PROYECTO DE TP
Expediente 0820-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONGA DEJAR SIN EFECTO EL AUMENTO PARA LAS TARIFAS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE SUBTERRANEO Y PREMETRO, DISPUESTO MEDIANTE DECRETO 27 DE FECHA 5 DE ENERO 2012.
Fecha: 14/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Jefe de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires deje sin efecto el aumento para las tarifas
del Servicio de Transporte Subterráneo y Premetro, dispuesto mediante Decreto
27 de fecha 5 de Enero de 2012.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través del Acta Acuerdo de
Transferencia de los Servicios de Transporte Subterráneo y Premetro celebrada
con fecha 3 de enero de 2012, entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, se procedió a ratificar, por parte de la Ciudad, la decisión de
aceptar la transferencia de la Concesión de la Red de Subterráneos de la
Ciudad de Buenos Aires;
En el precitado instrumento se
estableció que la Ciudad asume a partir de la fecha del Acta Acuerdo el control
y fiscalización del contrato de concesión en su totalidad, así como el íntegro
ejercicio de la potestad de fijar las tarifas del servicio, incluyendo la facultad de
establecerlas por decisión unilateral;
Producto de este Acta Acuerdo y lo
allí establecido en cuanto a potestad tarifaria el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires dispuso por decreto 27 de fecha 6 de Enero de
2012, un aumento de la tarifa de $ 1,10 a $2,50, lo que implico un incremento
de alrededor del 110%.
Los fundamentos esgrimidos por
el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para tal medida fueron
entre otros:
que el Presupuesto
de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobado por Ley N° 4.041, no previó créditos para atender gastos
derivados del traspaso del servicio de Subterráneo y Premetro a la
Ciudad, debiéndose prever en forma efectiva y actual el mecanismo más
idóneo para cubrir el déficit operativo resultante;
la necesidad de
generar recursos genuinos a favor del servicio, que no pueden ser obtenidos de
otra forma que no sea mediante la adecuación de la tarifa, ya que no se cuenta
con otra fuente de recursos genuinos para poder integrar las sumas que la
Nación deja de pagar
Con fecha 29 de febrero el Jefe de
Gobierno Porteño procedió a la suspensión del traspaso del subte a la Ciudad e
interpuso con fecha 5 de marzo una medida cautelar en ese sentido contra el
Estado Nacional, producto de un enfrentamiento de neto corte político.
Para fundamentar
esta decisión argumento que el perfeccionamiento de la transferencia de la
concesión exige el cumplimiento de una serie de actos previos como la
intervención de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el
cumplimiento de la totalidad de los actos previstos en el artículo quinto del Acta
Acuerdo; y que de no darse estos extremos es jurídica y fácticamente
imposible concretarla.
Sin embargo no
tomo idéntico criterio en cuanto a lo que a tarifa se refiere y no suspendió
como correspondería el aumento de la tarifa, todo lo contrario, estableciendo
así un doble estándar jurídico.
Lo mas grave de esta situación,
que a esta altura de los acontecimientos ya casi es una comedia de enredos, es
que coloca de rehenes a los usuarios con el consiguiente perjuicio económico
que esto les produce.
Una actitud coherente,
responsable, propia de quien administra debidamente el destino de millones de
ciudadanos, es hacerse cargo de las consecuencias de todos sus actos; lo que
en este caso implica dejar sin efecto el aumento de la tarifa.
Por esta y por las demás razones
que en oportunidad de su tratamiento expondremos en el recinto, solicitamos la
aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
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Comisión |
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