desinversión del grupo español en Argentina junto con los altos niveles
de retención a la exportación del crudo y precios máximos en la venta de
combustibles al mercado interno, donde Repsol-YPF es el líder.
En conclusión: la trascendencia que
tiene esta operación con respecto a la matriz energética argentina, la falta de
antecedentes de Eskenazi en las actividades del sector, las flexibles condiciones
de la venta, sumado a los vínculos con el con el ex presidente Kirchner, la falta de
respuesta del representante del estado Argentino en el Directorio de la Compañía
y la imposibilidad de confrontar la capacidad financiera del grupo en relación con
la compra realizada, genera la necesidad de una investigación exhaustiva. Por las
razones expuestas es que solicitamos la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
FERRO, FRANCISCO JOSE | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
BAYONZO, LILIANA AMELIA | CHACO | UCR |
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO |