PROYECTO DE TP
Expediente 0803-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE IMPULSAR EL OPTIMO DESARROLLO DEL PASO INTERNACIONAL CARIRRIÑE, UBICADO EN LA PROVINCIA DEL NEUQUEN, DOTANDO DE PERSONAL DE SEGURIDAD E INFRAESTRUCTURA NECESARIA PARA SU FUNCIONAMIENTO.
Fecha: 13/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que a
través de los organismos pertinentes, y en función de su importancia para las
economías regionales, impulse el óptimo desarrollo del Paso Internacional Carirriñe,
ubicado en la Provincia del Neuquén, dotando de personal de seguridad e
infraestructura necesaria para su funcionamiento. Así también se realicen los acuerdos
necesarios para tal fin ante la República de Chile.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por medio de la presente iniciativa
se pretende impulsar el desarrollo, por parte del Poder Ejecutivo Nacional, del
complejo fronterizo en el Paso Internacional Carirriñe, sito en la Provincia del
Neuquén, que une nuestro país con la República de Chile.
Se encuentra ubicado a 1176 metros sobre
nivel del mar, a 63 Kilómetros al Oeste de Junín de los Andes, cuya población es de
18,500 pobladores y a 100 Kilómetros de San Martín de los Andes, la cual tiene un
total de 31.690 pobladores, dentro de la Provincia de Neuquén Argentina. Se comunica
vía terrestre con la República de Chile, mediante Ruta Provincial (Argentina) Nro 62 y
Ruta Internacional (Chile) Nro 201, siendo la localidad más cercana e importante
Liquiñe, distante a 30 kilómetros, la cual cuenta con 15.000 personas
aproximadamente.
El mismo tiene una importancia
estratégica para el intercambio comercial y turístico entre las localidades de ambos
países, por lo cual, se requiere realizar las medidas conducentes a incrementar los
servicios viales necesarios para mejorar la conectividad con la República de Chile.
Asimismo, el paso resulta de una utilidad trascendental para la zona, toda vez que
es parte de nuestra identidad como neuquinos y como argentinos.
Existe en la zona, incipientes desarrollos
del termalismo. Del lado chileno se encuentras las termas Liquiñe, mientras que las
nuestras se denominan termas de Epulafquen. Estas termas, que por varios años se
mantenían cerradas al público, hoy nuevamente se encuentran bajo la administración
del ISSN (Instituto de Seguridad Social de Neuquén) que ofrece su servicio en forma
gratuita. Se trata de pozones de aguas curativas, en cercanías al paso internacional
Carirriñe, y del lago Epulafquen.
Por otra parte, es necesario que se
concreten inversiones en infraestructura que permitan mejorar la seguridad fronteriza,
permitiendo a las fuerzas de seguridad operar con mayor eficacia en nuestro territorio.
Esto último es conforme al razonamiento de que la seguridad nacional es de total
incumbencia en el ejercicio de nuestra soberanía, y también en cuanto al uso, control
y regulación del territorio que poseemos enmarcados en los límites fronterizos. En tal
sentido, si la soberanía guarda relación con el poder que ejerce el Estado sobre su
territorio soberano, es que debemos poder incrementar los controles de cada
conexión con los países limítrofes mediante el tutelaje de nuestras fuerzas de
seguridad, como es el caso de Gendarmería.
Este reajuste en las relaciones
internacionales en el marco de la integración con Chile en cuanto al paso Carirriñe,
facilitará el intercambio comercial y turístico a favor de ambos países.
Por las razones expuestas, solicito a
mis pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 132 (2014), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | ||
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |