PROYECTO DE TP
Expediente 0788-D-2007
Sumario: EXPRESAR SOLIDARIDAD CON LA FAMILIA CURIÑANCO - RUA NAHUELQUIR Y DEMAS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD MAPUCHE - TEHUELCHE QUE RECUPERARON SUS TIERRAS EN LA LOCALIDAD DE EL MAITEN, PROVINCIA DEL CHUBUT.
Fecha: 16/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 12
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
1. Su solidaridad con la familia
Curiñanco-Rúa Nahuelquir, y los integrantes de la comunidad mapuche-tehuelche
que recuperaron sus tierras ubicadas en un sector de la estancia Leleque,
Localidad de El Maitén, Departamento de Cushamen, Provincia de Chubut.
2. Su rechazo al desalojo de la familia
Curiñanco-Rúa Nahuelquir que tuviera lugar el día 2 de octubre de 2002, a pedido
del grupo Benetton, y su adhesión al reclamo de esta familia por la restitución de
sus tierras.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El conflicto en derredor de las tierras
de nuestra patagonia se remonta a la época del genocidio indígena llevado
adelante por el Estado Argentino en la denominada "Campaña al Desierto".
De esa época (casi 130 años atrás),
vienen la mayor parte de los títulos que ostentan los dueños de inmensas
extensiones de tierra.
En los fundamentos del expediente
5322-D-06, ya planteé que dichos títulos adolecen de nulidad absoluta e
insanable, por tener como fuente un delito de lesa humanidad.
El predio recuperado por integrantes
de la comunidad mapuche, forma parte de las 900.000 hectáreas que el grupo
Benetton posee en la Patagonia, a través la Compañía Argentina de Tierras del Sur
(la que, como se explicará más adelante, es una "empresa fantasma"), de la que
se sabe que tiene 900.000 hectáreas en el país, pero se ignora quiénes son sus
socios, los titulares de las acciones, etcétera.
Una vez saqueadas dichas tierras a sus
tradicionales ocupantes, el entonces presidente Uriburu, las donó en 1896 a diez
ciudadanos ingleses en fracciones de unas 90.000 hectáreas cada una (algunas
más, otras menos). Violando la legislación entonces vigente, la escritura se hizo
ante un escribano de Capital Federal, cuando debía hacerse ante el escribano
general de gobierno.
De acuerdo con la legislación vigente
en la época de la donación, una persona o sociedad no podía adquirir (menos
recibir en donación) una superficie mayor a 40.000 hectáreas y tampoco dos lotes;
y las donaciones no podían superar superficies de un "cuarto de legua" o 625
hectáreas.
Si se vendían (que no es el caso ya
que se trató de una donación) se debían realizar en remates públicos con base
mínima y el Estado no podía rematar más allá de un máximo por año que le fijaba
la normativa en vigor; precisamente para evitar la adquisición de superficies -
como las del caso- de 900.000 hectáreas por un solo particular.
Posteriormente, estos ciudadanos
ingleses cedieron estas tierras a un apoderado de la Compañía Argentina de
Tierras del Sur. Así se consuma el apoderamiento de 900.000 hectáreas a nombre
de esa sociedad.
La Compañía de Tierras del Sur no
estuvo inscripta en la ex Inspección de Personas Jurídicas, ni en la Inspección de
General de Justicia de la Nación. En la provincia del Chubut (donde se encuentran
las tierras) no está inscrita en ningún registro.
No debemos soslayar la vergonzosa
intervención de la justicia en defensa de los intereses de Benetton, cuando en
2004 ordenó el desalojo de la familia mapuche Curiñanco-Rúa Nahuelquir,
tradicionales ocupantes de esas tierras.
Es de recordar que el fallo se basó en
una fotocopia ilegible de la donación de 1896.
Estas razones, entre otras, son las que
me han llevado a plantear la expropiación del "Predio Santa Rosa", sito en el
kilómetro 1448 de la Ruta Nacional nº 40, en el paraje Leleque, Localidad de El
Maitén, Departamento de Cushamen, Provincia de Chubut, para ser restituido a
sus anteriores ocupantes.
Por lo expuesto, solicito la inmediata
aprobación de este proyecto de declaración, que fuera presentado el 15 de febrero
de 2007, expediente Nº 7553-D-06.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | REDES |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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